Después de un año de espera en la Caja Costarricense del Seguro Social, el reglamento para que las microempresas pudieran acceder a un cobro escalonado del seguro de salud, finalmente fue aprobado y publicado.
El objetivo es simple, sacar de la informalidad a las pequeñas empresas que forman más del 70% del parque empresarial y de paso, aumentar la cobertura contributiva del seguro de salud y del régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM).
Las ventajas a la vista para las empresas que se acojan a este beneficio son muchas y llamativas. Además, el paso a paso promete ser sencillo.
EF conversó con Victoria Hernández, ministra de Economía Industria y Comercio (MEIC) y Gabriela León, encargada de pymes dentro del mismo ministerio para explicar cuáles son los requisitos que debe cumplir su empresa para ser parte de este cobro escalonado y los pasos que debe seguir para inscribirse.
¿Qué plantea el beneficio?
El reglamento permite la aplicación de la Base Ajustada al Salario (BAS) para microempresas. La CCSS creó una fórmula para reducir la base sobre la que se cotiza el aporte patronal y de los trabajadores.
Ambos porcentajes de aporte crecerán de manera escalonada durante cuatro años. Para el quinto año llegarán al porcentaje de cotización normal de la Caja.
Estos son los porcentajes en detalle:
FUENTE: CCSS || C.F. / EL FINANCIERO.
El objetivo de los pagos escalonados es que las microempresas se ajusten de mejor manera a sus oportunidades de supervivencia. Solo un 61% de los negocios dentro de la categoría de microempresas –de 1 a 10 empleados– sobrevive al primer lustro después de inauguradas. En contraste, esos primeros cinco años los sobreviven el 95% de las empresas grandes –101 empleados o más–.
LEA MÁS: ¿Cuánto tiempo sobreviven las empresas en Costa Rica?
Entonces, ¿cuáles son los requisitos y las limitantes?
Longevidad
El tiempo de funcionamiento de la empresa es uno de los requisitos principales pero también una de las limitantes más grandes para formar parte del pago escalonado.
El reglamento establece que solo las microempresas nuevas podrán acogerse a este tipo de pago. Es decir, tienen que ser empresas que no estén actualmente cotizando en la CCSS ni lo hayan hecho antes.
Las pymes que ya están inscritas y pagan planillas de empleados no pueden acogerse de manera retroactiva al beneficio, porque el objetivo es atraer a nuevas empresas a la formalización.
Aunque en el papel este reglamento aplicaría entonces solo para empresas nuevas, hay un número muy importante de pymes que hoy operan pero no pagan obligaciones ante la Caja. Para estos casos la puerta no se cierra del todo, aunque hay condiciones.
Una vez que la empresa activa pero no formal se acerque a la entidad para pedir ajustarse a este cobro escalonado, la CCSS realizará una revisión para determinar desde cuando están operando. Entonces cobrarán las cuotas debidas y se podría iniciar el proceso para realizar un arreglo de pago por el tiempo que la empresa no estaba formalizada.
Sucede lo mismo si la empresa está registrada ante Hacienda pero no ante la Caja. Esa información funcionará para determinar cuántas son las cuotas que debe y el monto a pagar. Es decir, no se condonarán deudas ni significa que las empresas que entren por primera vez a la CCSS pero que ya tenían operaciones, se cataloguen como “nuevas” dentro de la institución.
LEA MÁS: Empleos precarios crecen en Costa Rica ligados a la informalidad
Tamaño
Una de las primeras interrogantes era a cuántas personas se podría asegurar bajo este esquema. La respuesta es un máximo de cinco, pero ese número también se convierte en una limitante.
Ninguna empresa con más de cinco personas contratadas podrá optar por un cambio en la base. Esto se debe a que el 80% de las empresas no contratan a más de cinco personas.
Es justamente en ese rango de trabajadores donde el MEIC detecta que las empresas tienen mayores problemas para sostenerse, asociados a menores capitales de trabajo. El pago escalonado del seguro provocaría un pequeño alivio en los flujos de caja de este tipo de negocios.
Crecimiento
Queda claro que ningún negocio con más de cinco empleados podría disfrutar del beneficio, sin embargo, esto no impide que las empresas crezcan una vez dentro del sistema.
Si una compañía se inscribió para el cambio de la base contributiva con cinco trabajadores o menos, pero en medio de los cuatro años de beneficio contrató más empleados, el pago escalonado se mantendría para los cinco empleados más antiguos del negocio.
Inscripciones
Hay dos escenarios para las pymes que quieran inscribirse en el pago escalonado del seguro.
Primero están los negocios que van a iniciar operaciones. Para estas microempresas el proceso inicia al solicitar en la CCSS el beneficio de cuotas escalonadas. A partir de ahí tienen hasta dos meses para cumplir con el requisito de estar inscritas en el MEIC.
Si la inscripción no se realiza, entonces no podrán continuar teniendo el beneficio. Esa inscripción ante el Ministerio de Economía no deberá ser demostrada por el usuario, ya que los sistemas de ambas instituciones están conectados y se comprobará de forma automática.
El segundo escenario es el de una microempresa informal pero que ya tiene operaciones en el país. Para formalizarse ante la CCSS también deberá solicitar el beneficio de las cuotas. En caso de que no esté inscrita ante el MEIC, el negocio tendrá igualmente dos meses para realizar la formalización.
El cambio en este escenario radica en que el negocio deberá ponerse al día, ante la CCSS, por los pagos no realizados mientras estuvieron realizando actividades en la informalidad.
El proceso de solicitud de cuotas escalonadas a la Caja se puede realizar en línea o de manera presencial.
La inscripción ante el MEIC se puede realizar en línea a través de MEIC Directo o del Sistema de información Empresarial Costarricense (SIEC). También puede ser de forma presencial en la sede central del ministerio en Tibás o en cualquiera de las oficinas regionales de Pérez Zeledón, Liberia, Ciudad Quesada, Puntarenas o Limón.
Para que un negocio consiga la condición de pyme ante el MEIC los requisitos son estar inscrito como contribuyente ante el Ministerio de Hacienda, estar inscrito como patrono o trabajador independiente ante la CCSS y tener un seguro de riesgos de trabajo ante el INS.
Cualquier negocio que cumpla con dos de estos tres requisitos podrá optar por la condición de pyme. El visto bueno dependerá de un estudio hecho por la institución donde se determinan aspectos como tamaño del negocio, cantidad de empleados y ventas generadas. El MEIC tiene cinco días para revisar la información y notificar a la empresa.
Otros requisitos
FUENTE: CCSS || C.F. / EL FINANCIERO.