El presente artículo no tiene el objetivo de dar argumentos a favor o en contra de cualquier reforma para que permita la venta, distribución o consumo de marihuana (ya sea medicinal o recreativa). El único objetivo de este aporte es exponer, desde la perspectiva fiscal, 2 casos de países que sí han dado ese paso: Estados Unidos y Uruguay.
¿Por qué estos países? Primero, ambos tienen un enfoque completamente distinto y han manejado la legalización de forma diametralmente contraria. Por lo tanto, su estudio se hace más interesante. Segundo, ambos han sido los pioneros en América en relación a este tema.
Comencemos por el norte. En el año 2012 Colorado y Washington se convirtieron en los primeros estados en permitir su consumo para fines recreativos, pero desde la década de los 90s ya eran varios los que habían permitido su uso para fines medicinales (comenzando por California en 1996). Importante considerar que la venta y comercialización en este país está a cargo del sector privado.
Según cálculos de Tax Foundation, el mercado de la marihuana en Estados Unidos es de aproximadamente $45 billones al año, o el 0,28% del Producto Interno Bruto de ese país. Se estima que la recaudación del impuesto sobre la renta por la comercialización de este producto supero los $7 billones en el año 2016.
LEA MÁS: Las Fuentes del Derecho
A nivel estatal, existen otras cargas fiscales por la venta de este producto. Por ejemplo, en Colorado (con una población de similar tamaño a la de Costa Rica) se cobra un Impuesto de Ventas del 15% por la venta al por menor y según el Departamento de Ingresos de dicho estado, esto sumado a las licencias y permisos para su venta han representado un ingreso adicional de $247 millones durante el 2017.
Uruguay en cambio, ve el tema de la legalización con otros ojos. El que fuera el primer país en América Latina en legalizar el consumo de marihuana recreativa, no gravará con impuestos indirectos la venta de marihuana y solamente una pequeña parte del margen de utilidad que genera su comercialización sería destinada al Instituto de Regulación y Control del Cannabis (para financiar su operación). Importante considerar que todo el proceso de producción estará a cargo del mismo gobierno, marcando una clara diferencia con EE.UU.
La intención detrás de esto es promover el consumo regulado y por lo tanto su venta no será gravada con el Impuesto Específico Interno como sucede en el caso de la venta de tabaco. No habría, por lo tanto, un aumento en la recaudación, sino un eventual ahorro dado que los recursos destinados a la persecución de los vendedores y consumidores disminuiría.
Si la legalización es o no el mejor camino a seguir para controlar la epidemia de las drogas y combatir el narcotráfico, lo dejo al criterio del lector. Sin embargo, la discusión sobre el posible impacto fiscal no puede quedar fuera del debate.
El autor es Gerente Senior de Impuestos de Deloitte