Hace cuatro años una medida especial pretendía reanimar a un sector turístico afectado por la pandemia. Los diputados aprobaron trasladar los feriados al lunes anterior o posterior a una fecha festiva para crear fines de semana largos y motivar a los viajeros nacionales, pero en 2024 es el último periodo en el que se aplica esta norma.
Por el momento, se sabe que a partir de 2025 los feriados se disfrutarán tal y como están establecidos en el calendario a no ser que los diputados digan lo contrario.
En este momento hay una iniciativa presentada por la diputada liberacionista Monserrat Ruiz, bajo el expediente 23.981, que sugiere el traslado permanente de algunas fechas festivas a los lunes, como una forma de mantener el flujo de visitación de costarricenses a sitios turísticos, tomando en cuenta que la ley actual dio resultados favorables.
En 2023, la Cámara Nacional de Turismo (Canatur) dio a conocer que la visitación interna a lugares turísticos creció un 40% gracias a la medida aplicada desde hace cuatro años. Incluso, hacen un llamado para alargar los cambios de feriados por más tiempo, ya que también genera beneficios para empresas con encadenamientos productivos en estos lugares.
Otro de los hallazgos que el sector resalta es que la medida también ha cambiado hábitos en el turista local, ya que gracias a los fines de semana largos, se han triplicado los viajes familiares o con amigos que las personas hacen en un año.
Al igual que la propuesta de 2020, la idea de la verdiblanca reformaría el artículo 148 del Código de Trabajo para el cambio de feriados, solo que ya no habría una fecha de caducidad en la práctica.
La dinámica
Según el proyecto de ley, estos son los feriados que cambiarán la fecha de su disfrute de manera permanente a partir del próximo año:
- 11 de abril: Día de Juan Santamaría
- 1.° de mayo: Día del Trabajador
- 25 de julio: Día de la Anexión del partido de Nicoya
- 1.° de diciembre: Día de la abolición del ejército
Con este cambio, los feriados antes citados se trasladan al día lunes inmediato anterior en los casos en que estas fechas caigan en día martes o miércoles, y al día lunes inmediato posterior cuando caigan en día jueves. “Las actividades oficiales correspondientes a las conmemoraciones referidas para las fechas indicadas, cuando así proceda, se realizará el propio día dispuesto”, indica el proyecto de ley.
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Gráficamente, así quedaría el cambio de fechas festivas para 2025, si se aprueba el proyecto de Ley de la diputada Ruiz. Si el feriado es lunes o viernes, no habrá movimientos.
Cambios mínimos en los primeros tres años de ejecución
Con base en lo anterior, el próximo año habría seis fines de semana largos aunque no se apruebe la propuesta, pero si esta avanza en el Congreso serían siete, ya que la celebración del 1.° de mayo, cambiaría al lunes 6. Dicho sea de paso, es la única fecha que se movería el año entrante.
Al analizar el impacto que tendría la medida en los próximos años, sería mínimo. En 2026 únicamente se trasladaría el disfrute del 1.° de diciembre (pasaría al lunes 30 de noviembre); un año después se movería la misma fecha y sería hasta 2028 (en el posible cuarto año de ejecución) que el proyecto generaría tres fines de semana extendidos.
Lo cierto es que con el proyecto de ley o sin él, el próximo año traerá más días libres que 2024, ya que para los próximos meses sólo habrá tres fines de semana largos: Semana Santa, el 11 de abril —cuyo disfrute es el lunes 15— y el 2 de agosto, día de la Virgen de los Ángeles, que es viernes.
Feriados religiosos
En Costa Rica cuatro de los 12 feriados están relacionados con festividades de la religión católica –la oficial en el país, según la Constitución–, pero la iniciativa liberacionista mantiene la posibilidad de que los trabajadores de otros credos puedes solicitar a su patrono el otorgamiento de los días de celebración religiosa propios de su creencia como días libres y el patrono estará obligado a concederlos. En estos casos, ambas partes acordarán el día de la reposición, el cual podrá rebajarse de las vacaciones.
Según el Código de Trabajo, los días de cada religión, que podrán ser objeto de este derecho, serán los que se registren en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, siempre y cuando el número no exceda al de los días de precepto obligatorio, observados por la Iglesia católica nacional.
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Por otra parte, nueve feriados son de pago obligatorio, esto quiere decir que aunque el trabajador no lo labore, su patrono deberá pagarlo normalmente según la modalidad de contratación. En caso de que se trabaje uno o más feriados obligatorios, se cancelará un pago doble y en caso de que hubiese horas extras en un día festivo, estas se deben cancelar al triple, según establece la ley.
Ningún patrono puede obligar a sus trabajadores a laborar los días feriados; además, la ley indica que aunque la empresa sea nacional, transnacional o internacional, deberá conceder estos feriados a los colaboradores costarricenses.
Estatus del proyecto
El proyecto de ley 23.981 se presentó en octubre anterior y en ese momento se encuentra en comisión de turismo donde debe dictaminarse para que pase a plenario para su aprobación. Según la diputada, la intención es seguir “cooperando con el turismo de este país”, afirmó la legisladora Ruiz.
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Mientras tanto, el sector turismo aboga por agilizar este proceso y tener claridad sobre el futuro de los feriados de los próximos años.