Crucitas y la extracción ilegal de oro ocuparon, nuevamente, el centro del escenario en Costa Rica con la reciente visita del presidente de la República, Rodrigo Chaves a la zona norte del país para determinar el estado de la problemática.
En 2015 la empresa canadiense Infinito Gold vendió la Finca Ganadera Vivoyet, en la que pretendía desarrollar un proyecto de minería a cielo abierto para extraer oro. Dos años después, estalló el “boom del oro” y San Carlos atrajo a miles de coligalleros, la mayoría provenientes de Nicaragua, quienes se instalaron en las comunidades cercanas al distrito de Cutris de San Carlos, para tener acceso a la finca del fallido proyecto.
“Vimos de nuestros propios ojos tres excavaciones de anoche, así que el tema no está resuelto y debemos trabajar desde hoy mismo en solucionarlo”, preciśo Chaves. Durante la gira, el mandatario identificó una serie de túneles creados por los coligalleros para hacer la extracción ilegal de oro.
A junio, existen cerca de 24 fincas afectadas por la minería informal en la zona, según datos de la Dirección de Geología y Minas (DGM). También se estimó que entre marzo de 2017 y diciembre de 2018 se extrajeron 149.243 onza troy del mineral (ozt, unidad de medidad de peso del mineral) con un valor en el mercado de $197 millones.
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Caso Crucitas
El fracaso del proyecto minero Crucitas arrancó en noviembre de 2010 cuando el Tribunal Contencioso Administrativo anuló la concesión otorgada a la empresa canadiense Industrias Infinito en 2008 para la explotación a cielo abierto de la mina, ubicada en Cutris de San Carlos.
A raíz de esto, en 2013, Industrias Infinito anunció que demandaría a Costa Rica, en un principio, por unos $1.092 millones por incumplimiento del contrato de concesión.
El caso fue llevado por el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) bajo los términos del Acuerdo entre el Gobierno de la República de Costa Rica y el Gobierno de Canadá para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones suscrito el 18 de marzo de 1998 y que entró en vigor el 29 de septiembre de 1999. Así como en el Convenio sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados (Convenio Ciadi).
Años más tarde, el 4 de junio de 2021, el Ciadi exoneró a Costa Rica de pagar una indemnización de cerca de $400 millones a Infinito Gold Ltd tras la cancelación de la concesión del proyecto Crucitas.
El tribunal determinó que Costa Rica no le denegó justicia al inversionista, ya que los tribunales nacionales observaron correctamente los principios del debido proceso, y brindaron a Infinito acceso a las oportunidades de defensa necesarias.
Los integrantes del grupo de árbitros también concluyeron que es legítimo que el país se declarara libre de la minería metálica a cielo abierto, como un objetivo soberano para proteger el medio ambiente, aunque en aquella ocasión señalaron que se debía considerar si había contratos en desarrollo.
La historia no ha terminado, pues una solicitud por parte de la compañía canadiense para anular el fallo del litigio contra Costa Rica por el cierre de la mina, constituyó un nuevo episodio en esta larga y compleja polémica.
La solicitud de la firma se presentó ante el Ciadi en octubre de 2021 y el 6 de enero de este 2022 ese organismo decidió establecer un comité especial (ad hoc) para analizar el caso, así se consta en una nota publicada por el diario La Nación.
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Años atrás
De acuerdo a la página web de la firma Consortium Legal, así se desarrolló el Caso Crucitas desde 1999 y hasta el 2012:
1999: Industrias Infinito S.A, compañía costarricense, presentó la solicitud de concesión de explotación de una mina de oro en el sector de Las Crucitas, en Cutris de San Carlos. La empresa tenía un permiso de exploración para el área de Crucitas que le había sido otorgado en 1993 y cuyo plazo había sido prorrogado hasta el 18 de setiembre de 1999.
2000: Infinito Gold Ltd. adquirió la empresa costarricense Industrias Infinito S.A.
2001: Se aprobó la concesión de explotación minera sujeto a que previo al inicio de las actividades, el concesionario debía presentar un estudio de impacto ambiental en el plazo de seis meses.
2002: En febrero de 2002, en ese entonces pre candidato, Abel Pacheco, presentó un recurso ante el Ministerio del Ambiente y Energía (Minae) contra la concesión, alegando que se ponía en riesgo el derecho a un ambiente sano.
Ese mismo año, el Gobierno dictó una moratoria a la actividad minera. Y en abril, varios activistas ambientales interpusieron un recurso de amparo ante la Sala Constitucional contra la concesión por motivos ambientales (conocido como Amparo Murillo).
2004: La Sala Constitucional consideró que la concesión violentaba el derecho a un ambiente sano y declaró nula la concesión.
2008: Se derogó la moratoria del 2002, mediante un decreto ejecutivo firmado en marzo y que entró en vigor en junio del mismo año. En abril de 2008, se aprobó una nueva concesión a Industrias Infinito S.A; no obstante, esa aprobación fue llevada a la vía judicial en dos sedes, la sede contencioso administrativo y la sede constitucional.
2010: Ambas sedes dentro de su competencia resolvieron la controversia. La Sala Constitucional se pronunció de primero indicando que la nueva concesión no violentaba el derecho a un ambiente sano.
Posteriormente, se pronunció la Tribunal Contencioso administrativo, quien resolvió que la “nueva concesión” del 2008 era nula por vicios de legalidad, siendo uno de ellos que al momento de su aprobación aún estaba vigente la moratoria.
Se declaró totalmente ilegal este proyecto en noviembre de 2010.
2011: El 30 de noviembre de 2011, la Sala I de la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia de primera instancia dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo, que declaró la nulidad de la concesión para la explotación minera otorgada a favor de Industrias Infinito S.A en el año 2008.
Ese mismo año, se emitió la Ley 8.904 que reformó el Código de Minería con la finalidad de declarar a Costa Rica un país libre de minería metálica a cielo abierto, prohibiéndose así la actividad minera.
Además, la Sala Constitucional rechazó una acción de inconstitucionalidad interpuesta por Industrias Infinito S.A, alegando que la sentencia del Tribunal Contencioso contrariaba la resolución de la Sala Constitucional de 2010. La acción de constitucionalidad fue rechazada por no cumplir con los presupuestos para su admisión.
Estas instancias terminaron por suspender la extracción de oro de los cerros que se ubican a tan solo cuatro kilómetros al sur del río San Juan, en el límite con Nicaragua.
2012: Mediante un acto administrativo emitido por el Ministerio de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones (“Minaet”) se cancelaron los derechos mineros de Industrias Infinito S.A en Crucitas y se archivó el expediente.