El Estado de Costa Rica recaudó en 2022 un total de ¢18.339 millones por concepto de multas por infracciones a la ley de tránsito (9.078).
Este monto se reparte en ¢15.381 millones de multas aplicadas por la Policía Nacional de Tránsito más otros ¢2.958 millones provenientes de las policías municipales de tránsito, según datos suministrados a este medio por el Consejo de Seguridad Vial (Cosevi).
Además, la primera suma se puede dividir en dos partes: ¢13.059 millones que corresponden a la multa como tal y ¢2.321 millones de intereses moratorios que pagan los conductores al cancelar tardíamente.
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En total, entre ambos cuerpos policiales (el nacional y el municipal), se hicieron el año pasado 543.314 boletas por multas de tránsito, las cuales sancionaron a 529.582 conductores dueños de 497.486 vehículos.
Las cifras difieren pues un mismo conductor puede ser sancionado por más de una causa, por lo que recibe más de una boleta.
Una sola infracción provocó 130.000 boletas y fue la más común del 2022. Se trata de los accidentes de tránsito, tipificado en el artículo 167 de la ley.
La segunda multa más común corresponde a violaciones al artículo 146I, que establece una serie de prohibiciones como manejar con el volante al lado derecho, con el odómetro modificado o con polarizado tipo espejo en parabrisas o ventanas laterales. La violación a ese artículo generó algo más de 49.000 partes.
El top 3 lo completa el artículo 145O que castiga conducir sin licencia o sin permiso de aprendizaje y también conducir con el permiso temporal pero sin acompañante. Estas faltas en conjunto ocasionaron poco más de 42.000 boletas.
Infringir alguna de las normas de estacionamiento, irrespetar señales de tránsito o el retiro temporal de placas debido a una serie de razones que contempla la ley están también entre las 10 multas más comunes del año anterior.
Las 49.242 multas por irrespetos al artículo 146I tenían en 2022 un costo de ¢55.852, lo que se podría traducir a ¢2.750 millones. No obstante, ese monto es solo una referencia pues el costo total de la multa dependerá del plazo en el que el conductor cancele la infracción y esos condicionantes no están reflejados en las cifras oficiales, excepto los intereses.
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Pero también hay infracciones inusuales. En 2022 solo se hizo una boleta a una persona que enseñaba a andar en bicicleta en una vía pública que tenía una velocidad mayor a 40 km por hora (artículo 147X).
También se hizo una boleta por infringir el artículo 147P que prohíbe tocar la bocina a una distancia menor de 100 metros de hospitales, clínicas, iglesias y centros de enseñanza cuando estén en funciones.
Otras dos multas poco frecuentes tienen que ver con transporte público: una por recargar combustible con pasajeros dentro (no se aclara si fue un bus o un taxi) y otra más a un conductor de bus por negarse a prestar el servicio a una persona con discapacidad, derecho cobijado en la ley 3.503 que regula el transporte remunerado de personas.
Las estadísticas dejan ver que los meses de verano registran más multas que los lluviosos. En enero del 2022 se confeccionaron 51.252 boletas, el mayor monto mensual de ese año. Le siguen marzo, abril y diciembre.
Por el contrario, setiembre, noviembre y agosto registraron las menores cantidades de multas hechas por los oficiales de tránsito.
No obstante, los meses con más boletas cambian al tomar en cuenta solo los datos de accidentes de tránsito. Diciembre, marzo y noviembre tuvieron más incidentes en carretera, mientras que enero es el mes que presentó menos accidentes.
Múltiples destinos
La ley de tránsito fija los rumbos que sigue el dinero recogido por multas. El artículo 234 establece una repartición hacia cinco destinos que se transfieren semestralmente.
La mayor parte, un 70%, se transfiere a la municipalidad donde se confeccionó la boleta por parte del inspector. Estos fondos tienen como objetivo la inversión de capital en el fortalecimiento de la seguridad vial y el financiamiento del programa de los inspectores de tránsito municipal.
Un 23% va al Patronato Nacional de la Infancia (PANI) para la atención de los fines y el desarrollo de los programas institucionales.
Un 5% se dirige a la Asociación Cruz Roja Costarricense, que se reparte entre los diferentes comités de acuerdo a factores como población del área de influencia o incidentes atendidos.
El Ministerio de Justicia y Paz recibe un 3% para la atención de las responsabilidades que le asigne esta ley.
El porcentaje restante de lo recaudado por multas se asigna al Cosevi para el Fondo de Seguridad Vial.
Aumento del 10%
El 2023 arrancó con un aumento en el valor de las multas de tránsito que existen en Costa Rica. El incremento fue del 10,06% y corresponde a la inflación acumulada entre julio de 2021 y junio de 2022, según argumentó el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) a mediados de diciembre.
La ley de tránsito establece cinco categorías de multas, de la A a la E, cada una con una serie de infracciones incluidas y costos diferentes.
El grupo A posee las multas más costosas pues sancionan las infracciones más graves, mientras la categoría E tiene el valor más bajo.
Así, por ejemplo, conducir bajo los efectos del alcohol está en el grupo A y la multa correspondiente pasó de casi ¢334.000 a ¢367.571 para el 2023.
Irrespetar una señal de alto está en el grupo B y el conductor que caiga en esta infracción recibirá este año una multa de ¢248.393, superior a los casi ¢226.000 vigente hasta el año pasado.