El debate sobre el acceso público a las playas en Costa Rica y los límites de la propiedad privada en las zonas costeras es una tensión histórica. La legislación nacional, específicamente la Ley 6043, garantiza el derecho de todos los ciudadanos a disfrutar de la zona marítimo-terrestre, un principio que a menudo choca con las intenciones de desarrolladores y propietarios de terrenos colindantes.

Este conflicto se basa en la definición de la zona pública, los primeros 50 metros de playa desde la pleamar ordinaria, un área que no puede ser de dominio privado. La interpretación y aplicación de esta norma ha generado disputas legales a lo largo de la costa del país durante décadas.
Precisamente, esta tensión histórica escaló hasta un enfrentamiento directo en una de las zonas turísticas más consolidadas del Pacífico Central.
El conflicto se intensificó entre la Municipalidad de Garabito y el complejo Punta Leona Beach Club & Nature Resort, después de que el alcalde, Francisco González, intentara realizar una inspección municipal en propiedades del resort el pasado miércoles 2 de julio.
Posición de la Municipalidad
El alcalde González justificó su intervención citando la Ley 6043. Durante una declaración por redes sociales desde Playa Blanca, argumentó que la playa debe estar disponible para todos los costarricenses y turistas, no solo para los huéspedes y socios del club.
“No está bien que sean privadas. El que no viene al hotel, o no es socio del club, también tiene derecho a disfrutar de esas playas”, declaró el alcalde, quien calificó la situación como una “invasión pública” evidente.
González manifestó su visión de convertir a Garabito en “el cantón número uno y el destino número uno de Latinoamérica”, enfatizando que estas playas deben estar al servicio tanto del turismo nacional como internacional.
Respuesta de Punta Leona
Por su parte, el Hotel Punta Leona emitió un comunicado denunciando lo que califica como una “intervención arbitraria”. El resort, que opera desde hace más de 50 años, sostiene que todas sus edificaciones e infraestructuras están ubicadas en propiedades privadas debidamente tituladas y que cualquier intento de demolición constituiría una violación a sus derechos constitucionales.
Según su versión, el alcalde inicialmente pretendió derribar una aguja ubicada en propiedad privada sin un debido proceso administrativo, y posteriormente le dio al resort un plazo verbal de ocho días para remover otras infraestructuras.
Aunque el complejo expresó su voluntad de “diálogo constructivo”, también advirtió que está dispuesto a “ejercer todos los mecanismos legales disponibles para proteger sus derechos” ante lo que considera actos “ilegales, ilegítimos y arbitrarios”.
La Municipalidad de Garabito replicó al comunicado de Punta Leona asegurando que “nuestro accionar se apega a lo establecido por la Ley 6.043 de marzo de 1977, que define las bases para la protección de la Zona Marítimo Terrestre”.
El caso permanece sin resolución y podría requerir una intervención judicial para definir los límites en la zona.