La declaración por el arrendamiento de bienes intangibles se debe presentar el 15 de cada mes por medio del formulario de ganancias de capital que está disponible en la plataforma Administración Tributaria Virtual (ATV) del Ministerio de Hacienda.
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La antigua Ley del Impuesto sobre la Renta (7092), que entró en vigor en mayo de 1988, permitía que las holdings hicieran pagos de dividendos a empresas o personas jurídicas domiciliadas en Costa Rica, sin aplicar retenciones por impuesto de renta.
La ley previó que con la transmisión del valor histórico, si la sociedad decide vender el bien más adelante, es a partir de ese valor que podrá calcular la ganancia de capital.