Las personas físicas y jurídicas que generaron más créditos que débitos durante los últimos períodos fiscales tienen la posibilidad de compensar el saldo a favor a través de los pagos parciales del impuesto sobre la renta.
Los contribuyentes tienen tiempo hasta el lunes 30 de setiembre para aplicar la compensación en el segundo pago parcial a través de la plataforma de la Administración Tributaria Virtual (ATV). No obstante, la recomendación es hacer la gestión días antes para evitar contratiempos ante errores de cálculo.
Tanto el pago como el uso del saldo a favor se realiza en la sección llamada ‘Pago de declaraciones de impuestos por Débito en Tiempo Real (DTR)’.
Asimismo, la Administración Tributaria cuenta con los montos a favor que dispone cada contribuyente, de manera tal que el estado de cuenta tributario de la persona física o jurídica refleja la cifra correspondiente.
EF conversó con Bryan Mora, socio de impuestos y servicios legales en la firma Deloitte Costa Rica, para conocer el paso a paso para efectuar la compensación en el segundo pago parcial que está pronto a cerrar. En el siguiente video el paso a paso para realizar la gestión.
Ingresar a la plataforma
De acuerdo con Mora, todos los contribuyentes pueden compensar mediante el formulario D-110 que se encuentra en la plataforma ATV.
Para iniciar con el trámite primero se debe seleccionar la pestaña ‘declaraciones’ que se ubica en la barra horizontal en la parte superior. Luego se elige el apartado de ‘Cuentas y pagos por DTR’, seguido de la opción ‘Pagos por DTR’.
Aplicación del saldo
El siguiente paso es seleccionar el documento que corresponde al anticipo del pago de renta. Tributación es la que se encarga de subir a la plataforma la deuda del contribuyente que podrá ser seleccionada para su pago o compensación.
La plataforma desplegará el detalle de la deuda. El obligado tributario tiene que revisar la exactitud de los montos, así como ingresar el importe a cancelar, y luego seleccionar la opción ‘solicito compensar con crédito a mi favor’.
Si todos los datos son correctos, se procede a presionar el botón ‘realizar pago de la declaración’.
Una de las razones por la que suelen existir saldos a favor se debe a que el contribuyente compró mucho pero cobró poco.
Prueba del proceso
El sistema generará la declaración D-110 Recibo oficial de pago.
En ese comprobante se detalla el monto del impuesto y el correspondiente a la compensación.
El pago
La compensación equivale a ese segundo pago parcial. Pero quienes no tenían disponible un saldo a favor tienen que hacer la cancelación parcial de renta en la misma plataforma donde se ejecuta el crédito.
Asimismo, los grandes contribuyentes nacionales solamente pueden cancelar el pago parcial mediante la plataforma. “Los demás contribuyentes pueden utilizar la plataforma ATV para pagar o bien a través de conectividad bancaria”, puntualizó Mora.
El cálculo de los tres pagos anticipados corresponde al 25% del promedio del impuesto sobre la renta de los últimos tres períodos fiscales (2021, 2022 y 2023) o del último impuesto declarado, el monto que sea mayor.