Con la llegada del último trimestre del 2024 se acerca el depósito del aguinaldo para trabajadores asalariados y pensionados.
Usualmente se considera que el aguinaldo se trata de una mensualidad salarial extra, sin deducciones. Sin embargo, se deben tener en cuenta particularidades especiales en su cálculo, pues realmente se trata de un promedio de los montos recibidos en los últimos 12 meses por concepto de trabajo o jubilación.
¿Cómo calcular el aguinaldo y qué debe tomar en cuenta para determinar correctamente el monto que le corresponde? EF le explica.
Fecha de pago
El aguinaldo se debe pagar, según se establece legalmente, a más tardar el 20 de diciembre de cada año. Cubre a trabajadores asalariados y pensionados; sin embargo, no a trabajadores independientes.
El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) usualmente lanza campañas de denuncia y fiscalización, a partir del propio 21 de diciembre, para que las personas interesadas denuncien eventuales incumplimientos.
Cálculo del aguinaldo
El cálculo del aguinaldo cambia, dependiendo de si se trata de un trabajador asalariado o un pensionado.
En el caso de los trabajadores asalariados, estos deben de sumar todos los ingresos salariales recibidos por parte de su empresa o patrono entre el 1.° de diciembre del año anterior (2023, en este caso) y el 30 de noviembre del año en curso (2024); y dividir el monto entre 12.
En la suma se deben contemplar los pagos “ordinarios y extraordinarios”; es decir, incluye aquellos por días feriados laborados y similares. Asimismo, se debe contemplar hasta un 50% adicional, o el monto que previamente hayan acordado las partes, si la persona recibió parte de sus remuneraciones del año en especie (por medio de productos, alimentación u otro medio diferente a dinero en efectivo o por transacciones).
Si lo desea, también puede utilizar la calculadora oficial del Ministerio de Trabajo, disponible en la dirección: mtss.go.cr.
En cambio, si usted es pensionado, el cálculo puede contemplar fechas diferentes. Por ejemplo, en el régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) —el principal del país, que con más de 370.000 beneficiarios—, la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) establece como referencia los ingresos de la persona entre el 1.° de noviembre del año anterior (2023, en esta ocasión) y el 31 de octubre de del año en curso (2024).
La Gerencia de Pensiones recientemente publicó la fecha de pago del aguinaldo para los beneficiarios del IVM este 2024. El depósito se realizará el 27 de noviembre, junto con el pago de la pensión correspondiente a ese mes.
Casos especiales
Usualmente el cálculo del aguinaldo implica una mensualidad extra del salario o de la pensión, sin deducciones, para quien lo recibe. Sin embargo, hay factores que pueden modificar el monto final al alza o a la baja.
Por ejemplo, las personas que son asalariadas pero que recibieron pago adicionales por horas extra o por trabajar en días feriados pueden recibir más dinero; mientras que quienes pasaron uno o varios meses desempleados reciben menos dinero, por no haber recibido ingresos en algunos meses.
Lo mismo ocurre si la persona tuvo períodos de inactividad por suspensiones o incapacidades, pues en este último caso se emplean subsidios y no pagos directos.
En cuanto a las personas pensionadas, por otra parte, el cálculo puede ser más bajo para nuevos pensionados; pues muchos de ellos no recibieron el beneficio durante todo el año previo, sino solo en algunos meses.