Este martes 9 de enero Costa Rica recibió una resolución histórica que hace un señalamiento al cumplimiento de los Derechos Humanos para las parejas del mismo sexo y transexuales.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió su criterio tras cinco consultas planteadas por la administración del presidente Luis Guillermo Solís, enfocadas a dos temas específicos: el cambio de nombre de las personas de acuerdo a la identidad de género (transexuales) y el reconocimiento de todos los derechos patrimoniales que se derivan de un vínculo entre personas del mismo sexo.
En cuanto al matrimonio del mismo sexo, la Corte determinó que el Estado costarricense debe de asegurar la protección de todos los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo y que debe de otorgar los mismos derechos que a las personas heterosexuales.
La orden señaló que: “De acuerdo a los artículos 1.1, 2, 11.2, 17 y 24 de la Convención es necesario que los Estados garanticen el acceso a todas las figuras ya existentes en los ordenamientos jurídicos internos, incluyendo el derecho al matrimonio, para asegurar la protección de todos los derechos de las familias conformadas por parejas del mismo sexo, sin discriminación con respecto a las que están constituidas por parejas heterosexuales, en los términos establecidos en los párrafos 200 a 228”.
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Sobre el cambio de nombre de acuerdo a la identidad de género la Corte (IDH) dio un fallo positivo y determinó que el Estado debe de garantizar la rectificación del nombre de todos aquellas personas que estén interesadas en hacerlo.
Para eso establece que: “puedan acudir a un procedimiento o un trámite: a) enfocado a la adecuación integral de la identidad de género auto-percibida; b) basado únicamente en el consentimiento libre e informado del solicitante sin que se exijan requisitos como certificaciones médicas y/o psicológicas u otros que puedan resultar irrazonables o patologizantes”.
La Corte establece que el proceso debe de ser confidencial, expedito y en la medida de lo posible gratuito. Además indica que la persona interesada no debe de requerir operaciones quirúrgicas o tratamientos hormonales.
Ejecución queda pendiente
Marvin Carvajal, director jurídico de Casa Presidencial, comentó que en cuanto al cambio de nombre una de las vías para proceder, según el fallo, es a través del reglamento. Él afirma que se tendrá que ver si esto es competencia del TSE o del Poder Ejecutivo, pero estos aspectos tendrán que ser analizados a la brevedad.
Ana Helena Chacón, vicepresidenta de la República, afirmó que el Estado reafirma el compromiso de acatar el criterio de la Corte y agregó que los Derechos Humanos son indivisibles.
“A partir de este momento el Poder Ejecutivo estudiará la resolución de la Corte. Me siento conmovida por este día histórico, este logro es gracias a ustedes, producto de sus luchas y temores. La sociedad les excluyó con violencia y los trató como personas sin derechos”, dijo Chacón.
Por su parte Monserrath Solano, defensora de los Habitantes, afirmó que el criterio es vinculante para el Estado.
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“La resolución llega en momentos que tiene el país dividido, donde hay odio y este tiene eco en las redes sociales. Se tiene que hacer un reclamo a la madurez democrática”, agregó Solano.
Pero la noticia no fue bien recibida por todos los ciudadanos. Mario Redondo diputado del Partido Alianza Demócrata Costarricense,sostiene que el fallo es una desproporcionada intromisión a la soberanía del país.
“Un grupo de personas, que no representa al pueblo costarricense, está tomando decisiones que le concierne a nuestro Congreso o al país en general. Desde hace meses venimos advirtiendo, junto a otros 700 diputados de toda América, contra esta estrategia para imponernos desde afuera del país una agenda propia de unos pocos que se han apoderado de organismos internacionales”, manifestó.
La orden tuvo seis votos a favor y uno en contra. Costa Rica hizo la consulta a la CIDH para brindar una orientación a diferentes instituciones.