Falta poco más de un mes para el cierre fiscal y los contribuyentes deben hacer un recuento de sus ingresos y gastos durante el 2023 y con base en eso, determinar si les corresponde pagar el impuesto sobre la renta.
Tras la aprobación de la reforma fiscal en 2018, ahora el cierre contempla todos los ingresos obtenidos por la empresa o la persona física con actividad económica en el año calendario. Anteriormente se realizaba de octubre a setiembre.
A partir del 31 de diciembre, la Administración Tributaria otorga un plazo de dos meses y medio para la presentación de la declaración correspondiente y el pago del impuesto, es decir, hasta el 15 de marzo de 2024 hay tiempo para cumplir con esta responsabilidad sin enfrentarse a sanciones.
Para completar esta obligación se utiliza el formulario D-101, disponible en la web del Ministerio de Hacienda. El contribuyente debe incluir su usuario y contraseña para acceder al documento.
En El Financiero le contamos cuáles son los cinco errores más comunes en este proceso fiscal, que pueden acarrear multas económicas u otras sanciones, con el objetivo de que el contribuyente evite contratiempos durante el camino.
1 - No prepararse con tiempo y llevar una contabilidad desordenada
El primer paso es tener al día la contabilidad para aprovechar algunos beneficios como por ejemplo los pagos parciales o los créditos fiscales a favor del contribuyente y para tener claro las fechas de todas las declaraciones.
Si el contribuyente deja todo para última hora es probable que hayan errores u omisiones. Idealmente, se requiere el apoyo de un asesor fiscal o contable para este proceso, sobre todo si se trata de un emprendedor que no está familiarizado con los aspectos tributarios.
2 - Presentar gastos como deducibles cuando no lo son
Quizás en este punto es donde existe mayor confusión, pues la reducción de gastos va a depender del tipo de actividad económica que se realice.
En pocas palabras solo se pueden restar aquellos gastos que son estrictamente necesarios para el desarrollo de la actividad económica que produce el ingreso.
“No se consideran dentro de los deducibles, regalos, gastos de fiestas de una empresa, ni tampoco en el caso de profesionales independientes facturas de pago de colegiaturas de los hijos. Es decir, no se pueden deducir los gastos que se consideren como causados en beneficio predominante del contribuyente, o sin una relación de orden directa, proporcional y razonable con la generación de rentas gravadas”, explicó Carlos Camacho, socio de Grupo Camacho.
Los trabajadores independientes podrán deducir hasta un 25% de sus utilidades sin necesidad de prueba alguna, de acuerdo con la Ley de Renta. Pero si decide utilizar ese sistema no podrá agregar más gastos a su declaración que ese porcentaje específico de sus ganancias.
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3 - Falta de control en la emisión de facturas electrónicas
Los comprobantes son necesarios no solamente para llevar al día las cuentas y tener la contabilidad al día, sino que son clave para poder deducir los gastos (deben estar a nombre de quien desarrolla la actividad). Es importante mantener todos los documentos físicos o digitales que respalden cada una de las transacciones efectuadas durante el periodo.
Por otro lado, si un proveedor debe realizar una factura en el mes de diciembre, pero la realizó en enero próximo, ese documento podría no incluirse como gasto para el periodo ya que estaría en otro período fiscal, lo que podría generar diferencias con los datos que maneja la Administración Tributaria y provocar auditorías. Para evitar estas situaciones, siempre es recomendable que el contribuyente indique las fechas máximas de recepción de facturas de proveedores que tendrá.
4 - Creer que puede engañar a Tributación
Inventar gastos para pagar menos impuestos, no incluir ingresos recibidos, o incluir como gasto el costo de un activo, por ejemplo una computadora que se adquiere para trabajar. es una práctica que todavía se presenta en el país y esto puede traer consecuencias serias para quienes intenten hacerlo
“La Administración Tributaria tiene cada vez más herramientas para verificar la información que los contribuyentes le entregan, por lo que es esencial mantener la transparencia en sus registros financieros y cumplir con todas las obligaciones tributarias”, recomendó Carlos Gómez, socio de Impuestos de la firma Baker Tilly Costa Rica.
5 - Incumplir con la presentación de la declaración
Algunos contribuyentes consideran que si su ejercicio fiscal fue cero, es decir no tuvieron pérdidas ni ganancias, no deben presentar declaraciones: esto es un grave error.
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Toda empresa o profesional independiente inscrito ante Tributación está obligado a presentar la declaración de renta aunque esta sea cero y cumplir con todos los requisitos mencionados.
¿Cuánto se debe pagar de impuesto?
Este impuesto grava las utilidades o pérdidas que tengan los contribuyentes durante el año natural y para calcular cuánto se debe pagar hay que tener en cuenta el resultado neto del período, restarle los ingresos no gravables y sumar los gastos no deducibles para tener la renta neta o base imponible.
Cuando se trate de un resultado negativo, en la mayoría de casos se puede diferir por un periodo de tres años, es decir, se permite compensar las pérdidas acumuladas con las ganancias imponibles en años posteriores. Este mecanismo permite a las empresas aprovechar esas pérdidas en períodos posteriores, reduciendo así la carga tributaria en el futuro cuando la empresa genere utilidades.
Si resulta una utilidad, en el caso de las empresas, los tramos van desde el 5% hasta el 30% de impuestos; mientras que para las personas físicas la tasa más alta es del 25%.
Estos son los tramos actuales de renta para ambos casos.
Sanciones por incumplimiento
Las personas y empresas que desoigan el llamado de Tributación para presentar la declaración de renta anual y su respectiva cancelación se exponen a multas y sanciones por incumplimiento que van desde medio salario base (¢231.100) por omitir la presentación de la declaración más intereses por la no cancelación del impuesto.
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Si se omiten ingresos en la declaración jurada, y se es sujeto de una fiscalización, el contribuyente podría enfrentar una sanción de un 50%, 100% o 150% del monto de impuestos adicional que determinen las autoridades tributarias.
Los contribuyentes sancionados deben utilizar el formulario D-116 “Autoliquidación de Sanciones por Infracciones Administrativas”, disponible en el ATV. Las multas se calculan según el salario base de un auxiliar judicial vigente en 2023 y pueden reducirse el artículo 88 del Código Tributario.