¿Recuerda qué decía el contrato de trabajo que firmó en su primer día? Probablemente en algún punto del documento haya una capitulación en la que se advierte que, como empleado, no puede revelar información sensible de la compañía para la cual labora. A esto se le conoce como cláusula de confidencialidad y es una herramienta que tienen las empresas para proteger de terceros aquello que consideran sensible.
Un claro ejemplo es el caso de una persona que trabaja en una franquicia de comidas rápidas, aunque su contrato no lo diga explícitamente, está obligado a mantener en secreto las recetas, ingredientes, procesos de cocción y otros detalles de la operación del negocio.
Las compañías buscan proteger también desde listado de clientes, patentes, diseños y otros elementos que consideren como propiedad intelectual. Aquí la clave es que son las mismas empresas las que deben definir qué consideran como información sensible o confidencial, para qué la van a utilizar y cuáles son las razones por las que quieren salvaguardarla.
Otra manera de verlo es que si lo que maneja la empresa no se considera de dominio público, automáticamente se puede calificar como confidencial.
En el Código de Trabajo no se estipula directamente cuál es el compromiso de fidelidad que tiene el trabajador con la empresa, pero sí señalan algunos puntos clave. Específicamente se encuentran en los artículos 71 (inciso g) y 81 (inciso e).
Se detalla que es el obligación del trabajador “guardar rigurosamente los secretos técnicos, comerciales o de fabricación de los productos a cuya elaboración concurran directa o indirectamente, o de los cuales tengan conocimiento por razón del trabajo que ejecuten; así como de los asuntos administrativos reservados, cuya divulgación pueda causar perjuicios al patrono”. Por otro lado, el artículo 81 señala que revelar información confidencial de la compañía es causal de despido para el trabajador sin responsabilidad patronal.
Por lo tanto, al estar implícito en el Código, no es una obligación incluir las estipulaciones de reserva de información en los contratos de trabajo, ya sean verbales o escritas, pero se considera una buena práctica hacerlo. Puede ser que se agregue una cláusula en específico o bien se haga un contrato independiente, según Alejandro Trejos, abogado laboralista de la firma BDS.
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Tampoco se habla en el Código de Trabajo de que las personas deban recibir un bono o remuneración económica por no revelar secretos de la empresa, aunque esto no significa que no se pueda negociar.
¿Hasta cuándo tienen validez las cláusulas de confidencialidad?
Precisamente los contratos o cláusulas de confidencialidad son una de las herramientas que tienen las empresas para “cuidarse las espaldas”, especialmente cuando un trabajador ha salido de su nómina por cualquier motivo. Esto les permite estar preparados en caso de que algún exempleado quiera revelar su información sensible con los competidores.
“Si hace uno, cinco o diez años a mí me despidieron o salí de una organización donde trabajé y todavía la información que yo manejé se considera como confidencial, continúa mi obligación de mantenerla como tal, a pesar de que yo no esté recibiendo un pago por esa obligación”, agregó Trejos.
Pero estas limitaciones no solo aplican para los trabajadores. Desde el 2001 está en vigencia la Ley de Información No Divulgada (7975) la cual estipula que la obligación de la confidencialidad atañe a socios comerciales, contratistas, proveedores y cualquier otro tercero que tenga contacto con el negocio.
¿Hay excepciones?
Existen excepciones a la obligación de mantener confidencial la información recibida, como lo puede ser el requerimiento de una autoridad judicial o administrativa. Según el abogado Daniel Mazón, en procesos judiciales, el empleado podría estar obligado a presentar documentos o información confidencial cuando así lo solicite la autoridad judicial o un ente regulador, “siempre que la información revelada se limite estrictamente a lo solicitado y sea esencial para esclarecer la controversia”, aclaró.
Sobre este mismo punto, Luis Diego Villegas, profesor de Derecho de la Universidad Fidélitas, indicó que los Tribunales pueden establecer la privacidad de las audiencias en caso de que se aborden aspectos “clasificados”. “Si se va a hablar sobre un tema confidencial en una audiencia, el juez puede solicitar que esa parte sea privada”, comentó.
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Sanciones por incumplimiento
El trabajador también tiene el respaldo del derecho a su intimidad en el tiempo laboral, es decir, el patrono no debería acceder a correos personales, mensajes y conversaciones privadas para asegurarse que el trabajador no revele datos protegidos. Se debe partir del principio de buena fe entre las partes, pero sí puede pedirle por ejemplo que utilice equipo de trabajo brindado por la empresa o que se conecte a determinada red de Internet.
Ahora bien, el incumplimiento de este tipo de cláusula tiene dos caminos: el despido del trabajador, si el contrato se encuentra vigente o bien, si ya no hay contrato de por medio, la vía que le quedará a la empresa será la indemnización de daños y perjuicios. Para esto, se deberá demostrar con prueba fehaciente, que realmente hubo afectación.
Diferencias con cláusulas de no competencia
A nivel legal también existe la figura de las cláusulas de no competencia, que es distinta a la de confidencialidad y tiene objetivos diferentes. Aunque es común que se utilicen juntas, tienen aplicaciones legales diferentes.
Las estipulaciones de no competencia quieren evitar el uso de informaciones o conocimientos adquiridos en cierta empresa durante la relación laboral para beneficiar la competencia o que el exempleado se convierta en otro competidor.
Eso sí, en estos casos debe definirse claramente cuál será el plazo y la ubicación geográfica exacta en los que se aplicará la prohibición.
Característica | Tipo de cláusula: confidencialidad | Tipo de cláusula: no competencia |
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Objetivo | Proteger información | Evitar competencia desleal |
Alcance | Información específica que no sea de dominio público | Actividades laborales |
Duración | Puede ser indefinida o por un periodo determinado | Generalmente limitada en el tiempo y espacio |
Volviendo al ejemplo de un trabajador que forma parte de un restaurante de comidas rápidas, una cláusula de no competencia lo puede obligar a que si renuncia no pueda abrir su propio negocio, dedicado a la misma actividad de alimentos y bebidas, en un periodo determinado y a una distancia establecida del local donde laboraba.
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En términos generales, aunque estos términos legales puedan sonar intimidantes para los trabajadores, lo cierto es que son herramientas que protegen los intereses tanto de las empresas como de los trabajadores. La principal recomendación de los expertos alrededor de este tema es siempre leer detenidamente las cláusulas de los contratos previo a la firma para aclarar cualquier duda.