Si usted está pensando en vender su auto usado o busca adquirir uno con esta condición, debe tomar en cuenta que durante la compra o venta, el trámite del traspaso de propietarios es fundamental. Cumplir con este proceso le dará seguridad al comprador y vendedor de que el negocio está en regla y se evitarán complicaciones a futuro.
El traspaso es la confirmación de la compraventa entre las dos partes, ante un notario público que posteriormente se confirma en el Registro Nacional, una vez que se ha cerrado el negocio. Es decir, hay un cambio de dueño y eso debe quedar claro por la vía legal.
Esta diligencia sirve para formalizar el cambio de propietario de un automóvil, motocicleta, embarcación, y en general cualquier bien mueble, pero en este artículo nos enfocaremos en los vehículos.
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El Financiero, con la ayuda de expertos legales, le explica a detalle el proceso para cumplir a cabalidad con los traspasos.
Lo primero que se debe hacer es revisar la condición del vehículo, tanto de su estado físico como de la parte legal del automotor. Con el número de placa, se puede revisar todas las características y si tiene algún gravamen o inconveniente para hacer el negocio.
Una vez hecha la revisión, ambas partes deben presentarse ante un notario para empezar el trámite. El dueño debe aportar el título de propiedad del carro, marchamo al día y revisión técnica, mientras que el comprador necesita contar con cédula vigente, licencia de conducir y de preferencia una declaración jurada del origen de los fondos con los que piensa comprar el bien cuando el precio supere los $10.000 o su equivalente en colones.
De acuerdo con un artículo publicado en el sitio web de la firma BG&A abogados, es obligatorio cumplir con el traspaso en un plazo no mayor a los 30 días posteriores a la compraventa. Si no se hace, ambas partes se pueden ver perjudicadas.
“El comprador podría asumir el riesgo de no realizar inmediatamente el traspaso entre notario público, pero es muy riesgoso para ambas partes. Si el vehículo se mantiene a nombre del vendedor y sucede un accidente, podría tener responsabilidad solidaria con los daños causados”, mencionan los especialistas.
¿Cuánto cuesta un traspaso?
Lo primero que se debe tomar en cuenta para definir el precio es el impuesto del traspaso, que es de un 2,5%. Para calcular cuánto corresponde ese monto se consideran dos valores: el valor fiscal del carro —que lo determina Hacienda— y el precio al que el propietario vende; el impuesto se paga sobre el monto más alto.
REQUISITOS PARA EL TRASPASO DE VEHICULOS EXONERADOSREQUISITOS PARA EL TRASPASO DE VEHICULOS EXONERADOS
Publicado por Registro Nacional de Costa Rica en Jueves, 16 de septiembre de 2021
Por ejemplo, si una persona compra un vehículo por ȼ3.500.000, pero el valor fiscal es de ȼ4.000.000, es sobre este último monto que se calcula el impuesto por la transferencia, que tiene una tarifa de 2,5%. El cálculo indica que el monto a cancelar es de ȼ100.000.
El impuesto debe pagarse en los 15 días hábiles siguientes a la fecha del otorgamiento de la escritura de traspaso, una vez que pase este límite, empiezan a correr intereses.
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El segundo factor a tomar en cuenta son los honorarios del notario que realiza la escritura. Según el arancel del Colegio de Abogados, se debe cobrar entre 1% y 2% dependiendo del valor fiscal del automóvil en este caso, más un 13% del IVA por la transacción del carro.
También el artículo 74 del arancel señala que los notarios no pueden cobrar menos de ȼ60.500 por cualquier trámite que realicen.
Volviendo al caso anterior, si el carro vale ȼ4.000.000, los honorarios corresponden al 2%, es decir, ȼ80.000. A esto se le debe sumar el porcentaje del IVA (13%), que sería de ȼ10.400, para un total de ȼ90.400.
En cuánto a quién debe pagar las costas de este procedimiento, no hay una regla que lo establezca explícitamente, aunque la costumbre dicta que sea el comprador el que se encargue de pagarlo. Tampoco es extraño que lo paguen ambas partes de común acuerdo.
Por un último debe agregarse los costos por concepto de timbres, que corresponde al 1% del monto más alto entre el valor fiscal y comercial. “Los timbres fiscales contemplan el del Colegio de Abogados, parques nacionales, Registro Nacional, timbre fiscal, Archivo Nacional, Cruz Roja y timbre agrario”, indicó Vanessa Vega, socia de Grupo Camacho Internacional. También se requiere cancelar un timbre municipal.
Para más exactitud, este cálculo se realiza en el sitio web del Banco de Costa Rica, ya que es el socio recaudador del Registro Nacional.
Una vez que se cumplen todos estos trámites, si la escritura está en orden, el proceso para emitir el nuevo título de propiedad debería tardar menos de diez días hábiles.
“En la práctica común, a lo sumo en cinco días hábiles ya el proceso está listo, en caso de que no, el registrador va a enviar cuál es el defecto concreto para que el notario lo pueda corregir”, agregó Vega.
¿El traspaso solo lo puede hacer el propietario del vehículo?
Si por algún motivo, el propietario del vehículo no puede hacer personalmente el proceso, es posible que un tercero autorizado se encargue de completar el trámite. Para que esa otra persona tenga la potestad de comprar o vender a nombre de alguien más, se necesita un poder legal especial que lo avale.
También en caso de que el vehículo esté a nombre de una sociedad anónima o de responsabilidad limitada el proceso cambia un poco.
“Quién debe firmar es el apoderado de esa persona jurídica o un apoderado adicional (que debe ser autorizado con un poder especial y cumplir con todos los requisitos que dicta la ley). Cuando la sociedad es que vende, debe haber un acuerdo de Junta Directiva cuando el valor del vehículo supere el 10% del valor de las acciones, que debe incluirse en la escritura y estar autorizada por el notario para que se autorice la venta”, explicó Ricardo Nassar, director de Derecho Notarial y Constitucional de Baker Tilly Costa Rica.
Nassar también aclaró qué ocurre cuando el traspaso se realiza entre familia: en este supuesto, debe cumplirse exactamente el mismo camino que si fuera entre dos particulares. Distinto sería si hubiese una donación del bien, pues en ese caso, según el Código Civil (artículo 1397) debe hacerse mediante escritura pública.
También es posible traspasar un vehículo que tenga alguna prenda o gravamen, pero el nuevo dueño es el que debe asumirla, es decir, aceptar el automotor en las condiciones en las que se encuentra.