A pesar de que las empresas que contraten personas mayores de 45 años ya pueden beneficiarse de una serie exenciones tributarias gracias a la ley N° 10.079 que fue publicada en el diario oficial La Gaceta el 25 de enero de 2022, todavía quedan dudas sobre su aplicación y alcances.
Esta ley fue creada para fomentar las oportunidades de empleo para las personas que pertenecen a ese grupo etario a través de un incentivo fiscal temporal en el impuesto sobre la renta y en la cuota patronal para el Fondo de Desarrollo Social y Asignaciones Familiares (Fodesaf).
La ley permite una reducción de hasta el 7% por concepto del impuesto de renta a las empresas que conformen un 20% de su planilla con personas de este rango de edad; y una rebaja de un 5% cuando este grupo represente un 10% del personal.
Gracias a esta norma, también se benefician con reducciones en las contribuciones sociales, pagando a Fodesaf un 3% en vez de un 5%, si el 20% de sus empleados son mayores de 45 años.
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La norma ya se encuentra vigente, pero para beneficiarse de ella se deben cumplir estos requisitos:
- Aplica únicamente para las nuevas contrataciones realizadas a partir de la entrada en vigencia de la norma.
- Los beneficios serán únicamente aplicables para aquellas empresas que su fuerza laboral esté conformada al menos en un 10% por personas que están en este grupo etario.
- Se requiere de un estudio de impacto en el Fodesaf para analizar que no se ponga en peligro las finanzas del fondo.
Según datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), la población en la fuerza de trabajo es de 2,43 millones de personas, de las cuales 2 millones tienen trabajo y la cifra restante de 430.500 son quienes no tienen empleo.
De esta cifra de desempleados, 64.674 son personas de 45 años o más.
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Dudas pendientes
La ley tiene una vigencia de cuatro años, pero se puede ampliar previo un informe emitido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ante la Asamblea Legislativa.
Aunque la ley motiva a las compañías para que fomenten oportunidades de empleo para un grupo etario que puede quedar excluido por el mercado laboral, existen preguntan que siguen en el aire.
“Los incentivos están determinados en dos sentidos: una reducción del aporte a Fodesaf sobre los salarios que paguen los patronos que es de un 5%, y un beneficio en el impuesto sobre la renta, que la norma no es muy clara a si se va a tratar como gasto deducible o como un crédito de impuesto a pagar, para lo cual será necesaria que la Administración Tributaria emita las directrices respectivas”, señaló Silvia González, Socia de Impuestos y Legal de Grant Thornton.
Esta norma todavía no está reglamentada, pero la ley no dice expresamente que se deba hacerlo.
“La norma debería reglamentarse y la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) deberá establecer el procedimiento a seguir para obtener la certificación que se requiere para demostrar el porcentaje de empleo, no solo mensualmente para aplicar la reducción en el aporte a Fodesaf, sino para efectos de aplicar el incentivo para el impuesto sobre la renta, se requerirá igual respaldo”, agregó González.
Aporte de las contrataciones de mayores de 45 años
Contratar a personal mayor de 45 años, más allá de los beneficios tributarios, le aporta a las empresas experiencia, estabilidad, inteligencia práctica y redes de contactos.
Según el estudio sobre la Revolución de Habilidad en Human Age de ManpowerGroup, el mercado laboral atraviesa el surgimiento de una serie de las habilidades, donde encontrar el equilibrio adecuado entre tecnología, talento y conexión humana, será lo que permita a las personas y a las compañías lograr el éxito.
“Consideramos que dar este tipo de incentivos en un país como Costa Rica en donde el envejecimiento de la población es acelerado y la tasa de natalidad ha bajado, es una medida atinada para frenar el desempleo”, señaló Karina López, gerente país de ManpowerGroup Costa Rica.
Algunos reclutadores temen darle empleo a personas mayores por una supuesta resistencia a la capacidad de aprendizaje, así como a la actualización profesional principalmente en conocimientos informáticos y de idiomas.
“Debemos tener presente que la tecnología ha venido en una acelerada evolución durante los últimos 20 años y, por ende, es probable que no haya sido una prioridad para esta población especializarse en las nuevas herramientas. Sin embargo, nuestra experiencia ha demostrado que con un acompañamiento adecuado es posible reducir esa brecha”, explicó López.
No se evidencia que aplicar esta ley genere un riesgo para las empresas, ya que el cuestionamiento eventual es que puede hacer es si existe discriminación en los procesos de contratación porque se prefiera a las personas mayores de 45 años y no a los más jóvenes, sin embargo, la misma ley menciona que esta situación no podrá ser considerada como tal.