Un primer signo de posible sobreendeudamiento es cuando a una persona se le hace difícil disponer del dinero necesario para pagar las deudas en las condiciones pactadas y es ese momento cuando se convierten en un dolor de cabeza para las personas al momento de cada fecha de pago.
Esa definición de sobreendeudamiento fue confirmada por la dirección de cobranzas del Banco Nacional de Costa Rica.
En Costa Rica, siete de cada diez personas mayores de 18 años reportaron deudas, de acuerdo con la primera encuesta de Endeudamiento de los hogares costarricenses, realizada en noviembre de 2020 por la Oficina del Consumidor Financiero (OCF) y publicada en febrero de 2021.
Además, según esta encuesta que abarcó a un total de 1.200 personas entre los 18 y 65 años, con un error muestral de 2,8%, en promedio, las personas tenían para ese entonces entre dos y tres deudas, dentro de las cuales destacan los créditos personales o de consumo, préstamos con familiares o amigos y las deudas con empresas de electrodomésticos.
El estudio también indicó que seis de cada diez personas admitieron que sus ingresos apenas alcanzan para cubrir sus necesidades básicas, o del todo no les es suficiente.
Aunado a esto, alrededor del 20% de los consultados hace pagos por deudas que representan el 62,5% o más de sus ingresos, en algunos casos superando el 150%; y cerca del 18% de los encuestados enfrenta un nivel de compromiso del ingreso neto entre 37,6% y 62,5%. Por otro lado, aproximadamente el 52% de las personas que participaron en el estudio enfrentan compromisos del 30% o menos.
A continuación, EF explica cómo determinar si está sobreendeudado, qué puede hacer en caso de estarlo y cuáles podrían ser las consecuencias que debe afrontar en caso de no poder hacerle frente a las deudas.
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¿Está sobreendeudado?
De acuerdo con Alonso Erak, director de fiscalidad internacional y precios de transferencia de la firma Grant Thornton, la forma “más extrema” de darse cuenta que existe un problema de sobreendeudamiento es cuando el ingreso ordinario y recurrente ya no es suficiente para pagar las deudas en las condiciones pactadas.
Sin embargo, existen señales previas a este punto que deberían funcionar como alarma. “La señal principal debería ser el momento en que los gastos ordinarios para subsistencia comienzan a ser pagados a través de deuda y no de los ingresos ordinarios y recurrentes”, comentó Erak.
Por su parte, asesores financieros utilizan una fórmula matemática que establece cuál es el margen de endeudamiento de una persona para mantenerse dentro de los parámetros de “endeudamiento sano”.
Stephanie Portuguez, asesora legal de la Defensoría de Apoyo al Deudor (Defade), indicó que la fórmula es que a los ingresos mensuales se le restan los gastos fijos (impuestos, recibos de servicios públicos, alimentación, entre otros) y a este remanente se le saca el 40%; el resultado de esta operación es el monto máximo que se le recomienda endeudarse a una persona.
En términos matemáticos, la fórmula es: capacidad de endeudamiento = (ingresos mensuales – gastos fijos) x 0,40.
Pasemos de la teoría a la práctica. Una persona que gane ¢600.000 al mes y sus gastos fijos mensuales son equivalentes a ¢275.000, dispone de ¢325.000. Al calcular el 40% de esta última cifra, se determina que el monto máximo para endeudarse sería ¢130.000.
Según Portuguez, si la persona excede el 40% del resultado de la operación “ingresos mensuales menos gastos fijos”, se considera que está sobreendeudada.
Por otro lado, pese a que hay varias formas de calcular el nivel de endeudamiento, la Oficina del Consumidor Financiero recomienda medirlo por el compromiso del ingreso neto, “que es el porcentaje que representan las cuotas mensuales de todos los préstamos contra el ingreso neto, o sea, después de cargas sociales”.
El director general de la entidad, Danilo Montero, resumió que si ese porcentaje es inferior a 35%, se puede decir que el endeudamiento es “manejable”. Si se trata de una persona joven, o una pareja joven que acaban de comprar casa, ese porcentaje por un tiempo podría ser de 45% a 50%.
Empero, en general, por encima de 50% ya es un endeudamiento “un poco alto”; superior a 65% es “muy alto”; y mayor a 75% es “crónico”.
Sí, tengo sobreendeudamiento, ¿qué puedo o debo hacer?
