Las deportaciones y las expulsiones son dos de los mecanismos con los que cuentan los países para controlar los flujos migratorios y castigar a un extranjero en caso de un delito, respectivamente.
Ambos procesos pueden sonar similares, pero guardan una diferencia esencial.
Las deportaciones se realizan cuando se detecta que una persona extranjera está en una condición migratoria irregular debido, esencialmente, a cuatro razones: el ingreso por un puesto fronterizo no habilitado, cuando su ingreso o permanencia se sustenta en documentos falsos, cuando permanezca luego de vencer el plazo autorizado y cuando se le haya indicado salir del país pero no lo haya hecho.
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Sin embargo, hay condicionantes que impiden aplicar una deportación. Las personas menores de edad, los refugiados y los solicitantes de refugio quedan por fuera de este mecanismo, según explicó Jordan Arias, abogado especialista en derecho migratorio de Ecija Legal.
Las expulsiones funcionan como un acto de protección del país, pues se dan cuando la persona se encuentra legalmente en Costa Rica pero las autoridades consideran que su comportamiento compromete la paz, el orden público y la seguridad del país. Por ejemplo, puede ser a raíz de un delito como homicidio o abuso sexual.
Esta acción implica que la persona expulsada pierde el estatus migratorio que tenía en territorio costarricense.
La orden de deportación la emite la Dirección General de Migración y Extranjería (DGME), mientras que la orden de expulsión proviene del Ministerio de Gobernación y Policía, pero ambas medidas las ejecuta la primera de estas entidades, a través de la policía de migración y la asesoría legal.
EF solicitó a la DGME los datos de deportaciones y expulsiones desde 2015 para conocer cuáles son las cifras.
Las deportaciones
Desde 2015, Costa Rica ha ejecutado 7.173 deportaciones. Los años 2019, 2018 y el mismo 2015 registran las mayores cantidades.
En ese último año, los cubanos fueron los que registraron más deportaciones, con 589 casos, en medio de un contexto definido por un amplio flujo migratorio de isleños que intentaban cruzar Centroamérica rumbo a Estados Unidos. En ese momento, Nicaragua cerró su frontera de Peñas Bancas, lo que dejó a cientos de cubanos varados del lado costarricense.
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Sin embargo, en los años siguientes la cifra cayó drásticamente a menos de una decena de cubanos deportados.
Tendencia contraria siguieron las deportaciones de nicaragüenses, que fue la segunda más común en 2015 pero que se incrementó desde 2016 hasta llegar a un máximo de 1.452 tres años después, lo que coincidió con las protestas ciudadanas y la represión gubernamental que ahondó la crisis social en el país vecino.
En general, los nicaragüenses son los que acumulan más deportaciones en los últimos ocho años, con 5.196, el 72,4% del total.
Los colombianos son la tercera nacionalidad que más deporta Costa Rica, con un grupo de 302 personas desde 2015.
Entre las primeras 10 nacionalidades, ocho corresponden a países latinos. Los únicos que no pertenecen a esta región son Estados Unidos, que tiene 97 deportaciones; y Jamaica, que registra 60 casos en ese periodo.
También se han dado casos más excepcionales, como una única deportación de personas de países como Somalia, Lituania, Nepal, Portugal, Irak o Sudán, entre otros.
El proceso de deportación está reglado en Ley General de Migración (8.764) y el Reglamento de Control Migratorio.
“Puede iniciarse por denuncia o de oficio cuando la autoridad migratoria o un cuerpo policial detecte a una persona extranjera que no demuestre permanencia legal en el país”, explicó el abogado.
Lo que viene luego es un proceso de validación y administrativo donde se pueden aplicar medidas cautelares y que culmina con una resolución por parte de la DGME.
Las expulsiones
Los datos de expulsiones dejan ver que desde 2016, año desde el que se tienen registros, Costa Rica ha expulsado a 105 personas extranjeras. El motivo más común que los genera es el delito sexual, con 59 casos, el 56% del total.
La venta de droga, el robo agravado y el tráfico de drogas han ocasionado, desde 2016, entre ocho y 10 expulsiones cada uno.
Por nacionalidad, los nicaragüenses están muy por delante. Costa Rica ha expulsado a 85 ciudadanos de ese país, la mayoría de ellas por delito sexual.
En menor cantidad, los colombianos son los segundos más expulsados, con siete casos, también la mayoría por la misma razón.
El Salvador tiene cuatro expulsiones y las demás nacionalidades presentan entre uno y dos casos.
103 de los 105 expulsados son latinoamericanos, excepto dos personas: un español por proxenetismo y un jamaiquino por homicidio calificado.
El proceso de expulsión está regido por la misma ley de migración y se da en un plazo de 72 horas, aunque el Ministerio de Gobernación y Policía puede determinar la aplicación de una de las medidas cautelares cuando lo amerite.
El procedimiento de expulsión puede iniciarse por dos vías: de oficio, cuando la DGME tenga conocimiento de la existencia de la posible causal de expulsión o a partir de una denuncia formal.
Vetados
Ambos procesos desembocan en diferentes consecuencias para las personas involucradas.
Los extranjeros deportados tienen prohibido reingresar al país por un cinco años. Mientras tanto, en los expulsados ese plazo se eleva a 10, pero puede ser hasta 25 años si el delito fue doloso y cometido contra una persona menor de edad, o agresiones o delitos contra la vida de la mujer o de personas con discapacidad o adultos mayores.
La ley 8.764 es la principal base para esta materia, aunque también existe jurisprudencia de la Sala Constitucional.
No obstante, Arias mencionó que deben ir de la mano con el resguardo a los derechos humanos de las personas extranjeras, por lo que deben apegarse a garantías constitucionales y aquellas establecidas en la Convención Americana de los Derechos Humanos.