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Impuesto único a los combustibles y su efecto sobre el consumo

Este monto se actualiza de forma trimestral mediante un decreto emitido por el Ministerio de Hacienda

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El impuesto único a los combustibles se encuentra regulado en la Ley No. 8114, denominada Ley de Simplificación y Eficiencia Tributaria, del 09 de julio de 2001. El hecho generador del impuesto es la producción nacional y la importación de combustibles, siendo el contribuyente de este impuesto, la Refinadora Costarricense de Petróleo S.A. (Recope), en su condición de productor o importador.








Randall Madriz

Randall Madriz

Socio de Impuestos y Servicios Legales Deloitte Costa Rica. Máster en Asesoría Fiscal de Empresas por el Instituto de Empresa de Madrid, España; Licenciado en Derecho por la UCR y cuenta con experiencia de más de 15 años. Afiliado a la International Fiscal Association, al Instituto Costarricense de Estudios Fiscales y a la American Bar Asociation.

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