Una reforma al Código de Trabajo plantea castigar con multas de entre ocho y 11 salarios base (¢3,7 millones y ¢5,1 millones) a las empresas que cometan actos que constituyan formas de discriminación salarial de género.
El proyecto de Ley de Prohibición de la Discriminación Remunerativa Basada en Género (21.170) se aprobó este martes 29 de agosto en primer debate y su votación definitiva sigue pendiente de realización.
La iniciativa, sin embargo, es adversada por cámaras empresariales, las cuales solicitan pausar su discusión y aprobación definitiva. La Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep), por ejemplo, asegura que el texto aumentaría los trámites obligatorios para las empresas y que ya “existen otros múltiples instrumentos jurídicos que obligan al país a avanzar en la materia”.
Además, tras su aprobación en primer debate, el Ministerio de Trabajo realizó una serie de advertencias sobre su aplicabilidad y su razonabilidad.
En tanto, el texto aguarda por una votación definitiva que inicialmente se planteó para inicios de este mes de septiembre; pero que todavía no llega.
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¿Qué dice el plan de ley?
Para llevar el control de salarios, la enmienda legal establece que las empresas vigiladas deberán suministrar semestralmente (en enero y junio de cada año) un informe que, entre otras cuestiones, contenga la distribución salarial entre mujeres y hombres.
Dicha distribución deberá realizarse por área y puesto de trabajo, “incluyendo los aumentos, las bonificaciones, los salarios extraordinarios y los incentivos al desempeño laboral” otorgados.
La vigilancia de todo esto la aplicaría el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), el cual también definiría periódicamente los sectores y subsectores empresariales sujetos a las obligaciones establecidas por la Ley.
“Esta obligación podrá delimitarse por rama de actividad, tamaño de las empresas, categorías de trabajadores, región geográfica u otros criterios análogos definidos técnicamente, que permitan cumplir con la finalidad perseguida por esta norma”, indica el texto de ley.
Además de las sanciones ya mencionadas de entre ocho y 11 salarios base (¢3,7 millones y ¢5,1 millones) por actos de discriminación remunerativa, la norma establece castigos por no no presentar los documentos informativos semestrales y por el envío de información falsa o alterada.
En el primero de los casos, la sanción sería monetaria, de uno a tres salarios base (¢462.200 a ¢1,4 millones). En el segundo, se remitiría la denuncia al Ministerio Público, por falsificación de documentos privados: un acto que se castiga con penas de seis meses a dos años de prisión.
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Oposición empresarial y dudas del MTSS
La Uccaep afirmó a través de un comunicado de prensa que el proyecto y sus reformas “no sopesan el costo-beneficio o impacto en la productividad y la capacidad de generar y sostener el empleo”. Según la representación empresarial, la norma genera “más tramitología para el sector productivo, afectando incluso el manejo de información privada, constitucionalmente resguardada”.
José Álvaro Jenkins, presidente de la Uccaep, agregó que las medidas que adicionan requisitos y trámites suelen ser las que “mueven a las empresas a la informalidad” y “desestimulan la actividad empresarial”.
La Cámara de Comercio de Costa Rica (CCCR) opinó igual y añadió que ya existen suficientes convenios internacionales y sustento local en Costa Rica, pero “lo que hace falta es la verificación por parte de la inspección laboral de que esta discriminación no se lleve a cabo”.
“No es necesario una nueva reforma legal y mucho menos cuando trata de introducir más trámites para las empresas formales”, declaró Shirley Saborío, vicepresidenta de la entidad.
Además de los criterios en contra de las cámaras empresariales, el Ministerio de Trabajo remitió una opinión sobre el texto a la Presidencia de la República, a través del oficio MTSS-DMT-OF-1170-2022, en el que manifestó dudas adicionales.
En ese documento, enviado a la Presidencia tras la aprobación en primer debate, la cartera indicó que el proyecto de ley le parecía “valioso” y “un paso hacia el cumplimiento de sus obligaciones internacionales”, pero que el rol que se le asigna “amerita ser valorado detalladamente”.
“En la actualidad, la institución realiza un esfuerzo para fortalecer sus tareas y llevar a cabo adecuadamente su labor inspectiva; sin embargo, no cuenta con la posibilidad real de asumir ciertas obligaciones propuestas, por falta de recurso humano y la ausencia de un sistema formal que permita canalizar debidamente la información contemplada en la propuesta legal”. El texto, dirigido a la ministra de la Presidencia, Natalia Díaz, lo firmó la entonces ministra de Trabajo, Marta Esquivel, recién trasladada al puesto de presidenta de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).
En el texto, además, recomendó “garantizar el principio de razonabilidad y proporcionalidad, respecto de las sanciones establecidas”.
Argumentos a favor
La reforma, sin embargo, contó con el aval de la mayoría de las fracciones del Congreso de cara a su primer debate.
A favor del texto hablaron diputadas como Rocío Molina, Kattia Rivera y Luz Mary Alpízar, de los partidos Frente Amplio (FA), Liberación Nacional (PLN) y el oficialista Progreso Social Democrático (PPSD).
“Lamentablemente creemos que esto es algo ya superado, pero en la práctica nos damos cuenta de que esto no es así”, afirmó Rivera, que es jefa de fracción liberacionista. “Siempre podemos encontrar la problemática para decir que este no es el momento de tratar estos temas y considero, y es la posición también de la fracción, que este sí es momento de apoyarlo, porque sabemos que esto es necesario aquí y ahora”, añadió.
La frenteamplista Molina, además, aseguró que la legislación actual tiene deficiencias para “hacerse valor” y que la enmienda ayudaría para tener “mecanismos de aplicación real”.
En su votación en primer debate, se pronunciaron a favor de la iniciativa 41 congresistas de casi todas las fracciones. Solo se opusieron los cuatro legisladores presentes en el momento de la votación del Partido Liberal Progresista (PLP), aunque no brindaron mayores explicaciones sobre su postura.
No obstante, varias bancadas –con la oposición del Frente Amplio– han expresado su intención de pausar la votación definitiva del proyecto y devolverlo a comisión ante las dudas expresadas por el criterio de Trabajo.
Eliécer Feinzaig, jefe del PLP, dijo en una reciente reunión de jefaturas de fracción que la idea no es oponerse a la operativización de mecanismos de control, sino afinarlos para que puedan aplicarse correctamente.
Fenómeno estructural
Existen diversos estudios sobre las brechas salariales de género en Costa Rica y el mundo.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), por ejemplo, señala una brecha de 4,7% para el país, la sexta más pequeña de los países miembros de la entidad; pero igualmente sustancial.
Las investigadoras Rebeca Torres y Dayna Zaclicever recordaron en un trabajo auspiciado por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), precisamente sobre la brecha salarial de género en Costa Rica, que la complejidad de este fenómeno va más allá de cuánto dinero perciben hombres y mujeres, y de los “factores objetivos del mercado” como las características individuales de los trabajadores, las empresas o los empleos.
“Detrás de las diferencias de género en el salario observado se encuentran la discriminación salarial directa entre mujeres y hombres con iguales características objetivas e inequidades estructurales (segregación sectorial y ocupacional, restricciones de acceso a educación y capacitación laboral, sesgos en los sistemas de evaluación y remuneración, estereotipos de género)”, subrayaron.
La votación en segundo debate del proyecto de ley estaba pactada para el 8 de septiembre; sin embargo, el trámite se ha retrasado, tras los criterios del Ministerio de Trabajo y de las cámaras empresariales.