Para estimular el consumo Colombia instauró la realización de “días sin IVA”, unas jornadas que ya se han realizado con buenos resultados. ¿Es factible adaptar la experiencia a Costa Rica?
Desde mayo del 2020 a la fecha, el país de América del Sur ha realizado seis jornadas del día sin IVA -tres en 2020 y tres en 2021- y de acuerdo con la ministra de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, María Lombana, en el primer semestre de este 2022 habrá tres nuevas jornadas.
Incluso, una noticia publicada por el medio de comunicación colombiano La República expone que el tercer día sin IVA del año pasado dejó ventas superiores a los $12 billones, cifra récord comparada con las evidenciadas en la primera y la segunda jornada de 2021, donde el resultado fue de $9,4 billones y $10,7 billones, respectivamente.
Esta medida no se podría implementar en Costa Rica con la actual Ley del Impuesto al Valor Agregado (6826), pero sí se podría hacer a través de la aprobación de una nueva ley que así lo establezca.
La experiencia de Colombia
El día sin IVA es una iniciativa del Gobierno colombiano que fue aprobada en la Ley de Inversión Social, para que durante las 24 horas de tres días elegidos del año, los consumidores tengan la posibilidad de conseguir “un grupo importante de productos” sin tener que pagar el impuesto, que en el país de Sudamérica es del 19%.
“Así, los consumidores ahorran, los comerciantes dinamizan sus ventas y la economía se reactiva”, indica el sitio web del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia (Mincit).
De acuerdo con Pablo Márquez, socio de Ecija Legal Colombia, esta medida es optativa y alcanza a todos los vendedores por igual, pues aplica tanto para los comercios virtuales como los que tienen tienda física.
Para participar en esta iniciativa, los productos a los que se les rebaje el IVA deben estar dentro de las categorías establecidas y no superar el “monto máximo de precio” instaurado en la normativa oficial.
La página web del Mincit indica que los consumidores podrán comprar bienes, sin pagar el impuesto, como ropa, electrodomésticos, computadoras, juguetes, útiles escolares y elementos deportivos; cuyo precio unitario no debe superar un número específico de Unidades de Valor Tributario (UVT), el costo de cada UVT en 2021 fue de $36.308, y expone que el beneficio aplica para tres unidades de cada tipo de bien, como máximo, “vendido por el mismo responsable”.
Asimismo, los comerciantes que desean participar en el día sin IVA deben cumplir con dos condiciones. La primera es expedir la factura o documento equivalente mediante facturación electrónica, en la cual debe identificarse al adquirente consumidor final de dichos bienes cubiertos por la exención y reflejar la disminución del valor del IVA.
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La segunda condición es que deben emitir la factura “hasta las 11:59 del día siguiente en que se realizó la venta”, bajo el entendido de que se realizó por comercio electrónico.
Márquez explicó que si los comerciantes no las cumplen, no se aplicará el beneficio y el valor del IVA será asumido por ellos.
El caso de Costa Rica
Para Mariela Hernández, socia de Ecija Legal, las regulaciones actuales no permiten que Costa Rica adopte la medida del día sin IVA, sin embargo, explicó que para implementarla se requeriría de una reforma legal que autorice a la Administración Tributaria programar este tipo de beneficio.
Además comentó que otra alternativa para que Costa Rica pueda tener un día sin IVA es que la Asamblea Legislativa apruebe una ley que, expresamente, autorice al Poder Ejecutivo para establecer este tipo de medida.
En gran parte de lo expuesto por Hernández coincide German Morales, socio director de la firma Grant Thornton, pues él dijo que no es factible aplicar este tipo de medidas en Costa Rica, al menos con la ley vigente.
Morales agregó que se tendría que emitir una nueva ley, esta debe ser aprobada en el Plenario Legislativo, y luego se tendrían que fijar las fechas en que se va a implementar el día sin IVA y los artículos que podrán gozar de esa exención al gravamen del 13%.
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Por su parte, la socia directora de Deloitte, Carla Coghi, manifestó que el país podría implementar algo similar a Colombia, en el tanto se cumpla con los requisitos legales que permitan que no se cobre el impuesto por un plazo determinado “en bienes y servicios puntuales”.
Asimismo, indicó que se tendría que revisar si el Ministerio de Hacienda tiene las facultades suficientes o si más bien se debería plantear algún proyecto de ley, “y por ende, elevarlo a la aprobación de la Asamblea Legislativa”.
“(Para instaurar la medida) el Gobierno en conjunto con el sector empresarial del país deberían definir los sectores o productos que se quisiera incentivar su consumo. Vemos que en el caso de Colombia, en artículos como juguetes fue clave para dar el incentivo de comprarlos sin IVA en el mes de diciembre (de 2021)”, expuso Coghi.
El socio director de la firma Grant Thornton dijo que medidas como permitir que los comercios puedan tener, al menos, un día sin aplicar el IVA a ciertos productos, ayudarían a reactivar la economía costarricense e incluso a mejorar el empleo.
Mientras que la socia directora de Deloitte concluyó que dado el supuesto de adoptar un incentivo similar al de Colombia, la tendencia sería activar la economía e implicaría un “ganar-ganar”, pues los consumidores finales tendrían un ahorro del 13% en la compra de algunos bienes y la Administración Tributaria, si bien es cierto pierde esta recaudación, tendría un incremento en el impuesto sobre la renta, debido a que “los comerciantes tendrían un aumento en sus ventas”.