Aunque ninguna pareja contrae matrimonio pensando en divorciarse, hay ocasiones en que el amor, la convivencia y la confianza no dan para más. Para evitar que este golpe emocional y económico se convierta en un proceso de años, desgastante y sumamente costoso, se recomienda llegar a un acuerdo, entre las partes, que facilite una pronta resolución.
En Costa Rica, existen dos formas en que las personas pueden tramitar un divorcio:
- Por mutuo consentimiento, que corresponde a un acuerdo previo entre los esposos en todos los términos y aspectos legales correspondientes al divorcio, por lo que simplemente solicitan a la autoridad judicial que homologue o autorice ese acuerdo.
- Por contención, que es cuando se necesita una causal para poder divorciarse. En este caso, el juez de familia tendrá la responsabilidad de resolver aspectos como la distribución de los bienes gananciales (aquellos adquiridos durante el matrimonio), quién conservará la custodia de los hijos (si los hay), el régimen de visitas y la fijación de una pensión alimentaria. También, el cónyuge culpable de la causal podría perder derecho a solicitar la pensión.
Actualmente, el precio mínimo de los honorarios que se le pagan a un abogado, especialista en derecho de familia, para gestionar el divorcio por la vía judicial y tomando en cuenta solo los bienes gananciales, es de ¢1,13 millones contemplando el impuesto al valor agregado (I.V.A).
EF con la ayuda de Milena Pacheco y Ana Marcela García, co-fundadoras de GAIA Mediación, especialistas en mediación familiar, y Alexis Vargas, integrante de la Comisión de Familia del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica, le brinda 8 consejos para tramitar un divorcio “menos doloroso” en términos económicos y emocionales:
1. El divorcio es desgastante, por lo que lo primero es intentar que no termine en tribunales. Se deben definir en qué puntos será posible ponerse de acuerdo con su pareja, para concentrarse en los otros que generarán tensión y requerirán de negociación y acuerdos.
Económicamente el impacto más grande es si el proceso debe ir a la vía contenciosa, porque puede acarrear más tiempo, otros procesos a parte, como el de pensión alimentaria y mucho desgaste emocional. En ocasiones, una o incluso las dos partes pueden no quedar satisfechas con la decisión del juez y eso implica, por ejemplo, volver a revisar el monto que se dio para la pensión y solicitar un incidente de rebajo o aumento.
2. Abordar el proceso por mutuo consentimiento evitará mayores conflictos familiares, acelerará los trámites y bajará los costos. Dependiendo del juzgado que corresponda el proceso suele demorar de dos a seis meses en ser homologados. Para hacer efectivo este acuerdo, se puede realizar ante un abogado que sea notario público o que tenga protocolo, ya que es un requisito que solicita la escritura.
Las personas deben recordar que el divorcio se firma con la realidad de ese momento, es como una “fotografía”. Por lo que, se recomienda estudiar exhaustivamente cómo se visualiza ese pacto a futuro, qué están dispuestos a pagar las partes si se presentan cambios.
“Hay que tener cuidado con el divorcio de mutuo consentimiento, porque tiempo después las partes se dan cuenta que no se está cumpliendo con lo que se pactó en el papel o no calza con su realidad, no alcanza el dinero o los hijos crecieron (...) Se recomienda la mediación, antes de firmar el acuerdo para tomar las mejores decisiones en el plazo de tiempo respectivo y con los cambios que se presenten. Si no funciona pues lo que queda es la vía contenciosa, pero eso se puede evitar si las partes se hacen responsables de sus acciones por voluntad”, precisó Pacheco, de GAIA.
“Existen pleitos que han durado más de siete años en resolverse. El divorcio es un golpe muy fuerte a la vida de cualquier persona y lo ideal es entrar con una actitud de crecimiento, de agradecimiento de que se culminó esta etapa, que hay hijos en común y que hay que seguir en contacto. Es hacer a las personas responsables de su situación y ser conscientes del proceso”, agregó.
3. Se debe conocer la situación financiera de la familia para hacer un presupuesto real de las necesidades puntuales de sus miembros y de los nuevos gastos que conllevará el vivir en domicilios separados.
