Los trabajadores del sector privado tendrán un incremento en los salarios mínimos de un 1,83% a partir de enero del próximo año. Esto significa ₡1.830 por cada ₡100.000 devengados.
Tras la aprobación, los nuevos salarios mínimos son los siguientes: para las labores calificadas -que requieren conocimientos específicos para realizarlas- se ubicará en ₡403.460; mientras que en las no calificadas, será de ₡358.608.
El incremento no será para todos. Según el Código de Trabajo, los patronos deben aplicar el aumento a los trabajadores privados que ganen el salario mínimo en su actividad. Si la persona tiene ingresos por encima del mínimo el patrono no está en la obligación de aumentarle el sueldo.
En esta negociación había tres propuestas sobre la mesa: la del gobierno que planteaba un incremento del 1,83% (el que finalmente se aprobó), la de los empresarios que sugerían entre un 0% y un 0,36% y la de los sindicatos que solicitaron entre el 1,86% y 4,8%.
Además, quedaron en firme los siguientes ajustes adicionales:
- Servicio doméstico mensual un 2,33962%.
- Trabajador semicalificado mensual un 0,40%.
- Trabajador calificado por jornada un 0,39%.
- Trabajador especializado mensual un 0,55%.
“El ajuste aprobado toma la propuesta de gobierno que consideró tanto el crecimiento económico del año anterior como el crecimiento económico por el Banco Central para el 2023 y 2024″, señaló Alexander Astorga, viceministro de Trabajo y Seguridad Social.
Empresarios preocupados por el aumento
Tras el anuncio del aumento, el sector empresarial se mostró preocupado ya que, según ellos, el porcentaje aprobado superó con creces el techo máximo de la fórmula actual para el cálculo de los incrementos.
“Esta decisión compromete la estabilidad de las micro, pequeñas y medianas empresas que representan el 97,5% de nuestro parque empresarial y particularmente en sectores como el agropecuario, turismo y comercio”, expresó Jorge Luis Araya, director ejecutivo de Uccaep.
Además esta agrupación señaló que hay una contradicción entre el incremento aprobado y el comportamiento de la inflación (costo de la vida), que muestra una variación acumulada de -1,75% en los primeros nueves meses del 2023.
¿Cómo se definen los aumentos salariales para los salarios mínimos del sector?
Cada año, el Consejo Nacional de Salarios (CNS) se encarga de fijar el ajuste salarial. Este órgano está conformado por nueve miembros que representan al gobierno, a los trabajadores (sindicatos) y a los patronos.
La lista de salarios mínimos está integrada por más de 200 puestos o renglones ocupacionales, los cuales se ubican en 14 categorías o clasificaciones. Estas últimas van desde trabajadores de ocupación no calificada, los semicalificados, los calificados, los especializados, diversificados, técnicos, diplomáticos y profesionales.
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Para determinar el porcentaje del aumento se toman en cuenta dos elementos: la inflación (costo de la vida) y el crecimiento económico, medido por el PIB por persona.
De esta manera, la fórmula es la siguiente: Aumento = Componente asociado con el aumento del costo de vida + Componente de crecimiento del PIB per cápita.
Si bien los ajustes se hacen anualmente, el CNS podrá convocar a una revisión de los salarios mínimos en junio si la tasa de inflación acumulada al mes de mayo es igual o superior a la meta anual de inflación establecida por el Banco Central para ese año.
La metodología aclara en qué situaciones no se aplicará la fórmula de manera automática y deberá negociarse entre las partes.
¿Qué pasa si el patrono no aplica el aumento establecido?
Cuando un empleador no paga el salario que establece la ley, el trabajador puede iniciar un proceso judicial y exigir el pago de los salarios dejados de percibir y las diferencias generadas entre el salario real devengado y el salario mínimo no pagado.
“Esto incluye el reajuste de todos los derechos laborales que utilizan como base el pago del salario, como los aguinaldos, vacaciones, prestaciones legales ante despidos injustificados (preaviso, cesantía) y reportes a la seguridad social, entre otros. Es importante hacer notar que los reclamos judiciales sobre estos derechos no prescriben mientras esté vigente la relación laboral con un mismo patrono”, explicó Daniel Valverde, experto en derecho laboral de Ecija.
Además, el empleado puede denunciar ante el Ministerio de Trabajo y el patrono sería notificado de que debe pagar los salarios mínimos establecidos. En caso de no cumplir, un juez puede obligar al patrono a cumplir con la obligación de pagar el salario mínimo más una multa que podría ser de uno a veintitrés salarios base (de ¢462.200 a ¢10.630.600).
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El aumento de este año
Para el 2023, los salarios mínimos del sector privado crecieron 6,62%. En este caso pesó mucho el impacto de la inflación vista el año previo, que estuvo alrededor del 12%.