En Costa Rica un paquete funerario básico puede costar ¢600.000 y un nicho en un cementerio privado también tiene costos que comienzan alrededor de ¢600.000. De entrada, cubrir los costos de un fallecimiento imprevisto costará al menos ¢1,2 millones, un monto que se puede convertir en un desafío financiero en medio de la crisis económica actual.
El sector funerario confía en que la coyuntura de paso a un crecimiento entre los usuarios que contratan planes de financiamiento, prepago o seguro para gastos funerarios.
El financiamiento está disponible con las funerarias o con entidades financieras tradicionales. Por ejemplo, el Banco Nacional tiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2021 inclusive, un Plan 0% para clientes que adquieran un espacio en Alta Loma Bosque Cementerio.
El precio de lista de los lotes incluidos en la promoción es de $2.500, sobre los cuales aplican un 30% de descuento.
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Las funerarias también publican sus acuerdos y planes con bancos, aunque priorizan los productos propios. Funerales Vida, por ejemplo, ofrece “planes de protección funerarios” que cubren al titular y siete personas adicionales. Cuentan con protección inmediata por muerte accidental y cobertura a partir de los 91 días por cualquier otro tipo de fallecimiento. Las cuotas mensuales van de los ¢5.000 colones en adelante.
En Jardines del Recuerdo mezclan servicios de financiamiento propio, facilidades de pago y programas de asistencia, cobertura funeraria más cremación, tanto familiares como empresariales, bajo el nombre de Previplan. En estos programas también se cubre a siete personas más y los precios de cobertura van desde ¢5.000 el familiar y ¢1.000 el empresarial.
En Funeraria del Magisterio los denominan Planes de Apoyo Funerario y se ofrecen en montos de ¢785.000 y ¢ 1.100.000, en cuotas mensuales a un plazo máximo de 5 años. Cada uno incluye servicios predefinidos.
Esta organización, al ser una corporación de servicios múltiples, también está autorizada para ofrecer una Póliza Autoexpedible de Gastos Funerarios, con el respaldo de la Sociedad de Seguros de Vida del Magisterio Nacional. Las coberturas van desde los ¢750.000 hasta los ¢2,5 millones, y primas anuales a partir de ¢2.499.
La prima es definida por el rango de edad de la persona a asegurar y la cobertura deseada.
Seguros
Los seguros específicos para gastos funerarios, en especial si son autoexpedibles, suelen tener esta particularidad de definir los costos por rango de edad, al igual que los seguros de vida. Sin embargo, el proceso de envejecimiento que experimenta la población de Costa Rica podría influenciar estos rangos a mediano plazo.
Said Breedy, abogado experto en derecho de seguros, explicó que el mercado local incluye productos que dividen por edad y generan grupos etarios a los que se les aplican primas diferenciadas.
“Esto se observa usualmente en los autoexpedibles porque no existe un análisis previo del riesgo, es decir, la entidad aseguradora hace una propuesta para que sea aceptada por alguien que cumpla el perfil en ese seguro. En otros casos no aparecen dichos grupos, por lo que se infiere que las primas se calculan en forma nivelada para que sea la misma hasta determinado límite de edad a partir del cual se aplicaría una tarifa diferenciada; o bien, seguros en los que sí hay análisis del riesgo por lo que se evalúa individualmente a la persona y se determina una tarifa según su edad y condición de salud”, explicó Breedy.
La Superintendencia General de Seguros de Costa Rica (Sugese) registraba al momento de esta publicación 16 pólizas vigentes que en su título incluyen la palabra “funerario” o “funeraria” y otras 10 con la palabra “muerte”. Sin embargo, esta última incluye pagos e indemnizaciones, no necesariamente gastos funerarios. (Vea: Atención a los detalles)
Las pólizas corresponden a cinco aseguradoras: Aseguradora del Itsmo (Adisa), Assa Compañía de Seguros, Best Meridian Insurance Company (BMI), Instituto Nacional de Seguros (INS) y Seguros del Magisterio.
EF consultó los documentos disponibles de condiciones generales de estos seguros y la práctica de diferenciar las primas a partir de los 65 años es común, aunque la esperanza de vida del país ya supera los 80 años.
Para Breedy, este cambio en la longevidad costarricense podría modificar las políticas de las compañías. Incluso, el especialista aseguró que en la regulación existen parámetros de solvencia para las compañías de seguros en función a tablas de mortalidad que propone la Sugese.
“En los riesgos de fallecimiento, accidentes o enfermedad, el riesgo naturalmente se agrava conforme se acerca el ciclo de vida a su final, por tal motivo, si la esperanza de vida se amplía, el riesgo se diluye en el tiempo y por lo tanto, no es lo mismo calcular el precio de un seguro contrato a los 18 años cuando en determinada década la esperanza de vida era a los 60 años (se cobran menos primas en el tiempo) que si este mismo ejercicio se hace cuando la persona tiene una esperanza de vida a los 90 años (se cobran más primas en el tiempo y por lo tanto hay más posibilidad de diluirla). Claro está que en la generalidad de la estadística existen casos que se salen”, puntualizó Breedy.
La modificación del sector, sin embargo, podría verse afectada por los efectos de la pandemia. Gilbert Brenes director del Centro Centroamericano de Población (CCP) de la Universidad de Costa Rica (UCR) advirtió que análisis preliminares del 2020 con datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) sugieren que en el 2020 la esperanza de vida se redujo en aproximadamente un tercio de año (pasó de 80,8 en 2019 a 80,5 en 2020) debido a la COVID-19.
“Aún cuando este comportamiento va contrario a la tendencia, supone que la esperanza de vida en Costa Rica decreció menos que en otros países (como Estados Unidos). Dado el incremento en la mortalidad durante el 2021, se podría esperar que la esperanza de vida siga por debajo de los niveles del 2018/2019”, comentó Brenes.
Atención a los detalles |
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Al elegir un plan de financiamiento, prepago o seguro para gastos funerarios, fíjese en las siguientes características: -Alcance, tiempos mínimos para la cobertura y requisitos sobre enfermedades o condiciones previas. -Si se trata de una póliza de seguro por gastos funerarios, debe estar inscrita ante la Sugese. -Forma de uso (directa o reembolso), deducibles, exclusiones y disputabilidades. -Que tenga cobertura por COVID-19. |
Fuente: Empresas consultadas |