A pesar de que Costa Rica cuenta con leyes antimonopolio que prohíben los acuerdos horizontales entre competidores para fijar precios, manipular procesos licitatorios y dividir el mercado, se considera indispensable la promulgación de políticas legislativas para disuadir aún más el comportamiento cartelario entre los competidores que afectan directamente precios.
En la mayoría de los países, los acuerdos para establecer precios son ilegales per se. Por ejemplo, Brasil, Canadá, el Reino Unido o los Estados Unidos, la fijación de precios y otras prácticas colusorias pueden conllevar sanciones penales, mientras que en la UE y algunos países latinoamericanos, los cárteles son procesados mediante acciones civiles. Resultado de lo anterior, las empresas investigadas enfrentan la posibilidad de multas importantes y encarcelamiento para las personas acusadas de participar en la práctica.
En los últimos años, cruciales reformas han modernizado las leyes antimonopolio de distintas latitudes, tales como Brasil, Chile, Colombia, la UE, México o los Estados Unidos, expresando públicamente un compromiso en combatir los cárteles dada la intensificación de la actividad colusoria.
Ha sido público y notorio el crecimiento de casos de cárteles mundiales. Las agencias del Reino Unido, Estados Unidos y la Unión Europea (UE) emitieron multas disuasorias contra empresas de alto perfil implicadas en conspiraciones financieras y de repuestos de automóviles, todas transfronterizas.
Precedentes
Por ejemplo, en mayo de 2015, seis bancos de presencia mundial, acordaron pagar más de $5.800 millones para resolver las acusaciones penales impuestas por las autoridades del Reino Unido y los Estados Unidos, por presuntas manipulaciones de indicadores Libor y Forex. En ese mismo año, en los Estados Unidos la investigación en el mercado de repuestos de automóviles se tradujo en la mayor sanción económica en la historia de ese país, para un total de más de $2.900 millones de dólares en multas de origen penal por cargos contra 48 compañías y 65 individuos. En el caso de la UE, la Comisión Europea ha perseguido a las empresas cartelistas, imponiendo multas de aproximadamente 3.500 millones de euros en 2015 y 2016. Por ejemplo, en el año 2016, la Comisión impuso una multa de 2.900 millones de euros contra cinco fabricantes de camiones que fueron acusados de fijación de precios donde acordaron retrasar la introducción de una tecnología de emisiones.
En Latinoamérica la tendencia hacia una mayor represión de los cárteles también se ha extendido. En Colombia, las multas han aumentado en un 7.000% desde la promulgación de nuevas leyes de competencia en 2009. En Brasil se impusieron multas de $89 millones contra seis productores de jugo de naranja y su asociación comercial, y en México la Comisión Federal de Competencia Económica también aumentó la actividad de represión de cárteles en este año, imponiendo multas de más de $90 millones.
La mayor atención prestada a la actividad de los cárteles se ha debido al desarrollo de programas de clemencia por parte de las agencias antimonopolio en todo el mundo, donde los miembros del cártel que denuncian la conspiración ayudan al gobierno en su investigación y cuentan con indulgencia a la hora de aplicar sanciones.
Además de la UE y los Estados Unidos, varios países de América Latina tienen legislación expresa que contempla esta figura y resultan fundamentales para tener capacidad de descubrir y desmantelar la actividad colusoria.
A medida que los cárteles se vuelven más sofisticados y mundializados, se torna indispensable que Costa Rica modernice, de manera clara y contundente su muy limitada legislación antimonopolios, comenzando por crear una agencia sólida institucionalmente e independiente con competencias de orden público y suficiente capacidad de investigación.