Este lunes 8 de abril el Poder Ejecutivo presentó ante la Asamblea Legislativa el Proyecto Ley Marco del Empleo Público con el que pretende ordenar y modernizar la estructura estatal de contratación y remuneración de futuros empleados.
Uno de los aspectos más sustantivos está relacionado con el salario global, también conocido como salario único, que se les aplicará a los ministros, presidentes ejecutivos y nuevos empleados una vez que la iniciativa se convierta en ley de la república.
El plan estuvo a cargo del Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica (Mideplan), el cual, durante meses, entabló diálogos con sindicatos –la mayoría de ellos del sector salud– para elaborar el documento.
El texto base contiene puntos contemplados en el Plan de Gobierno y el Acuerdo Piza Alvarado.
El resultado final fue una iniciativa con siete capítulos con los que se pretende modificar la planificación, organización y gestión del empleo público.
LEA MÁS: Gobierno propone aumentar salario base de funcionarios para reducir pluses
El texto establece un régimen general y subregímenes diferenciados, cambios en el proceso de selección, teletrabajo e incentivos no salariales –como vacaciones profilácticas– para los futuros trabajadores.
La reforma se aplicaría a todas las instituciones públicas con excepción de los colegios profesionales y el Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi).
Salario global
El texto base contempla modificaciones en la gestión de la remuneración. Se pretende implementar un salario ‘global’ para los funcionarios nuevos y jerarcas, como ministros o presidentes ejecutivos. La iniciativa hace énfasis en que el salario del presidente de la república es el más alto de la administración pública.
La idea del salario 'global’ o único es equiparar las distorsiones salariales. Por citar un ejemplo de esas disparidades, hay secretarias en el Gobierno central que ganan cerca de ¢250 000, mientras que las de las instituciones autónomas reciben alrededor de ¢1 000 000.
Con el objetivo de implementar el nuevo esquema salarial, se calcularía un promedio para identificar cuál debería ser la remuneración de los funcionarios públicos, según indicó la ministra de Planificación.
Para eso se contratarían estudios, como lo han hecho las instituciones que han adoptado este esquema, entre ellas la Contraloría General de la República (CGR) y el Banco Central de Costa Rica (BCCR).
Establecer el salario único sería competencia del Mideplán, como ente rector del empleo público, y, en algunos casos, de las dependencias de los subregímenes y las oficinas de Recursos Humanos.
La implementación del salario único se realizará cuando el texto se convierta en ley. El Poder Ejecutivo dispone de seis meses para reglamentar la legislación.
Además, establece un transitorio para que los empleados públicos del régimen actual que deseen trasladarse al nuevo esquema de salario global lo hagan gradualmente.
En caso de que la iniciativa se convierta en ley, los funcionarios podrían cambiar de esquema. Hacerlo podría beneficiar a los empleados que acaban de ingresar a la Administración Pública, a quienes tengan diez anualidades o a aquellos que estén próximos a pensionarse, de acuerdo a la jerarca de Mideplán.
El proyecto contempla dos tipos de incentivos no monetarios para los funcionarios que obtengan una calificación de “muy bueno”. Dentro de las opciones que podrían contemplarse están los cursos de especialidad o las vacaciones profilácticas.
Los incentivos monetarios se limitan a un salario adicional en junio a los funcionarios excelentes o sobresalientes. Eso sí, la medida se aplicaría solo al 30 % de la planilla y se calcularía sobre el 10 % del salario único.
Para garantizar condiciones justas del salario con respecto al costo de vida, se establecerá una comisión negociadora para velar por el tema y se garantizarán escalas salariales que resguarden los principios de ley.
“Lo que se busca es cómo buscar condiciones más atractivas”, indicó María del Pilar Garrido, ministra de Planificación.
Régimen general y subregímenes
La propuesta agrupa a los servidores públicos en general, es decir, a los que se rigen por el título I y IV del Estatuto del Servicio Civil, y a los que laboren en el sector público que no estén contemplados en los subregímenes, como los empleados estatales en competencia.
La iniciativa de ley plantea siete subregímenes diferenciados como servidores de salud pública, servidores policiales, servidores del sistema educativo –los que están bajo el título I y II del Estatuto de Servicio Civil–, servidores de universidades públicas, servidores con dependencia del Poder Judicial, servidores de confianza y funcionarios del servicio exterior.
Reclutamiento y evaluaciones
La reforma al empleo público establece el procedimiento para reclutar por selección y concurso de oposición. Las personas que deseen ingresar al sector público deberán someterse a pruebas técnicas que estén a la medida de la plaza.
Para contrataciones se tendrá que comprobar la idoneidad del funcionario y las ofertas de empleo serán publicadas en una sola plataforma. Esto tendría como finalidad democratizar el acceso a la función pública.
Para los casos de alta dirección pública se deberá aplicar un ingreso y una selección diferenciada. Además, se establecerán convenios de evaluación y desempeño.
También se podrían valorar traslados por interés superior con criterios de arraigo. El proyecto estipula que todas las plazas son del Estado, por lo que se prevé la movilidad de funcionarios entre instituciones; aquí se tomaría en cuenta el arraigo.
Es decir, si una persona es originaria de Golfito, podría moverse hacia esa zona en caso de que alguna institución requiera de una plaza con esas competencias.
Con respecto a las evaluaciones, dos inferiores a 70 serán causal de despido. En este caso, la iniciativa propone que el jerarca se haga cargo del trámite de despido, mientras que el Tribunal Administrativo solo se encargaría de los “casos de alzada”.
Medidas mínimas para planificar
La iniciativa contempla que la nueva estructura de empleo público tenga medidas mínimas.
Una de ellas está relacionada con las disponibilidades y la necesidad de personal de cada institución. En este caso se deberá tomar en cuenta el número de colaboradores, perfiles –profesionales y no profesionales–, niveles de cualificación y competencias.
Actualmente, si un funcionario se jubila, se sustituye automáticamente sin analizar si la plaza realmente es necesaria para la entidad. La idea es planificar el empleo de acuerdo con las metas nacionales e institucionales.
Otro de los aspectos por contemplar son las previsiones de los sistemas de organización y las modificaciones que deberán tener las estructuras de puestos de trabajo.
Se tendrá que reforzar el personal de los ámbitos prioritarios, además de implementar medidas de promoción interna y de formación de personal.
Medidas para conciliar vida familiar y laboral
El capítulo tiene una serie de medidas para que exista una mayor armonía entre la vida laboral y familiar de los empleados públicos que ingresarán a este nuevo sistema.
Promueve el teletrabajo, los horarios flexibles y los permisos para cuidar a familiares enfermos con los que existan lazos de consanguinidad o afinidad hasta de segundo grado. En este último caso, se les dará a quienes tengan familiares con enfermedad o con impedimento por accidentes. El permiso sería hasta por un tercio de la jornada y durante un período máximo de un año.
La iniciativa contempla ampliar hasta por seis meses la licencia de maternidad remunerada en los siguientes casos: nacimiento prematuro, nacimiento de niños con discapacidad o necesidades especiales, nacimientos múltiples o con enfermedades crónicas.
Además, contempla la licencia por paternidad de un mes.
Esta nota fue modificada tras su publicación.