Al 2024 solo le restan dos feriados: el del 1°. de diciembre, Día de la Abolición del Ejército; y el del 25 de diciembre, Navidad.
El feriado de la Abolición del Ejército se disfrutará el domingo 1°. de diciembre y el de Navidad, el miércoles 25 de ese mes. Es decir, ninguno de los dos feriados se traslada de fecha.
De acuerdo con el Código de Trabajo, ningún trabajador está obligado a laborar los días feriados. Únicamente si está de acuerdo los puede laborar. Si se niega a trabajar esos días, no puede ser sancionado por esa causa.
De la prohibición para los patronos de ocupar a sus trabajadores durante los días feriados, se exceptúan los centros de trabajo y las actividades enumeradas en los artículos 150 y 151 del Código de Trabajo.
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Feriados 2025
Por ahora, se tiene conocimiento de que en 2025 los feriados se disfrutarán tal cual están establecidos en el calendario:
Sin embargo, esto podría cambiar.
Una iniciativa de ley propone el traslado de algunas fechas festivas a los lunes, como una forma de mantener el flujo de visitación de costarricenses a sitios turísticos.
De acuerdo con el proyecto de ley 23.981, estos son los feriados que cambiarían la fecha de su disfrute de manera permanente a partir de 2025:
-- 11 de abril: Día de la Batalla de Rivas.
-- 1.° de mayo: Día del Trabajador.
-- 25 de julio: Día de la Anexión del Partido de Nicoya.
-- 1.° de diciembre: Día de la Abolición del Ejército.
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En caso de aprobarse la iniciativa, los feriados mencionados se trasladarían al día lunes inmediato anterior en los casos en que estas fechas caigan en día martes o miércoles, y al día lunes inmediato posterior cuando caigan en día jueves. Ahora bien, si el feriado cae lunes o viernes, no será trasladado de fecha.
Según informó El Financiero en marzo de este año, gráficamente, así quedaría el cambio de fechas festivas para 2025, si se aprueba el proyecto de ley 23.981 (recuerde que apenas es un proyecto que debe ser aprobado en la Asamblea Legislativa):