El Gobierno de la República se opone al plan para reducir el pago del impuesto sobre la renta para trabajadores independientes, el cual se aprobó en primer debate el 23 de septiembre pasado, pero cuya votación definitiva está en vilo.
Luego de la aprobación del texto en primer debate, los ocho diputados afines al Poder Ejecutivo enviaron el plan a consulta de la Sala Constitucional, para lo cual contaron con el apoyo de dos diputados del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC): Carlos Andrés Robles y Alejandro Pacheco.
Además, el 4 de octubre pasado, el ministro de Hacienda, Nogui Acosta, anunció que el Ejecutivo vetaría la iniciativa en caso de que pase la consulta a la Sala IV y sea aprobada en el Plenario Legislativo.
Toda esta situación deja en ascuas el trámite del proyecto de ley y la posibilidad de que se pueda aplicar este año, pues el período fiscal cerrará en menos de tres meses.
Incluso si el texto supera la consulta de constitucionalidad, un veto por parte del Poder Ejecutivo obligaría al Congreso a reunir el apoyo de al menos dos terceras partes de su composición total para convertir el plan en ley de la República; y los diputados tienen poco tiempo a su favor, pues su receso de fin de año está programado para iniciar el próximo 16 de diciembre.
¿Cuáles son los argumentos que señala el gobierno para rechazar el proyecto y qué supone la oposición del Ejecutivo para su tramitación? Este es el estado de la situación.
Los argumentos
En su consulta de constitucionalidad, los diputados del gobierno alegaron problemas de forma y de fondo con el proyecto.
Entre las disconformidades de forma, argumentan que el texto no se habría enviado a consulta del Poder Judicial y que no habría un adecuado registro de la votación de su dictamen favorable.
En cuanto a las disconformidades de fondo, aseguraron que el plan iría en contra del principio constitucional de equilibrio tributario.
Por otra parte, el ministro de Hacienda, Nogui Acosta, señaló que el Ejecutivo vetaría el plan —en caso de que supere la consulta a la Sala IV y sea votado en segundo debate— porque no contempló medidas compensatorias para llenar el vacío que dejaría en la reducción de impuestos.
Hacienda estima una pérdida de ¢7.000 millones anuales por la subida de los tramos de referencia para el cobro del tributo; lo cual representa alrededor de un 0,01% del PIB aproximadamente.
Inicialmente, el proyecto de ley incluía un medio compensatorio como el que ahora pide Hacienda. Su redacción original promovía crear tasas más altas para las personas con ingresos más elevado; sin embargo, esta parte se eliminó durante el trámite de la iniciativa en la Comisión de Asuntos Hacendarios.
El proyecto y sus cambios
La enmienda aprobada en primer debate subiría todos los escalones a partir de los cuales pagan el impuesto sobre la renta los trabajadores independientes.
De entrada, aumentaría el mínimo exento en más de ¢2 millones; y luego subiría los demás rangos de ingreso sobre los cuales se pagan las tasas más altas, del 15%, el 20% y el 25%.
Según un ejercicio realizado por EF, estas rebajas se traducirían en una exoneración total para personas con ingresos netos de ¢6,24 millones o menos al año; así como en ahorros de entre ¢320.000 y ¢340.000 para aquellos contribuyentes con ingresos netos anuales de entre ¢10 y ¢21 millones.
El proyecto de ley lo presentó el diputado Jonathan Acuña. del Frente Amplio, desde febrero de 2023. Su objetivo, argumentó, es reducir la brecha histórica entre el mínimo exento de los trabajadores independientes en comparación con los trabajadores asalariados, que se cuente por varios cientos de miles de colones.
Los trabajadores asalariados empiezan a tributar a partir de los ¢929.000 brutos mensuales; es decir, de los ¢11,2 millones brutos al año.
Este monto seguiría siendo casi el doble del que quedaría para trabajadores independientes; sin embargo, estos últimos pueden realizar deducciones previas sobre sus ingresos para reducir el pago del tributo.
Las implicaciones y el tiempo
La oposición del Gobierno podría traducirse en que la Sala Constitucional encuentre algún vicio en el proyecto, lo cual podría sepultar por completo la iniciativa o detener por varias semanas su trámite.
Pero incluso si los magistrados no encuentran problemas en el proyecto, pueden tardar hasta un mes en resolver la consulta facultativa y otro tanto más en enviar su resolución completa al respecto a Cuesta de Moras.
Esto es relevante porque solo quedan menos de tres meses antes de que concluya el período fiscal de 2024 y, por ese motivo, el tiempo es reducido si se desea que el texto tenga efecto sobre la declaración de impuestos que tendrá que desarrollarse en el primer trimestre de 2025.
Además, si el proyecto se aprueba, la Constitución Política establece que el Presidente de la República dispone de hasta 10 días hábiles para presentar su veto, los cuales se empiezan a descontar a partir de que el proyecto llega a Casa Presidencial para su firma.
También se debe contemplar que los diputados ya aprobaron su receso de fin de año, el cual se desarrollará entre el 16 de diciembre y el 3 de enero del próximo año. Esto hace que el margen de acción sea estrecho para aprobar el expediente y aplicarlo en el corto plazo, aunque no imposible.