La Dirección General de Tributación anunció que el formulario para la declaración simplificada del impuesto sobre la renta (D-101) ya está a disposición de las sociedades inactivas, mediante el cual podrán declarar ante las autoridades tributarias la composición de su patrimonio netos, es decir, saldos de activos y pasivos.
“Recordemos que el deber de inscripción, desinscripción y declaración de sociedades inactivas estaba ya regulado desde finales del 2019 con la resolución DGT-R-075-2019 en la cual se establece quienes son los obligados, el formulario a utilizar y fechas de presentación, en este caso el día 15 marzo de 2022 será la fecha límite para el cumplimiento de la obligación formal”, indicó Francisco Villalobos, socio de ICS y exdirector de Tributación.
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El pasado 20 de diciembre, el Ministerio de Hacienda, a través de una publicación en Facebook, informó que las sociedades inactivas que hayan sido inscritas en el Registro Único Tributario bajo la actividad de “persona jurídica legalmente constituida” tendrán acceso a dicha declaración para presentar los periodos fiscales de los años 2020 y 2021.
“Esta declaración como elemento de control tributario implica para las personas jurídicas, catalogadas como inactivas, que de ahora en adelante deban transparentar ante el fisco los activos con que cuenta una sociedad inactiva y muy probablemente el origen de fondos que fueron adquiridos”, agregó Villalobos.
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Asimismo, Alberto Porras, socio director de GCF Consultores, explicó que lo que se debe presentar en esta declaración son: los activos (bienes inmuebles, bienes muebles, bancos, inversiones), los pasivos (deudas bancarias, préstamos) y el patrimonio (capital social y aportes extraordinarios).
La actualización de los datos, así como la presentación de la declaración se deben realizar por medio del portal Administración Tributaria Virtual (ATV), ubicado en la página web del Ministerio de Hacienda.
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