4. Hay que determinar cuáles bienes son gananciales (aquellos adquiridos dentro del matrimonio) y cuáles no y si existen acuerdos previos entre los esposos sobre su distribución en caso de disolución del vínculo (capitulaciones).
Si no existe este acuerdo, Vargas, del Colegio de Abogados y Abogadas explicó que lo que corresponde es el régimen de participación diferida de gananciales, es decir, lo que le pertenece a cada parte es la mitad del valor neto de los bienes constatados en el patrimonio de la otra persona. Es un derecho a una determinada suma de dinero.
5. Si hay deudas, es importante mantenerlas al día para no afectar los procesos de negociación ni afectar el patrimonio familiar.
6. Si las partes deciden tomar el camino del divorcio por contensión, se deben tomar en cuenta varios procesos y costos más allá de la disolución del vínculo y la división de gananciales. Por ejemplo, si hay hijos de por medio o el cónyuge solicita tener pensión, se necesita fijar un monto para la pensión alimentaria, así como definir los días de visita bajo el régimen de visitas.
En el caso de la pensión alimentaria, se debe establecer una demanda ante el juzgado de pensiones para que el juez determine esa suma. Actualmente, no existe una tabla de “porcentajes” para calcular la pensión, de hecho, nunca habrá certeza de cuánto le va a tocar a la parte responsable ya que es una decisión meramente del juez de familia.
Vargas indicó que la fórmula que establece la ley son “las posibilidades contra las necesidades” y ahí es donde se valoran esos aspectos para determinar la suma respectiva.
7. Si los cónyuges tienen inversiones, acciones o sociedades, es recomendable que el abogado familiar contratado cuente con el apoyo de especialistas en derecho empresarial y financiero.
8. Los hijos tienen derecho a mantener una relación estable con ambos progenitores a pesar del divorcio, por lo hay que recordar que el problema es entre los cónyuges e intentar no afectarlos aún más pretendiendo que tomen partido a favor de uno u otro.
Divorcio por contensión: Causales según el artículo 48 del Código de Familia de Costa Rica |
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- El adulterio de cualquiera de los cónyuges. |
- El atentado de uno de los cónyuges contra la vida del otro o de sus hijos. |
- La tentativa de uno de los cónyuges para prostituir o corromper al otro cónyuge y la tentativa de corrupción o la corrupción de los hijos de cualquiera de ellos. |
- La sevicia en perjuicio del otro cónyuge o de sus hijos. |
- La separación judicial por un término no menor de un año, si durante ese lapso no ha mediado reconciliación entre los cónyuges. |
- La ausencia del cónyuge, legalmente declarada. |
- La separación de hecho por un término no menor de tres años. |
Fuente: BG&A Abogados Corporativos. |
¿Cuánto cuesta divorciarse?
Según las co-fundadoras de GAIA Mediación, actualmente un divorcio con contención, cuando hay gananciales de un monto aproximado a los ¢10 millones, cuesta ¢1 millón más el IVA, que son ¢130.000. Es decir, ¢1,13 millones cuestan los honorarios de un abogado que lleve solo el proceso de divorcio y gananciales.
Adicional a esto, se debe costear el proceso de pensión alimentaria para la parte que la solicita y en el caso de haber hijos, que ronda los ¢205.000. También, el costo del proceso de régimen de visitas de los hijos es de aproximadamente ¢140.000.
“Lo de la pensión y el régimen de visitas son procesos judiciales distintos, porque son temas distintos y los tratan jueces distintos, lo que se paga son los honorarios del abogado por llevar el proceso”, explicaron las especialistas en mediación.
Ahora el divorcio de mutuo consentimiento, también con gananciales aproximados a los ¢10 millones, es de aproximadamente ¢500.000 incluyendo la parte legal y lo que corresponde al notario público.
Estos montos son mínimos, ya queda a criterio de cada abogado o abogada si cobra más por la complejidad del caso o por el cliente, por ejemplo, si se trata de una pensión millonaria.