Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron, este lunes, en primer debate el proyecto de Ley de Comercio al Aire Libre (22.188). La norma establece pautas para la colocación de mesas, sillas y mobiliario liviano de apoyo en espacios públicos por parte de comercios como tiendas o restaurantes.
El texto contó con el visto bueno de los 41 legisladores presentes al momento de la votación, de todas las fracciones legislativas posibles.
Antes de la aprobación del proyecto de ley en primer debate, los diputados aprobaron dos enmiendas a su redacción, relacionadas con temas que generaron debate en las últimas semanas. Una reforma modificó las indicaciones una en materia de espacios permitidos y la otra cuestiones sobre el manejo del mobiliario permitido.
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En relación con el uso del espacio, se modificó el texto para garantizar que las municipalidades solo brinden las autorizaciones de uso para “comercio al aire libre” para el espacio del “frente comercial inmediatamente adyacente al respectivo establecimiento comercial”.
Sobre el manejo del mobiliario, se incluyó que solo se permitiría la colocación de material mobiliario liviano y que este tendría que ser retirado “diariamente al finalizar la actividad comercial”.
El proyecto de ley se presentó desde septiembre de 2020. Entonces lo presentaron Pablo Abarca, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC); Roberto Thompson, del Partido Liberación Nacional (PLN); y Paola Vega, que por entonces era diputada del Partido Acción Ciudadana (PAC) y ahora es independiente.
En aquel momento, los legisladores lo propusieron como una forma de habilitar espacios adicionales para los comercios en medio de la pandemia de COVID-19, virus que se transmite más fácilmente en espacios cerrados.
Responsabilidad municipal
La iniciativa legal otorga la posibilidad de otorgar los permisos de comercio al aire libre a las municipalidades. Estas podrán autorizar a los patentados o licenciatarios el uso de aceras, parques, plazas, vía pública, calles u otros lugares públicos con la intención de promover y ampliar el comercio.
Para ello, el gobierno local solo deberá constatar que “el solicitante haya cumplido con todas sus obligaciones correspondientes” y que el permiso no contraviene el derecho de libre tránsito; el acceso y movilidad de peatones; y el cumplimiento de leyes especiales, como la Ley de Igualdad de Oportunidades para las Personas con Discapacidad (7.600).
Los permisos también deberán otorgarse bajo control de que no fomenten formas de contaminación visual y sonora al entorno en que se desarrollan.
Los municipios deberán establecer tipologías permitidas de mobiliario, estándares de iluminación y rotulación, horarios de operación y causas de rescisión o exención de los permisos.
Todas las autorizaciones serán temporales y no se podrán emitir para actividades ambulantes o estacionarias. Solo se otorgarán los permisos a establecimientos comerciales, ubicados en propiedad privada.
El costo de las licencias lo deberá definir cada gobierno local, vía reglamento, según la cantidad de metros cuadrados destinados a ese fin. El monto no podrá superar el 50% del monto devengado por concepto de patente comercial para el desarrollo de su actividad.
Los recursos en cuestión tendrán que utilizarse para mejorar los espacios públicos y su seguridad.
Las municipalidades podrán aplicar una exoneración del cobro durante los primeros seis meses de la ley, una vez reglamentada, como incentivo.
El proyecto de ley podría recibir su votación definitiva, en segundo debate, el próximo 13 de enero. Esa fecha es la que pactó provisionalmente la presidenta legislativa, Silvia Hernández, del PLN, para ese fin.