A pesar de que el país ya dio un paso importante en aligerar la inscripción de Ingredientes Activos Grado Técnico (IAGT) mediante la firma del Decreto Ejecutivo N° 42769-MAG-S-MINAE, el proceso para registrar nuevos agroquímicos está incompleto, pues este consta de dos fases y la normativa solo resuelve una.
Para completar el proceso se requieren dos decretos más, según confirmó Renato Alvarado, ministro de Agricultura y Ganadería durante la firma que se llevó a cabo el pasado 27 de enero.
Actualizar la oferta de agroquímicos es uno de los clamores del sector productivo, pues desde hace aproximadamente dos décadas solicita agilizar la inscripción de nuevas moléculas.
Laura Bonilla, presidenta de la Cámara de Exportadores (Cadexco) asegura que el decreto es un paso en la vía correcta pero aún falta mucho camino por recorrer.
La nueva norma aligera la inscripción de las moléculas que estén registradas en países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), y la expectativa es que el proceso se reduzca hasta en 44 días hábiles a partir de la presentación de requisitos.
¿Por qué no es suficiente?
Esto se debe a que en la primera fase se registra el ingrediente activo y en la segunda se debe registrar el producto terminado.
“Esta acción del gobierno sólo resuelve la primera fase y el agricultor aún no puede utilizar el producto porque falta la homologación del producto formulado. Este decreto no nos soluciona el problema, requerimos de un marco jurídico integral que permita agilizar los registros de los productos finales para que nuestros agricultores puedan usar productos de última tecnología”, manifestó Bonilla.
El IAGT no es el producto que se aplica en las cosechas, sino una materia prima, por lo que el agricultor no puede usar el producto. Actualmente para que los agricultores puedan utilizar un producto nuevo deben esperar un promedio de 13 años, dijo Bonilla.
En una publicación de EF de mayo de 2019 se indicó que desde el 2007 solo se habían aprobado 19 ingredientes activos y 15 formulados.
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“Los productos y químicos que estamos usando actualmente tienen, quizás, más de 30 años de estar en el mercado. Esto ha hecho que los hongos, los insectos, los ácaros, tengan una inmunidad, una resistencia que nos hace muy difícil combatirlos. Es muy caro, tenemos que hacer múltiples aplicaciones de agroquímicos para medio controlar las plagas”, aseguró William Quirós, productor que estuvo presente durante la firma del decreto.
No tener una oferta actualizada le resta competitividad al sector exportador y al agrícola pues las moléculas nuevas mejoran la productividad al contar con altos estándares internacionales.
Actualmente los productos de exportación compiten en el mercado internacional con desventaja con los países que comercializan productos que sí se producen con agroquímicos más novedosos.
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Durante la firma del decreto el jerarca aseguró que lo que sigue “es más fácil de resolver” y en diciembre anterior afirmó a EF que aspira a que el tema esté resuelto antes de que finalice la actual administración.
¿Qué hace falta?
Para completar el proceso son necesarios dos decretos más. Uno de ellos tiene un avance del 90% y cuenta con el aval del Ministerio de Salud, el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae), el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) y el Servicio Fitosanitario del Estado (SFE).
Así lo confirmó el titular del MAG.
Ese documento sustituye el decreto 40.059 que se impugnó por inconsistencias. Ahí se implementa un proceso para registrar los IAGT que las empresas privadas enviaron con anterioridad al SFE.
Alvarado explicó que ese decreto permitiría inscribir agroquímicos botánicos, productos orgánicos, formulados, y productos de mínimo riesgo hechos a base de vainilla o canela, en un plazo de cuatro a cinco meses.
Para concretar el avance de este segundo decreto es necesario que el documento vaya a consulta pública nacional e internacional. A nivel local el proceso se estima que inicie en marzo y luego se realizará la consulta externa y ahí puede demorar entre 30 y 60 días.
El documento tiene que ir a consulta externa para cumplir con los parámetros establecidos con la Organización Mundial del Comercio (OMC), y además se le debe informar a los socios comerciales con los que se tiene tratados de libre comercio los cambios que se realizará en cuanto al registro de agroquímicos.
La estimación de Alvarado es que el segundo decreto esté listo a finales del primer semestre de este año.
Por su parte, el tercer decreto está relacionado con la digitalización del proceso y que el complejo trámite manual sea cosa del pasado.
La aspiración es que la digitalización se concrete a finales de año y para eso se trabaja junto a la Ventanilla Única de Inversión (VUI) en la simplificación de los trámites y el levantamiento de los requisitos que serán necesarios.
¿Qué establece la nueva norma?
Con el decreto recién firmado la IAGT que se pretenda inscribir debe haber sido registrado o autorizado por la Autoridad Reguladora de un país miembro de la OCDE o de las naciones que pertenecen al sistema de Aceptación Mutua de Datos (AMD), mediante el reconocimiento de los estudios técnicos aprobados.
El ingrediente debe provenir del mismo fabricante y tener la misma concentración mínima y origen que el IAGT aprobado por otra nación autorizada.
La norma enfatiza en que el proceso de registro del ingrediente se debe realizar con fluidez para que los agricultores tengan nuevas alternativas para controlar sus plagas. También permite desincentivar los plaguicidas obsoletos, prohibidos a nivel mundial o altamente peligrosos.
La aspiración es que el proceso se reduzca hasta en 44 días hábiles a partir de la presentación de los requisitos. No obstante, el tiempo de respuesta puede variar en caso de que se tengan que realizar aclaraciones de las empresas y la revisión correspondiente de los ministerios involucrados.
Concretar la firma del decreto requirió un esfuerzo interinstitucional del Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), el Ministerio de Salud, y el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae).
El reglamento solo aplica para nuevos IAGT por lo que no brindará protección al ingrediente químico que se haya otorgado previamente en el país (ya sean IAGT o un ingrediente que forme parte de un plaguicida sintético formulado o vehículo físico).