El 28 de febrero vence el plazo para que los contribuyentes presenten las declaraciones informativas D-151 (resumen anual de clientes, proveedores y gastos específicos) y D-152 (retenciones impuestos únicos y definitivos).
Etiquetas D-151
En la declaración informativa D-151 solo se deben reportar las transacciones respaldadas con comprobantes físicos o en papel.
A más tardar el 31 de marzo se deberá presentar la declaración informativa D-151 que esta vez tendrá la particularidad de comprender un periodo de 15 meses.