La potestad del Estado de Costa Rica para obligar a la empresa concesionaria de la ruta 27 a suspender el cobro del peaje se puso en el debate público tras el trágico accidente en el que un bus cayó a un precipicio en la ruta 1 a la altura de Cambronero el 17 de setiembre, pues esa carretera es la alternativa de la primera, que conecta San José con Caldera.
Lo que vino horas después del accidente fue un intercambio de criterios entre el ministro de Obras Públicas y Transportes, Luis Amador, la empresa Globalvía Ruta 27 y el Consejo Nacional de Concesiones (CNC) sobre este tema, pues Amador solicitó a la empresa liberar los peajes.
La discusión pasó a un segundo plano, pero quedó la duda de si el Estado tiene dicha potestad y qué derechos tiene también la empresa concesionaria. EF explica qué se sabe, pero adelantamos que la respuesta definitiva es difícil de dar.
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¿Qué dice el contrato?
El contrato de concesión de la ruta 27, firmado en diciembre del 2001, tiene 221 páginas y se le han hecho varias adendas. La concesionaria asumió formalmente sus operaciones sobre la ruta en enero de 2008, cuando la orden de inicio fue emitida.
En el capítulo 3 del contrato se explican los aspectos relativos al peaje pero solo en un párrafo de la página 169 se habla de suspensión del mismo.
En este se menciona que se autoriza a suspender el cobro del peaje en caso de que, “en razón del bajo tránsito a horas determinadas, sea financieramente más beneficioso para el concesionario autorizar el paso libre de vehículos que mantener la operación de esas casetas”.
Más allá de eso, que además no hay registros de que haya sucedido, no existe otra referencia similar en el documento. Así también lo admitió el exsecretario técnico del CNC, Eduardo Chamberlain.
“No está establecido contractualmente un mecanismo para levantar las barreras. Se les puede ordenar hacerlo, pero cuente que a la vuelta de eso viene el reclamo. Lo ideal es hablar con ellos a ver si estarían de acuerdo”, dijo Chamberlain al diario La Nación en una publicación del 23 de setiembre.
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Para Alonso López, abogado especialista en contratación pública de Ecija Legal, el tema es complejo. Por un lado, cualquier carretera, aún concesionada, es de dominio público y propiedad estatal, pero del contrato se derivan ciertos derechos subjetivos para el concesionario.
“El Estado siempre va a conservar la propiedad sobre un bien que es del Estado, pero concesionándolo otorga ciertos derechos al contratista para que él pueda decidir. Pero aun así, el contratista puede hacer uso de ese bien solo en los términos definidos en el contrato”, explicó López.
Esto último abre una incógnita, pues precisamente el contrato de la ruta 27 carece de esos términos.
En medio de un escenario como el actual, donde la ruta alterna a la 27 está cerrada por el derrumbe, López recordó que la Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos (7.762) habla, en su artículo 15, del derecho del Estado a modificar, por razones de interés público, las “características de las obras concesionadas y los servicios de la concesión”.
Para el abogado, las agujas son un bien exclusivo parte de la concesión que se colocan como forma de limitar la afluencia a través del cobro de una tarifa, por lo que cabe dentro de ese artículo 15.
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Esa ley también le reserva al Estado el derecho del rescate de la concesión, lo que equivale a “recuperar” la vía pero indemnizando al concesionario. Además, un procedimiento de rescate debe resguardar el debido proceso.
El contrato le asegura a la empresa ingresos mínimos anuales. Si levantar las agujas implica dejar de cobrar el peaje, esto podría lesionar al concesionario y le abre la posibilidad de reclamar una indemnización.
Al mismo tiempo, el abogado considera que, estando Cambronero cerrado, el no levantamiento de las agujas podría lesionar el interés público que indica el artículo 15 de la ley 7.762. La decisión debe estar amparada en motivos válidos y legítimos, e idealmente deben existir parámetros.
Todo parece indicar que, en una situación de emergencia, el Estado está de manos atadas para ejercer presión sobre la empresa, a menos de que esta acceda de forma voluntaria. Esto ya sucedió, por segunda vez, en la tarde del 19 de setiembre cuando se suspendió el cobro del peaje durante el operativo de reversibilidad para facilitar el regreso de turistas que venían del Pacífico.
La primera vez que esa suspensión se dio fue en el período 2010-2011, cuando se ordenó la apertura de los peajes de Ciudad Colón. “Fue una instrucción directa del CNC apelando al interés público, mecanismo que está incluido en el contrato de concesión”, dijo Globalvía al medio digital AmeliaRueda.com.
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¿Qué dicen las partes?
Ante consulta de EF durante el Congreso Nacional de la Construcción el 20 de octubre, el ministro Amador comentó que se trata de un contrato “quisquilloso”.
El jerarca contó que existe una fórmula que se puede aplicar: debe existir una presa de por lo menos una hora en todas las casetas a lo largo de una cantidad de metros o de segundos de retraso, pero el Estado no la ha instrumentalizado.
“Yo le puedo ordenar que las levante, pero hay que pagarle. Ellos van a hacer el conteo de todo lo que pasó y lo van a cobrar”, aseguró Amador.
A pesar de reiteradas solicitudes, la empresa Globalvía Ruta 27 dijo que no tenía voceros disponibles y evitó responder a las consultas de este medio.
¿Qué dicen otros contratos?
En el país existen otras tres carreteras con estaciones de peaje. La ruta 32 y la Florencio del Castillo son administradas directamente por el Estado, pero en el caso de la ruta 1 se firmó un contrato con el fideicomiso Ruta Uno para el corredor vial entre San José y San Ramón, con miras a la futura ampliación.
En esa carretera existen dos estaciones de peaje: Río Segundo y Naranjo, las cuales han tenido mejoras recientes como la introducción del pago electrónico.
En este caso sí se incluyó una cláusula de suspensión del cobro del peaje, como parámetro de evaluación cuantitativa del servicio, el cual está en la adenda 2 del contrato.
Esta indica que, en caso de sobrepasar los 900 metros de fila en cualquiera de los estaciones de peaje “el fideicomiso aplicará un procedimiento para la suspensión y reanudación de las labores de cobro de las tasas de peaje”.
La adenda indica que el rango de la fila en las casetas se debe registrar cada hora, para lo cual se utiliza Google Maps y Waze.
Nota actualizada con la información del contrato de la ruta 1.