Uno de los consejos principales es que desde el momento en que enfrente dificultades para pagar una o varias deudas, acuda a los acreedores, ya sea una entidad financiera o de otro tipo.
El director de fiscalidad internacional y precios de transferencia de Grant Thornton recordó que a los acreedores les interesa que “usted pague y a usted le interesa pagar”, por lo que acercarse a tiempo es clave.
El contactar al acreedor es ideal para exponerle la situación y valorar posibles opciones, entre las cuales, destaca la refundición de deudas (fusionar todos los préstamos en una sola cuenta), pues este mecanismo ofrece mejores tasas y plazos que permiten bajar la cuota mensual.
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“La opción de refundir deudas o reestructurar es una opción ideal para solicitar al o los acreedores (si son varios). Se puede plantear una mejora en plazo y tasa de interés, lo cual se refleja en una menor cuota de pago mensual y por ende el ingreso destinado para el pago sea suficiente para seguir atendiendo los pasivos”, explicó la dirección de cobranzas, de la dirección general de crédito del Banco Nacional.
Otra de las medidas que se pueden tomar en cuenta es la de negociar periodos de gracia, de manera tal que el acreedor pueda otorgar un plazo de impago, o al menos un pago fraccionado, de tal forma que lo no pagado se agregue al plazo final de la operación crediticia.
Por otro lado, si el sobreendeudamiento proviene de los temas cambiarios actuales, Erak recomienda analizar las opciones de cambio de moneda de la operación, “en la medida que genere realmente una mejora en la cuota a pagar”.
Un segundo consejo que también le puede ayudar es el de hacer una lista de priorización de las deudas. La asesora legal de la Defensoría de Apoyo al Deudor mencionó que un ejemplo de esto es que una deuda hipotecaria debe priorizarse ante una tarjeta de crédito (de consumo).
Por su parte, la tercera recomendación es buscar asesoría financiera con expertos en la materia.
Si (el porcentaje que representan las cuotas mensuales de todos los préstamos contra el ingreso neto) está alrededor de 50%, es posible tratar de comenzar a reducir deudas, mediante ajustes en el ritmo de gastos. Si ya es mayor que 65%, va a tener que negociar con uno o varios acreedores para ver si le pueden ajustar la tasa, el plazo, etc. De igual manera, se recomienda buscar ayuda con personas expertas en el manejo de las finanzas.
— Danilo Montero, director general de la OCF
¿Qué pasa si no puedo hacerle frente a esas deudas?
Los expertos consultados por EF coinciden en que si las deudas no se pagan, una de las principales consecuencias es el proceso de cobro judicial, el cual conlleva embargo de salario, cuentas bancarias (ahorros o corrientes) o bienes muebles e inmuebles que se encuentren a nombre del deudor.
El embargo de los bienes es una medida cautelar dictada por un juez a solicitud de un acreedor. Empero, en caso de que el deudor no pueda optar por un arreglo o pago, el juez dictará una sentencia que ejecutará los bienes del deudor, eso quiere decir que si hay cuentas con fondos, por ejemplo, se trasladarán los fondos a favor del acreedor, “por supuesto hasta el monto del adeudo”.
Así lo explicó la socia de impuestos y legal de la firma Grant Thornton, Silvia González, quien agregó que hay activos como propiedades o vehículos, pasarían a remate y los fondos al acreedor, siempre como límite el rubro adeudado y los recargos por intereses y costos del proceso.
Pese a que estas medidas “pueden ser extremas y complicadas”, la consecuencia más grave, según Erak, es que ante el impago de las deudas mancha su expediente crediticio, de forma que a futuro, inclusive cuando ya haya sido posible poner al día o liquidar sus deudas, existirán muchas complicaciones para poder volver a obtener un financiamiento en el mercado formal.
Además, esta afectación en el récord de pago es tanto a nivel del acreedor que brindó la deuda como en el puntaje en la Central de Información Crediticia (CIC) de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef); de acuerdo con la dirección de cobranzas, de la Dirección General de Crédito del Banco Nacional.
Finalmente, Montero recordó que “no hay recetas ni una guía única para todos”, pues cada caso es diferente.
Existen múltiples consecuencias dependiendo de la deuda. Lo primero que hay que indicar es que cualquier medida extrema por parte del acreedor será resultado de no acercarse a informar o negociar, y por lo tanto acumular varios meses sin hacer el pago correspondiente de forma silenciosa.
— Alonso Erak, director de fiscalidad internacional y precios de transferencia de la firma Grant Thornton
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