Más de 370.000 empresas en Costa Rica deben suministrar, antes del 31 de enero, sus datos en el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales –conocido como registro de accionistas–. Quienes incumplan con este requerimiento tendrán que pagar multas que oscilan entre ¢1,3 millones y ¢45 millones.
Sin embargo, un proyecto de ley aprobado en primer debate la tarde de este lunes en el plenario legislativo, postergó por tres meses la aplicación de esta multa.
Se trata del expediente 21.758 conocido como moratoria a las sanciones relacionadas con el incumplimiento del registro de accionistas. La iniciativa fue presentada por Pablo Heriberto Abarca, diputado del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC).
El legislador aseguró que cerca de 180.000 personas representantes de empresas todavía están pendientes de completar el registro de accionistas por las complejidades que conlleva el trámite, que van desde el desconocimiento de la declaración hasta una serie de requisitos como la firma digital.
Con 39 votos a favor, el pleno legislativo dio su aval en primer debate para que este proyecto avance antes de que termine enero.
El pasado martes 21 los congresistas aprobaron una moción para dispensar de todo trámite el texto con el objetivo de que entrara al plenario para acelerar su paso a convertirse en ley de la República.
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El proyecto, que consta de un único artículo, establece una moratoria de tres meses a la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 13 de la Ley de Lucha contra el Fraude Fiscal (9.416), que a su vez remite al artículo 84 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios (4.755).
La normativa impone una multa “al obligado que incumpla el suministro de información” del 2% de los ingresos brutos de la persona jurídica en el periodo del impuesto sobre la renta, anterior al que se produjo la infracción, con un mínimo de tres y un máximo de cien salarios base –fijado en ¢450.200 por parte del Ministerio de Hacienda para 2020–.
Una vez que reciba aprobación en segundo debate, el proyecto 21.758 congelará la aplicación del 100% del monto de la multa durante febrero y marzo, para abril se cobrará únicamente el 50%, detalló Abarca.
Debido a que la iniciativa será aprobada en segundo debate hasta el próximo 3 de febrero y podría tomar unos días más para ser firmada por el presidente de la República Carlos Alvarado y luego publicarse en el diario oficial La Gaceta, existen dudas sobre qué pasará durante ese periodo, entre el 1.° de febrero y el día en que entre en vigor la normativa: ¿Tributación podría aplicar las sanciones?
Sobre este tema, EF consultó al abogado tributario José María Oreamuno quien explicó que esta legislación tiene carácter retroactivo, por lo que no se impondrá ninguna sanción.
“Para que haya una conducta sancionable se necesita transgredir una norma (elemento objetivo), con culpa o dolo (elemento subjetivo), y que se viole el bien jurídico protegido por la norma de forma suficientemente grave. El cambio en la norma elimina el elemento objetivo y en Costa Rica las reformas en materia penal o sancionatoria tienen efectos retroactivos”, apuntó el abogado.
El congresista Abarca recordó que el proyecto de ley cuenta con el respaldo del Ejecutivo porque lo que esperan que no se aplique ninguna multa entre los días de aprobación en segundo debate y la publicación oficial.
Inicio convulso
Luego de una serie de retrasos, el registro de accionistas finalmente se implementó el 1.° de setiembre del 2019. Las primeras sociedades anónimas que debieron cumplir con la obligación de declarar la totalidad de sus beneficiarios finales fueron aquellas cuyas cédulas jurídicas terminan en 0 y 1.
El proceso de inscripción aplica para todas las personas jurídicas que tienen esta figura para actividades empresariales o de negocios en el país. Las sociedades anónimas que están inactivas también deben cumplir con el requisito de depositar la información, de lo contrario se exponen a la aplicación de multas.
Estas sociedades inactivas pueden darse de baja y de esta forma no tendrán que cumplir con el suministro de datos.
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El registro de accionistas debió arrancar en febrero, pero luego de una serie de quejas presentadas por la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep), Hacienda anunció, el 22 de febrero del 2019, que postergaría su arranque por seis meses.
El Banco Central de Costa Rica (BCCR), encargado de administrar y resguardar los datos, confirmó que tanto el Ministerio de Hacienda como el Instituto Costarricense sobre Drogas (ICD) concluyeron el proceso de certificación para garantizar la seguridad de los datos depositados por las compañías y sus representantes.
¿Qué es el registro de accionistas?
Es una plataforma digital que está a cargo del BCCR y se puede encontrar en la página web de Central Directo.
La información que suministran las personas jurídicas (sociedades anónimas, con responsabilidad limitada, en nombre colectivo, en comandita, extranjeras o civiles) permitirá crear una gran base de datos que revelará quiénes son los accionistas y beneficiarios finales que tienen participación sustantiva en las diferentes compañías que operan en el país.
¿Cómo se implementó?
Se puso a operar por primera vez el 1.° de setiembre del 2019, por esa razón el proceso de registro de los datos es escalonado por meses de acuerdo con el último dígito de la cédula jurídica.
Para los siguientes años se abrirán dos plazos. La declaración ordinaria se presentará del 1.° al 30 de abril y la extraordinaria se hará los siguientes 15 días después de que una sociedad anote en el libro respectivo que alguno de los propietarios de las participaciones igualó o superó el 15% del total del tipo registrado; pueden ser comunes, preferentes u otras.
¿Cuál es el objetivo del registro?
El BCCR habilitó una plataforma en línea para que los representantes de cada sociedad anónima llenen la información. La Dirección General de Tributación (DGT) y el ICD tienen acceso a esta base de datos.
El registro pretende obtener información para identificar quiénes son los accionistas y beneficiarios finales de las participaciones en una empresa.
Estos resultados le permitirán a Tributación, por ejemplo, detectar posibles estructuras para evadir el pago de impuestos, y al ICD eventuales casos de legitimación de dinero proveniente de actividad ilícitas como el narcotráfico.
El sistema elaborador por el Central procesa de forma automática la información suministrada por los representantes de las personas jurídicas. Este software combinará las declaraciones y calculará los datos de las participaciones y beneficiarios finales de cada sociedad.
Nota del redactor: esta noticia fue modificada posterior a su publicación inicial para agregar la explicación de un abogado especialista en derecho tributario con el objetivo de responder las dudas de los lectores sobre qué pasará con las multas entre el 1.° de febrero y el día en que entre en vigor la ley.