El Ministerio de Salud otorgará un certificado de vacunación a las personas que así lo soliciten, con el fin de que puedan demostrar que han recibido el esquema completo de inmunización contra la COVID-19.
En un principio, la institución aseguró que el documento solo se entregaría a las personas vacunadas en Costa Rica, pero días después cambió de parecer y amplió la posibilidad a las personas inmunizadas fuera del país, para lo que estableció como requisito una declaración jurada.
A continuación, despejamos algunas de las principales preguntas en torno al certificado de vacunación.
¿Qué requisitos debo cumplir para poder solicitarlo?
Para poder solicitar el certificado, la persona deberá haber recibido una o dos dosis de la vacuna contra el COVID-19 ya sea fuera o dentro del país.
Para aquellos vacunados en Costa Rica, el Ministerio recordó que la información de las vacunas se registran en la base de datos hasta ocho días después de colocarse cada dosis, por lo que si no ha pasado este tiempo, no se podrá verificar el estado de vacunación y no será posible emitir el certificado.
¿Cómo lo solicito?
El proceso de solicitud depende de si la persona cuenta o no con firma digital.
Para los que sí cuentan con ella, deben completar el formulario en línea y la boleta de envío de formulario, firmarla digitalmente y enviarla al correo certificadovacuna.covid19@misalud.go.cr.
Los que carecen de firma digital, deben igualmente llenar el formulario en línea y adjuntar a ese mismo correo los siguientes documentos:
- Copia de documento de identificación válido (ya sea cédula, pasaporte o DIMEX).
- Copia del carné de vacunación que recibió en la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) por ambos costados, donde se visualicen los datos personales de identificación y las dosis recibidas.
Una vez completado el formulario, el solicitante recibirá un correo electrónico de confirmación con un número consecutivo de trámite.
El certificado será enviado al correo brindado en un tiempo de siete días hábiles posterior a recibir la solicitud correctamente.
En este enlace encontrará la lista de requisitos y el formulario en línea. Además, la boleta de envío está disponible en este enlace.
Es importante que si usted requiere el certificado para uso internacional, debe ser apostillado. Eso deberá indicarlo en el formulario. Además, en ese caso debe recoger el certificado de forma presencial en la oficina de atención al cliente del Ministerio de Salud (ubicado frente al parque Solom Núñez, en San José. O lo que es igual, 100 metros al sur y 50 este del parque La Merced). Posteriormente debe realizar el trámite de apostillado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
La apostilla es un método mediante el cual un documento de un país en particular toma validez a nivel internacional, a través de la verificación de su autenticidad. Se desprende de la Convención de La Haya y solo la reconocen los países que integran dicha Convención (más de 100).
Este trámite es tarea exclusiva del Ministerio de Relaciones Exteriores.
Según el sitio web de la Cancillería, el trámite del apostillado puede tomar hasta cinco días hábiles. Más información sobre el proceso de la apostilla está disponible en este enlace.
¿Cómo realizo la declaración jurada?
Los lineamientos para realizar la declaración jurada están disponibles en el mismo apartado del sitio web del Ministerio de Salud dedicado al certificado.
El documento de la delaración se encuentra en este enlace.
Este trámite deben hacerlo las personas que recibieron la vacuna fuera de Costa Rica. Asimismo, deben suministrar el carné que se les dio en el país donde fueron vacunadas.
Si ese carné está en un idioma diferente al español, debe presentar una traducción libre en español.
Además, el Ministerio verificará que haya completado el pase de salud cuando ingresó al país posterior a la vacunación.
Para el abogado Mauricio París, socio especialista en protección de datos de Ecija Legal, el propio carné que entrega el CDC en EE. UU. debería ser válido por sí solo, pero admitió que no hay mecanismos de verificación.
“Una solución adecuada y razonable es que el Ministerio de Salud valide un certificado de vacunación emitido en otro país si este se presenta por su titular y además se respalda con una declaración jurada”, afirmó el especialista.
París también recordó que quien falsifique un certificado de vacunación o declare bajo juramento haber sido vacunado sin ser eso cierto, se expone a los delitos de falsificación de documento y de perjurio, ambos penados con cárcel en el Código Penal.
El Ministerio de Salud agregó también que la institución sigue valorando iniciativas para concretar un registro voluntario de personas vacunadas en el extranjero, tal y como lo adelantó el ministro de Salud, Daniel Salas, semanas atrás.
¿Para qué me va a servir el certificado?
El certificado tendrá validez en Costa Rica y la persona podrá solicitarlo si lo requiere dentro del país para cualquier fin, aunque aún es incierto en qué escenarios o para qué actividades se necesitará.
En el caso del uso internacional, el certificado podría ser solicitado como requisito de entrada para algún país, por ejemplo.
Por lo pronto, se sabe que España permite la entrada de costarricenses vacunados desde el día 7 de junio, con el requisito de mostrar un certificado de vacunación, siempre y cuando cuenten con una alguna de las vacunas aprobadas por la Agencia de Medicamentos Europea (EMA, por sus siglas en inglés) o por la Organización Mundial de la Salud.
Entre esas están las de Pfizer y AstraZeneca, que son las que se están aplicando en Costa Rica, así como la de Johnson & Johnson.
Francia también está abierta para las personas vacunadas desde el 9 de junio, según informó la cadena alemana DW.
Además, en países europeos también se han hecho ensayos de actividades masivas, como conciertos, con personas ya inmunizadas.
Según el abogado París, aún no hay iniciativas internacionales para emitir una regulación sobre el uso de un carné o certificado de vacunación. Pero recalcó que se trata de un dato sensible, por lo que debe ser manejado bajo las regulaciones de protección de datos.
“La condición de vacunado de una persona es un dato personal, y además, un dato sensible por ser un dato relativo a la salud. Por ese motivo, su tratamiento está sujeto a las regulaciones en materia de protección de datos, sobre las que tampoco hay un marco internacional que aplique a todos los países”, manifestó París.
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¿Cuál es la experiencia de otros países con documentos que verifiquen la inmunización de una persona?
La Unión Europea es una de las regiones que ha dado un paso al frente en la consolidación de un certificado sanitario, tras arduas negociaciones entre los Estados miembros.
Se trata de una plataforma digital destinada a centralizar la información sanitaria para los viajeros europeos, cuyo lanzamiento generalizado está previsto para el 1 de julio.
Según informó la agencia AFP, ya algunos países como Dinamarca , Alemania o Grecia han comenzado a emitir certificados, los cuales permitirán el paso entre los 27 países de la Unión.
La Comisión Europea está también abierta a debatir el “reconocimiento mutuo” de los certificados de COVID-19 de Estados Unidos y del Reino Unido, según publicó el medio suizo Swissinfo.ch.
Mientras tanto, en EE. UU. se discute sobre la creación de un pasaporte de vacunación, aunque el debate no ha tomado la fuerza que sí existe en Europa. Por el contrario, estados como Florida o Texas han se niegan a implantarlo, por considerar que violaría los derechos fundamentales de los ciudadanos.