Desde el pasado 1°. de enero del 2023, las personas asalariadas, jubiladas y pensionadas experimentaron una variación en el impuesto sobre la renta. A esto se suman trabajadores independientes y empresas (personas jurídicas).
El Ministerio de Hacienda actualizó los tramos de ese impuesto a través del Decreto Ejecutivo 43852-H, publicado en el alcance número 282 del diario oficial La Gaceta. Este ajuste se realiza de cara al inicio de cada periodo fiscal, de acuerdo con la Ley de Impuesto sobre la Renta (7.092).
Los asalariados, jubilados y pensionados que registran rentas netas por encima de los ¢941.000 pagarán entre un 10% y 20% aplicable al monto. El porcentaje depende del ingreso mensual recibido.
Además, este grupo de personas tiene derechos a créditos fiscales por su relación de matrimonio y se estableció en ¢2.650 mensuales. Por relación de maternidad o paternidad el crédito mensual será de ¢1.750.
Las personas físicas con actividades lucrativas (independientes) que tienen rentas superiores a los ¢4.181.000 anual, deberán pagar el impuesto asignado por el Ministerio, según sea el monto. Los salarios exentos, en este caso, crecieron a ¢439.000.
Los créditos fiscales aplicables por cada hijo son de ¢21.000. Por cónyuge de ¢31.800.
En el caso de las personas jurídicas el impuesto entre un 5% y 20% cae sobre la renta neta anual mayor a los ¢5.761.000, pero que no supere los ¢122.145.000.
Quienes reporten una renta neta que se eleva a los ¢122.145.000 se someten a un pago de impuesto del 30%.
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