La Sala Constitucional declaró con lugar dos recursos de amparo interpuestos por el Colegio de Periodistas en contra del Estado, debido a acciones del gobierno que lesionaron el derecho a la libertad de prensa.
El Colegio presentó los recursos en defensa de los periodistas David Bolaños Acuña (del medio Doble Check), David Chavarría Hernández (de Radio interferencia) y Héctor Guzmán Suárez.
El primer recurso se detalla en el expediente 24-025545-0007-CO, donde se indica que Rodrigo Chaves procedió a callar a un periodista cuando el comunicador formulaba una pregunta durante la conferencia de prensa en la que se abordó la consulta legislativa sobre la Ley Jaguar. El hecho se remonta al 30 de julio de 2024.
“Además, los recurrentes añaden que el 11 de septiembre de 2024, dos periodistas fueron rodeados por escoltas de la Unidad de Protección Presidencial cuando intentaron hacerle repreguntas a la ministra de la Presidencia y al presidente de la República. Señalan que intentaron realizar más preguntas a la ministra de la Presidencia sobre el proyecto de ley de jornadas 4x3, y cuando uno de los periodistas señaló que no le respondieron la pregunta, le apagaron el micrófono”, informó la Sala.
Este expediente se planteó contra Rodrigo Chaves Robles, presidente de la República; Arnold Zamora, ministro de Comunicación y Enlace; Mauricio Batalla Otárola, entonces ministro de Obras Públicas y Transporte; y contra el director o encargado de la Unidad de Protección Presidencial (UPP).
El Colegio señaló que “también hubo burlas por parte del presidente hacia Chavarría y al mismo tiempo el ministro de Obras Públicas se le acerca y le dice que respete la investidura del presidente acto seguido los rodearon en una clara acción de intimidación. Posteriormente, en otra pregunta que hace Bolaños, y al indicar a la ministra que no le contestó su pregunta, se le apaga el micrófono”.
La Sala se posicionó favor de tres periodistas, a quienes el Estado deberá pagar costas, daños y perjuicios. Dicho pago se liquidará en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo.

El segundo recurso de amparo se tramitó bajo el expediente 24-27116-0007-CO.
En él, el Colegio indicó que el Ministerio de la Presidencia no respondió a las consultas realizadas por los periodistas sobre la aprobación de las jornadas excepcionales 4x3.
En este caso, la Sala declaró con lugar el recurso, pero no condenó al pago de indemnizaciones; además, la medida prosperó en contra del Ministerio de Comercio Exterior.