Los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron una nueva versión del proyecto de ley para permitir al Ministerio Público que solicite el secuestro o el congelamiento de capitales de forma anticipada, cuando se sospeche que pudieron haber sido adquiridos o generados por medio de actividades ilícitas.
Esta es la segunda ocasión en la que este proyecto se aprueba en primer debate. Ya había pasado por ese filtro a mediado de mayo pasado; sin embargo, su segunda votación (la definitiva) se pospuso para realizar correcciones al texto que se concretaron en las últimas semanas.
En esta nueva votación, 36 diputados se manifestaron a favor de la iniciativa; mientras que otros siete se mantuvieron en contra. Ellos fueron la liberacionista Dinorah Barquero, la socialcristiana Vanessa Castro y la fracción del Partido Liberal Progresista (PLP).
Qué dice específicamente el proyecto, por qué sigue siendo polémico y cuáles argumentos utilizaron los diputados que lo aprobaron y los que lo rechazaron. EF le explica.
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¿Qué dice?
El proyecto de ley agrega tres nuevos artículos a la Ley contra la Delincuencia Organizada (8.754), para establecer el congelamiento de bienes como una medida “anticipada y provisional”.
El texto señala que el Ministerio Público podrá solicitar al Juzgado Contencioso Administrativo la opción de “asegurar, secuestrar, conservar o verificar bienes y productos financieros de interés”, incluso antes de presentar una denuncia por el incremento de capital sin causa lícita aparente.
A su vez, indica que esta medida cautelar podrá ser aprobada cuando las autoridades judiciales la consideren adecuada, al existir “elementos suficientes” sobre la probabilidad de que los bienes y productos a ser congelados pudieran haber sido “distraídos u ocultados” por motivo de su origen.
Solo después de la autorización del congelamiento de los bienes, se procedería a dar audiencia a las partes por tres días hábiles. Mediante este proceso, el juez respectivo tendría que valorar los hechos y decidir si mantiene, modifica o revoca las medidas inicialmente adoptadas.
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Entre otros efectos que tendría este tipo de procedimientos, el juez tendría que ordenar las anotaciones e inmovilizaciones registrales correspondientes sobre los bienes muebles y los inmuebles, así como el congelamiento de los activos financieros, según se trate de cada tipo de activo.
Por otra parte, a partir de la concesión de la medida cautelar, el Ministerio Público tendría un plazo de un mes para imponer la denuncia respectiva; el cual empezará a descontarse a partir del momento en que se notifique al afectado.
Las medidas las resolverá el Juzgado Contencioso Administrativo, pero también se podrán presentar recursos de apelación ante el tribunal correspondiente, aunque “sin efecto suspensivo” de las medidas adoptadas. La apelación, además, se deberá realizar en un lapso de 24 horas.
Varios aspectos cambiaron en el proyecto en las últimas semanas.
Por ejemplo, hasta mayo, el texto también facultaba a la Contraloría General de la República, el Instituto Costarricense sobre Drogas y el Ministerio de Hacienda para solicitar la inmovilización de bienes y, además, imponía un monto mínimo de $50.000 a partir del cual se podía solicitar el congelamiento de capitales. Este último se eliminó para evitar que traficantes y otros criminales que suelen utilizar montos menores queden por fuera del rango de aplicación.
Además, la redacción anterior también facultaba al ICD para disponer “de manera anticipada” de los bienes inmovilizados, “con todas las facilidades administrativas y exoneraciones ya previamente definidas en las normas especiales existentes en la materia”; lo cual implicaba problemas operativos en caso de revocatorias de las medidas provisionales.
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Plan polémico
Múltiples representantes políticos y judiciales han abogado por la aprobación de un plan de esta naturaleza en los últimos años. El tema, también analizado bajo la etiqueta de “extinción de dominio”, acaparó titulares, alabanzas y críticas por igual.
Sin embargo, es hasta ahora que una propuesta de este tipo llega tan lejos en la Asamblea Legislativa.
De hecho, el proyecto recién aprobado fue presentado por el gobierno del expresidente Carlos Alvarado, en diciembre de 2021; pero su discusión se trasladó hasta la actual administración.
La complejidad de esta materia es fácil de entender. Por un lado, están los actores que defienden este tipo de procedimientos para atacar más frontalmente y con menos burocracia a personas relacionadas con el crimen organizado. Por otra parte están quienes consideran que se trata de una medida peligrosa, que podría ser utilizada de forma incorrecta o discrecional por autoridades incompetentes o corruptas.
Eliécer Feinzaig, jefe de la bancada del PLP, explicó parte de estas preocupaciones antes de la votación del proyecto, este 27 de agosto.
“Se está invirtiendo la carga de la prueba”, dijo. “Si hay un incremento patrimonial o de capital sin causa lícita aparente, entonces el Ministerio Público va a poder solicitar el congelamiento de esos bienes sin que se haya presentado una denuncia contra el ciudadano (...) luego se le da una audiencia al ciudadano para que demuestre el origen lícito de los bienes, en vez de que sean las autoridades acusatorias las que demuestren la procedencia ilícita de los mismos”.
El legislador añadió que cualquier persona estaría en riesgo, sin importar la magnitud de su incremento patrimonial, y que este mecanismo podría tener implicaciones importantes para aquellas personas que trabajan en la informalidad, pues no tienen los medios para demostrar el origen legal de sus bienes.
Todos estos temores detuvieron el avance de iniciativas similares en el pasado, pero no lograron hacerlo en este momento marcado por una criminalidad creciente y un mayor apetito de la clase política para impulsar reformas en la materia.
Este apremio quedó patente en las palabras de la diputada independiente Gloria Navas. “Se nos está saliendo completamente de las manos la violencia que tenemos todos los días en esta nación y, desde luego, tenemos que tomar medidas a veces extremas para hacer esas luchas y traer la paz social a Costa Rica otra vez”.
Ella, sin embargo, aclaró que el Ministerio Público sí tendrá que argumentar la necesidad de aplicar el congelamiento de bienes en cada caso, por lo que no se puede hablar de un problema capaz de afectar a toda la población. “Tiene que haber una investigación abierta”, puntualizó, poco antes de votar a favor del proyecto.
Finalmente, solo siete diputados se opusieron al avance del texto, cuya votación en segundo debate quedó pactada para el próximo 2 de septiembre.
A pesar de su descontento con la aprobación del proyecto, Feinzaig consideró trascendental que en los últimos meses se aplicaron cambios a la redacción. Según dijo, al menos se logró limitar la posible politización del mecanismo o el uso de los bienes incautados por parte del ICD sin que hubiese juicio alguno previo.