Aquellos trabajadores independientes o emprendedores endeudados con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), pueden aprovechar cambios sustanciales a su favor, ya que una nueva ley reduce el plazo de prescripción de sus obligaciones, al pasar de diez a cuatro años.
Ahora la CCSS tendrá 48 meses para determinar la obligación contributiva de los trabajadores liberales, imponer sanciones o para cobrar la obligación del principal y sus sanciones, si procede.
La entidad únicamente puede cobrar las cuotas que hubiera dejado de percibir de los últimos cuatro años, contados a partir de que se notifique al deudor. Más allá de eso, se consideraría como prescrito, por lo que no es posible exigir su cobro.
Los interesados se exponen a perder el beneficio y que el plazo vuelva a ser de diez años, si ocurre alguno de estos supuestos:
- Cuando los interesados no estén inscritos ante la CCSS como trabajadores liberales.
- Incumplan deberes formales de declaración.
- Si los trabajadores ya inscritos presentan declaraciones consideradas fraudulentas.
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¿Cómo aplica este beneficio?
Unos 135.000 trabajadores en el país no dependen de un patrono y se verían beneficiados con esta normativa, ya que si tienen deudas pueden acercarse a la CCSS y ponerse en regla para optar por un seguro y cotizar para su jubilación.
La denominada Ley del Trabajador Independiente (10.363) tiene únicamente dos artículos y dos transitorios. Está vigente desde el pasado 8 de mayo y allí se explica los requisitos para implementar correctamente esta deducción de plazo:
- La prescripción deberá ser declarada ante la Caja.
- Esta reducción de años aplicará para los profesionales liberales que no estén inscritos ante la CCSS, pero vencerá el 8 de mayo de 2025; si no se registran antes de esa fecha, el plazo volverá a ser de 10 años a modo de sanción.
La ley también estipula que la Caja deberá difundir ampliamente, a través de campañas publicitarias de alcance nacional, los beneficios que tiene el proyecto, para fomentar que más trabajadores se inscriban en la institución y empiecen a cotizar formalmente.
Un caso práctico
Con la ayuda de la firma legal ECIJA, EF analiza un ejemplo de cómo debería aplicarse esta nueva ley.
Paso 1: Se parte del hecho de que un trabajador independiente fue notificado de que tiene pagos pendientes con la Caja, de marzo del 2012 a diciembre del 2019.
Paso 2: La Caja notificó personalmente al deudor sobre esa responsabilidad financiera a través de un traslado de cargos el 15 de junio del 2023.
Paso 3: De acuerdo con la nueva ley, el período que puede cobrar la CCSS es de esa fecha (15 de junio 2023), cuatro años para atrás, es decir hasta el 15 de junio del 2019.
Paso 4: En el proceso judicial, el profesional independiente puede solicitar la prescripción de las cuotas cobrables ocurridas entre marzo de 2012 y junio del 2019. La CCSS únicamente cobraría, de julio del 2019 a diciembre de ese año.
Ahora bien, hay que tomar en cuenta que este plazo de cuatro años no aplica de manera general. Es útil únicamente a trabajadores independientes ya inscritos. Para quienes no lo hicieron, o que se afiliaron y se demuestra que presentaron declaraciones fraudulentas, se mantendrá un plazo de prescripción de 10 años, por lo que no se puede aplicar la misma receta para todos los casos.
“A pesar de sus limitaciones, es un avance para detener los cobros, a veces excesivos, que hacía la Caja contra personas, emprendedores y profesionales liberales. La situación llegó a un punto que las personas preferían la informalidad dado que acercarse a la Institución corrían el riesgo que los investigará y cobrar décadas de cuotas no pagadas”, explicó Daniel Valverde, socio especialista en derecho laboral de ECIJA Legal.
Más beneficios
Esta nueva normativa es complementaria con otra que entró en vigor hace poco y que también pretende aliviar a los profesionales independientes con deudas de seguridad social: se trata de una legislación (10.232) que establece los lineamientos necesarios para condonar las multas, recargos e intereses generados.
Es decir, la ley 10.636 regula lo referente a cobros del principal de la deuda y la 10.232 se enfoca en los intereses. Son procesos diferentes.
Como requisito para que aplique la condonación, la persona tiene que aceptar pagar el monto total del principal adeudado, es decir las cuotas del Seguro de Enfermedad y Maternidad (SEM) y para la pensión por Invalidez, Vejez o Muerte.
El plazo para acogerse a la condonación es de 12 meses a partir de la entrada en vigencia del reglamento, es decir, habría tiempo para presentar la solicitud, del 14 de diciembre de 2022 al 14 de diciembre de 2023.
La condonación puede solicitarse indistintamente si el proceso todavía está en etapa de investigación, en cobro judicial, o inclusive si ya existe un convenio de pago acordado con la CCSS.
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Esto significa que, si se solicita la condonación antes de la prescripción de las cuotas, se pudiera interpretar que el obligado renunció a su derecho de prescripción, y aceptó pagar la totalidad de las cuotas como actualmente rigen, es decir, por diez años.
“La recomendación sería hacer una ponderación de cual figura es más beneficiosa: presentar la prescripción y esperar a que se resuelva (una espera que podría generar que se pase el plazo para solicitar la condonación de los intereses, multas y recargos) o aceptar la condonación, pagando únicamente el principal (entendiendo, potencialmente, que se perdería el derecho de solicitar la prescripción de las cuotas)”, agregó Valverde.
La otra cara de la moneda
Por su parte, la CCSS ante la posibilidad de percibir menos recursos provenientes de esas cuotas prescritas y de los intereses, se aferra a un apartado de la ley 10.363 que indica que tiene un plazo de seis meses para establecer cómo se van a aplicar esos procesos de prescripción.
Sin embargo, el propio documento señala que la falta de reglamentación no impedirá la aplicación inmediata de la ley.
“Es un error garrafal, por tanto, no se justifica de ninguna manera que la Caja diga que no sabe cómo abordar el tema de la prescripción. Con o sin reglamento, ellos tienen que empezar a declarar las solicitudes con lugar en los casos que corresponda, la falta de reglamentación no impide la entrada en vigor de esta ley”, detalló Marlon Salazar, socio del bufete Legalitét abogados.
Según el experto, la CCSS está alentando a los trabajadores independientes a solicitar primero la condonación de intereses (arreglos de pago) y luego la solicitud de prescripción, por lo tanto los contribuyentes perderían el beneficio de la prescripción de deudas.