La Agencia de Protección de Datos de los Habitantes (Prodhab) le ordenó al Banco Central de Costa Rica suspender cualquier solicitud de información que incluya datos personales de los habitantes.
Así lo comunicó por medio de la resolución N.° 697-2023 del 28 de agosto. También le indicó a la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) que deberá abstenerse de remitir ese tipo información.
Estas direcciones las emitió como medidas cautelares hasta tanto no se haya valorado, analizado y resuelto la procedencia legal de dicha acción por parte de la Prodhab.
La agencia de protección de datos actuó a partir de la denuncia interpuesta por la Asociación para la Defensa de los Intereses y Derechos de Consumidores y Usuarios del Sector Financiero, Industrial, Energético, Inmobiliario y de la Administración en Costa Rica (Asodidcu), debido a la solicitud que le hizo el Central a la Sugef de datos de deudores con número de identificación.
LEA MÁS: Golpe a la credibilidad: conflicto entre Banco Central y Sugef lastima a ambas entidades
El ente emisor dice que necesita los datos para conocer el riesgo financiero de los créditos otorgados a personas que se localizan en zonas susceptibles a fenómenos asociados al cambio climático, el nivel de endeudamiento de los hogares en el país y el impacto de los cambios en la Tasa de Política Monetaria (TPM) sobre ellos, entre otras investigaciones más. Así como para cumplir con metas del Fondo Monetario Internacional (FMI).
En Sala Constitucional
Este miércoles 30 de agosto se dio a conocer que la Asociación Bancaria Costarricense (ABC) presentó una acción de inconstitucionalidad y un recurso de amparo contra el BCCR.
La ABC considera que dicha información es sensible y, por ende, violenta los derechos a la autodeterminación informativa, la intimidad, confidencialidad y reserva.
Ante una consulta realizada por la Sugef, la Procuraduría General de la República mencionó el pasado 3 de julio que dicha información no se categoriza como “sensible”, siempre y cuando fuera para fines estadísticos, como dice el Central que es su objetivo.
La oficina de comunicación de la Sala Constitucional le confirmó a El Financiero que también otro recurrente interpuso un recurso de amparo contra el Central.
En este recurso de amparo, bajo el expediente 23-020309-0007-CO, se encuentra admitido el tribunal constitucional y contierne como petición que la entrega de información crediticia puede acarrear peligrosas consecuencias para la seguridad personal. El reclamo se centra en que el BCCR habría violado el artículo 24 de la Constitución Política, artículo 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948; artículo 17 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos de 1966, por conexión, artículo 7 y 8 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea del año 2000.
Con respecto a lo anunciado por la Prodhab, el Banco Central comentó que el documento todavía está en proceso de revisión, así que todavía no van a emitir una valoración. También mencionó que no se van a referir sobre los recursos constitucionales “con el fin de respetar el proceso judicial en curso”.