El plazo para que los fideicomisos se inscriban en el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales (RTBF), conocido como registro de accionistas, se acorta y el proceso inicia con asegurarse de que la figura cuenta con una personería jurídica.
Los fideicomisos corresponden a contratos por el cual una persona destina bienes, derechos o negocios a un fin lícito en específico, y con diferentes finalidades. Y para eso, encomienda su realización a una institución o persona fiduciaria de su confianza por un plazo o condición determinada.
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Así lo definió el Ministerio de Hacienda, mediante la resolución N° DGT-ICD-R-020-2021, en junio de este año, la cual representa la más reciente actualización a la Resolución Conjunta de Alcance General Nº DGT-ICD-R-06-2020, de la Dirección General de Tributación y el Instituto Costarricense Contra las Drogas (ICD).
Según indicó, Estefanía Ramírez, abogada de Deloitte Legal, los fideicomisos eran obligados a presentar su declaración de beneficiarios finales desde que se promulgó la ley (como el caso de las sociedades anónimas), no obstante, aún no habían entrado en la fase inicial de subir la declaración en el sistema de Central Directo del Banco Central.
El plazo establecido para presentar la declaración vence el 31 de octubre de este 2021.
Los tipos
Guillermo Zúñiga, socio especialista en Derecho Corporativo de Ecija Legal indicó que en materia de fideicomisos privados, existen tres tipos:
- Los fideicomisos de garantía: que funcionan como instrumento para financiar un crédito para la compra de una casa o un carro, los cuales son otorgados por entidades financieras, privadas o personas físicas, con el fin de garantizar el cumplimiento de una obligación a través de un tercero, en este caso el fiduciario.
- Los fideicomisos de administración: se tiene un activo, el cual va a estar sujeto a un tipo de proyecto —una empresa o terreno— y se nombra un fiduciario, al cual se le traspasa ese activo a efectos que de que este lo administre, según las instrucciones que se le han girado previamente en el contrato. Se utilizan por ejemplo, los fideicomisos de administración de desarrollo de proyectos residenciales.
- Los fideicomisos testamentarios: la persona decide cómo distribuir sus bienes una vez que fallezca, y establece un fideicomiso testamentario para que se encargue de ello. En Costa Rica, estos fideicomisos están sujetos a muchas limitaciones de índole práctica, entonces todavía es una figura que no se ha desarrollado tanto, explicó Zúñiga.
Para el 2022 y en años posteriores, los fideicomisos al igual que las sociedades anónimas, deberán presentar su declaración anual en abril.
Además, en el tema de pago de tributos, la declaración de los fideicomisos en el registro de accionistas es meramente informativa, por lo cual no existe ningún impuesto en específico que se esté generando.
Los pasos a seguir
Ramírez precisó que, la obligación de presentar la declaración ante el registro de accionistas corresponde al fiduciario.
Sin embargo, el artículo 23 establece que, además del fiduciario, el suministro de información podrá hacerse mediante una única persona autorizada, la cual puede ser una persona física acreditada por un notario público a solicitud del fiduciario o que el propio fiduciario acredite en el sistema a una sola persona física.
Este es el proceso a seguir, para ingresar la declaración al sistema:
- El fideicomiso deberá solicitar al Registro Nacional la asignación de una cédula jurídica que servirá como identificación para interactuar con el Estado, con la ayuda de un notario público. La solicitud se debe hacer de manera física ante la entidad.
- El notario debe inscribir el fideicomiso en la página de Central Directo del Banco Central de Costa Rica, con el número de cédula asignada y a su vez, se indica la persona autorizada en nombre del fiduciario para presentar la declaración. “Lo que se acostumbra es que sea una persona jurídica, por lo que va a tener un representante”, dijo la abogada de Deloitte.
- Posteriormente, el representante autorizado —que actúa en nombre del fiduciario— debe ingresar al sistema en la página web Central Directo en la dirección https://www.centraldirecto.fi.cr para presentar y subir la declaración.Quien llene el registro de accionistas debe tener firma digital.
- En la declaración se pedirán datos como la cédula asignada, el nombre tipo del fideicomiso, fecha de constitución y de finalización, los bienes administrados, entre otros.
- También se solicitará información de las tres partes más importantes del fideicomiso: el fiduciario, el fideicomisario y el fideicomitente. Asimismo, dependiendo de la complejidad del fideicomiso se va a tener que dar más o menos información.
El Banco Central puso a disposición de los usuarios un tutorial explicando el paso a paso, de cómo el fiduciario o la única persona autorizada deben llenar la declaración.
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Sanciones
Según explicó Mario Hidalgo, socios de Impuestos y Legal de Grant Thornton, el Capítulo III —que reguló el tema de los fideicomisos— no indica sanciones específicas que apliquen exclusivamente para esta figura, sino que se les aplicaría las mismas multas que existen en el caso de las sociedades anónimas.
Es decir, los que incumplan al deber de suministrar información sobre transparencia y beneficiarios finales de las personas jurídicas y otras estructuras jurídicas, dijo Hidalgo. Estas son:
- Multa del 2% de la cifra de los ingresos brutos de la persona jurídica o estructura jurídica, en el periodo del impuesto a las utilidades anterior al que corresponde la infracción. Con un mínimo de tres salarios base (₡1,3 millones) y un máximo de 100 salarios base (₡46,2 millones).
- El Registro Nacional no podrá emitir certificaciones de personería jurídica o inscripción de documentos a favor de quienes incumplan con el suministro de información.
- Los notarios públicos deberán consignar en los documentos que emitan que el obligado al suministro es incumplidor con la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal.
El Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales fue creado por la Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal (9.416), que rige desde el 30 de setiembre del 2016.
Su objetivo es obtener información que le permita a las autoridades de la DGT y el ICD identificar quiénes son los accionistas y beneficiarios finales de las participaciones en una empresa.
El objetivo es detectar posibles estructuras para evadir el pago de impuestos y eventuales casos de legitimación de dinero provenientes de actividades ilícitas como el narcotráfico.
El sistema elaborado por el Banco Central de Costa Rica (BCCR) procesa la información suministrada por los representantes de las personerías jurídicas de manera automática.