Los clientes de los bancos públicos de Costa Rica tendrán su dinero respaldado por un fondo de seguros de depósitos en el que también participarán los bancos privados. Este ajuste será posible por medio de la aprobación del proyecto de Ley de Creación del Fondo de Garantía de Depósitos y de Mecanismos de Resolución (21.717) que recibió el aval, en primer debate, de 40 diputados, la tarde de este lunes.
Sólo el legislador José María Villalta, del Frente Amplio, votó en contra del proyecto de ley.
La aprobación de este expediente, que será sometido a votación en segundo debate el próximo jueves 6 de febrero, es el último paso para que Costa Rica cumpla con la transformación o creación de 14 leyes que le permitirán continuar su ruta de ingreso a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).
Aunque inicialmente la discusión del proyecto de ley se trabó en el Congreso por la negativa del Gobierno de incluir a los bancos estatales (Banco Nacional, Banco de Costa Rica y Banco Popular) en el fondo, finalmente se logró un consenso sobre la necesidad de que integren y aporten recursos a este sistema de garantía.
Eso sí, la entrada de los bancos del Estado tendría consecuencias como cambios en cargas parafiscales y acceso a créditos subordinados que se tramitarán por medio de otras reformas legales en la Asamblea Legislativa.
Los fondos de garantía de depósitos son una práctica de los sistemas bancarios internacionales y por esa razón la OCDE le recomendó al país adoptar el cambio mediante una ley.
Este proyecto crea un Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) en el que participarán todos los intermediarios regulados por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), con excepción del Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi) y las mutuales.
El seguro cubrirá todos los depósitos o ahorros, a la vista o a plazo fijo, que mantengan las personas físicas o jurídicas en las entidades que contribuyen con el fondo de manera total o parcial.
El monto de la cobertura es de hasta ¢6 millones por persona en cada entidad, sin importar la moneda de los ahorros. Esta cobertura se podrá ajustar periódicamente para mantener el valor del dinero en el tiempo.
Se aplicará por persona, por banco y por ahorro. Esto quiere decir que si una persona tiene dos ahorros en una misma institución y la entidad presenta problemas, recibirá la garantía por cada una de las cuentas.
El fondo será administrado por el Banco Central de Costa Rica (BCCR) y por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif), encargados de definir los aspectos técnicos.
Los bancos y entidades reguladas tendrán que pagar un máximo anual de 0,15% de los depósitos garantizados. El monto de esa contribución se fijará en función del perfil de riesgo de cada entidad y los aportes se harán en efectivo durante los diez días posteriores al final de cada trimestre.
Las instituciones financieras utilizarán un 2% del total de los pasivos sujetos a encaje mínimo legal o a la reserva de liquidez. Ese dinero será considerado como una garantía para el fondo que permitirá cubrir el dinero faltante en caso de que sea necesario.