Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron de manera definitiva, este 28 de octubre, el proyecto de Ley para Fomentar las Oportunidades de Empleo para Personas Mayores de 45 años (21.252); el cual ofrecerá incentivos en materia de impuestos y cargas sociales para aquellas empresas que contraten a personas mayores de 45 años en su planilla.
Uno de los incentivos permitirá a las empresas disminuir algunos de sus aportes al Fondo Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf), y otro ofrece una posibilidad de deducción relacionada con la liquidación del impuesto sobre la renta.
Los incentivos se otorgarán por un período de cuatro años, y buscan incentivar la reinserción de unas 80.000 personas de este grupo etario al mercado laboral.
LEA MÁS: Desempleo baja por segundo trimestre consecutivo en este 2021 y se ubica en 16,4%
Los incentivos
En cuanto a los aportes de Fodesaf, la nueva norma recién aprobada establece dos beneficios relacionados con el aporte conocido como recargo de planillas.
Los patronos que contraten a personas mayores de 45 años podrán pagar un 4% para este fondo, sobre los sueldos y salarios de estos trabajadores, siempre que en su conjunto representen un 10% de la planilla empresarial.
Si el porcentaje de trabajadores mayores de 45 años excede el 20%, entonces, el aporte se reducirá a 3%.
La tarifa actual de la carga es de un 5%; y solo exceptúa a los patronos cuyo monto mensual de planillas no exceda el equivalente de un salario base (¢462.200) o de actividades agropecuarias con planillas mensuales que no superen los dos salarios base (¢924.400).
Para la comprobación de los porcentajes de personas contratadas en su planilla, la empresa deberá aportar una certificación por parte de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
Además de estas reducciones, la iniciativa permite que la administración tributaria aplique una deducción del 5% en su declaración de renta a las empresas privadas que contraten a una cantidad de personas mayores de 45 años que constituya al menos un 10% de su planilla; mientras que el incentivo subiría a un 7% cuando la proporción sea igual o supere el 20%.
Las deducciones previstas, indica la norma, aplicarán luego de la determinación del monto a pagar por concepto del Impuesto sobre la Renta.
LEA MÁS: EF Explica: ¿Por qué el INS aumentó el costo de la póliza de protección crediticia por desempleo ?
La principal condición para este incentivo es que las nuevas contrataciones sean por más de un año continuo de labores.
El texto aprobado también subraya que sus disposiciones serán aplicables “únicamente” para las nuevas contrataciones que se realicen a partir de su entrada en vigencia. “Los beneficios indicados en la presente ley serán aplicables siempre y cuando los porcentajes de contratación aquí señalados sean cubiertos con contrataciones de personas mayores de 45 años, realizadas a partir de la entrada en vigencia de la presente ley”, puntualiza.
Población desempleada
Los resultados de la Encuesta Continua de Empleo (ECE), que realiza mensualmente el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), estiman que la población desempleada en el país es de unas 401.655 personas, de las cuales unas 82.674 son mayores de 45 años.
Los propulsores de la reforma consideran que los incentivos son especialmente necesarios para que este sector de la población se reinserte en el mercado laboral y cotice para su eventual pensión.
“Con esto, algunas empresas que no tenían planeado contratar a personas que superen esa edad o que incluso habían valorado la posibilidad de despedir a alguno en esa condición, tendrán una razón para valorar más detenidamente mantenerla o incluirla dentro de su planilla, pues le acarrearía una reducción de los costos”, indicaron los proponentes en la exposición de motivos de la iniciativa.
LEA MÁS: ¿Vacuna obligatoria contra COVID-19 para empleados? Revise estas recomendaciones
Diputados del Partido Restauración Nacional (PRN) presentaron el proyecto desde febrero de 2019, antes de la pandemia de COVID-19. Entonces el número de personas mayores de 45 años desempleadas se estimaba en 63.190; de un total de 289.211 personas.
El proyecto ahora mismo está en manos de la Presidencia de la República. El presidente Carlos Alvarado deberá firmar el texto y enviarlo a publicación oficial, para que se convierta oficialmente en Ley de la República.
La vigencia de cuatro años de la norma inicia con la publicación de la ley, tan pronto esta ocurra.
El proyecto se aprobó con el visto bueno de 36 legisladores, de 38 presentes. Votaron en contra la independiente Paola Vega y el frenteamplista José María Villalta. Este último indicó que apoyaba el objetivo principal de la norma, pero le preocupaba el incentivo relacionado con Fodesaf, por tratarse de un fondo que financia programas sociales y que ya se ha visto afectado por la pandemia del coronavirus y las condiciones fiscales de país.
También dijo considerar que el proyecto no contempló mecanismos para que empresas sustituyan empleados mayores de 45 años actuales o los recontraten en peores condiciones a los actuales.
Pese a su rechazo, los diputados incluyeron en el proyecto una indicación para que Fodesaf pueda estudiar si la aplicación de los incentivos pone “en peligro” sus finanzas, tras una negociación de los proponentes con Villalta. Si el Fondo determina que sería de esta manera, entonces no tendría que efectuar los incentivos.