Sin duda alguna, la economía nacional atraviesa momentos complejos. Es aquí cuando debemos prestar especial atención a todos aquellos aspectos que pueden ayudar a mantener estable nuestro flujo de efectivo y con esto el sostenimiento mismo de la operación de la Compañía.
A nivel tributario, existen distintas opciones que podemos optar, a efectos de salvaguardar las finanzas. A continuación, cuatro consejos muy puntuales:
Obtenga un estado de cuenta tributario: esta es una práctica muy sana que nos permite tener un control estricto de nuestras obligaciones tributarias. Recuerdo el caso de una empresa, que tenía una gran cantidad de millones de saldo a favor y no lo sabían por no revisar el estado de cuenta. Algunos de los montos ya se habían perdido por prescripción. Asimismo, revisar periódicamente el estado de cuenta me permite estar atento en caso que aparezca alguna deuda inexistente o sanción improcedente. Esto es fundamental.
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Solicitud de eliminación de pagos parciales: el impuesto de renta trae consigo la obligación de pagar los adelantos que, en muchos casos, afectan de manera importante el flujo de efectivo de la Compañía. Si bien es cierto la Ley de Alivio Fiscal contempló este tema, no se abarcó la totalidad de los pagos parciales. Por ende, mediante una solicitud formal, podemos pedir que se elimine o disminuya el monto a pagar en virtud de la baja los ingresos derivada de la pandemia.
Eliminación de retenciones por pagos de tarjeta: mediante una solicitud ante la Administración Tributaria, podemos lograr eliminar o disminuir el porcentaje de la retención, en el caso del impuesto al valor agregado. Esto sin duda nos permitiría tener un mayor flujo de caja.
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Revisemos los pagos municipales: recientemente se aprobó una ley que otorga beneficios a las empresas para evitar momentáneamente el pago de tasas como recolección de basura o suministro de agua, en caso de afectación por la pandemia. Asimismo, se consideró la posibilidad de posponer el pago de la patente municipal. En cada cantón, el Concejo Municipal adoptó las medidas de manera distinta, por lo que podemos solicitar información en la Municipalidad a efectos de valorar si podemos beneficiarnos de esta normativa.
Por último, no olvidemos que, si optamos por la moratoria en el pago del IVA con base en la Ley de Alivio Fiscal, para contar con un arreglo de pago debemos gestionarlo en el mes de octubre, como fecha límite.