Para miles de costarricenses que viajan a Estados Unidos por negocios o turismo, obtener la visa es solo el primer paso. El verdadero cumplimiento de las normas migratorias se define durante la estadía, y un descuido común puede acarrear consecuencias severas, incluyendo la imposibilidad de volver a ingresar al país por una década.
Muchos viajeros creen erróneamente que la fecha de vencimiento de su visa determina el tiempo que pueden permanecer en el país. Sin embargo, el período de estadía legal lo define un oficial de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) al momento de la entrada, quien lo registra en el formulario I-94 (Registro de Entrada/Salida).
Exceder la fecha estipulada en ese formulario, incluso por un solo día, constituye una violación a la ley de migración estadounidense. En el contexto del endurecimiento de las políticas migratorias que impulsa la administración Trump, el escrutinio sobre estos casos se ha intensificado.
Esta violación conlleva una serie de consecuencias automáticas y progresivas, diseñadas para disuadir la permanencia irregular. El Departamento de Estado de EE.UU. señala cuatro sanciones principales para quienes se quedan más tiempo del autorizado.
La primera y más inmediata es que la visa se anula o cancela automáticamente. Aunque el sobrepaso sea de unos pocos días, se empieza a acumular “presencia ilegal”, lo que complica cualquier trámite migratorio futuro.
Las penalizaciones se endurecen con el tiempo. Si una persona excede la estadía por más de 180 días, se enfrenta a una prohibición de reingreso por tres años. Si la permanencia ilegal supera el año, el castigo puede ser una prohibición de hasta diez años.
Penas por desacato a una orden de deportación
Las consecuencias se agravan aún más para quienes ignoran una orden de expulsión. El Código de Estados Unidos establece en su sección 1253 que negarse a salir del país tras una orden de deportación puede implicar penas de prisión de hasta cuatro años.
Esta sanción puede aumentar hasta los 10 años de cárcel si la persona cuenta con condenas criminales previas por delitos graves, como narcotráfico, terrorismo o crímenes violentos.
¿Es posible solicitar una extensión?
Solo ciertos viajeros califican para solicitar una extensión de su estadía. Para hacerlo, deben haber sido admitidos legalmente, no haber cometido infracciones migratorias y no tener otros impedimentos que requieran su salida del país.
El trámite se puede realizar de manera virtual a través del sitio web de los Servicios de Ciudadanía e Inmigración (Uscis), completando el formulario I-539. Esta solicitud permite prorrogar la estadía bajo el mismo estatus (turista) o incluso cambiar a otro, como el de estudiante. Si la petición es rechazada, la persona debe abandonar el país de inmediato para no acumular presencia ilegal.
Estas regulaciones aplican directamente a los que viajan a Estados Unidos por primera vez o los recurrentes. Para el viajero de negocios que asiste a una feria, el profesional que va a una capacitación o el turista es fundamental verificar siempre la fecha de salida autorizada en su Formulario I-94 electrónico tras ingresar a EE.UU.
Un error en este punto puede no solo cancelar la visa actual, sino también comprometer futuras oportunidades laborales, académicas y comerciales en el principal socio de Costa Rica.