La Junta Directiva de la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) reformó el artículo 63 del Reglamento del Seguro de Salud, y los artículos 2 y 34 del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte. En ambos casos, para indicar que la cotización se calcula sobre una Base Mínima Contributiva (BMC), que aplica a trabajadores asalariados, independientes o asegurados voluntarios. La BMC se establece por referencia al salario mínimo, tomando en cuenta las recomendaciones de la Dirección Actuarial y Económica.
Además de la ordinaria, la Junta puede crear de una BMC reducida “en situaciones de trabajadores de jornadas parciales y con salarios reportados inferiores a este umbral, en tanto con ello se fomente la extensión de la cobertura contributiva y la protección del Seguro de Salud”. Cuando “un patrono reporte salarios de sus trabajadores por debajo de la BMC, se acreditará una proporción de la cuota al Régimen de IVM, de conformidad con las disposiciones aprobadas por la Junta Directiva en esta materia”.
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En ambos seguros (SEM e IVM) se establece como excepción a la BMC:
a) ingreso o cese en períodos intermedios del mes.
b) incapacidades o permisos sin goce por más de 15 días.
c) trabajo simultáneo con varios patronos, o asalariado más independiente, percibiendo menos que la BMC en todos o en alguno de ellos.
En palabras más sencillas: habrá BMC reducida para algunas actividades en las que interese aumentar el número de asegurados. La BMC reducida ya existe para el servicio doméstico y la reforma pretende extenderla a otros sectores.
Mi opinión: la BMC es ilegal, regresiva e inmoral. Viola el artículo 3 de la Ley Constitutiva de la Caja que ordena que las cuotas se deben calcular “sobre el total de las remuneraciones que bajo cualquier denominación se paguen, con motivo o derivados de la relación obrero-patronal”. La BMC no es la remuneración real, sino una ficción por encima de la remuneración real.
La BMC es regresiva: al calcularse sobre un monto superior al real, entonces la cuota es una proporción mayor de los verdaderos ingresos. La regresividad viola los principios de capacidad económica y de no confiscación. Y por esa misma razón es inmoral: se le cobra más a los que menos tienen, a los más pobres y vulnerables de nuestra sociedad. Ello termina orillándolos a la informalidad, expulsándolos del sistema de seguridad social. La BMC reducida es un paso en reducir la ilegalidad, la regresividad y la inmoralidad de la BMC, pero no resuelve el problema de fondo.
José María Oreamuno L.
Socio de Facio & Cañas