Comprar un perro o un gato de raza en Costa Rica es tan sencillo como dar un par de “clics” o inclusive enviar un mensaje por WhatsApp. Esta es una de las principales críticas que hacen las asociaciones defensoras de animales, no existe trazabilidad ni mayor investigación acerca de cómo se reproducen y las condiciones en las que viven estos animales.
Los precios de las razas más conocidas de perros y gatos son variados y van desde los ₡100.000 hasta los ₡500.000.
Los criaderos abundan en redes sociales e Internet, pero en este mercado a pesar de contar con ciertas regulaciones, todavía queda mucha por hacer en cuanto al respeto de la vida y el bienestar de los animales.
El estado de Nueva York en Estados Unidos, emitió una resolución en donde se le prohíbe a las tiendas de mascotas vender perros, gatos y conejos, con el objetivo de detener el negocio considerado como “fábrica de cachorros”.
La defensa de esta nueva disposición se basa en que los criaderos no están debidamente regulados en el estado y esto causa que exista maltrato animal.
Según las autoridades de Nueva York se detectaron establecimientos en donde no existen las condiciones adecuadas para los animales y son obligados a vivir enjaulados, obligándolos a reproducirse con el fin de lucrar con ellos.
La prohibición, entrará en vigencia en diciembre de 2024, preocupa a quienes tienen tiendas de mascotas porque se cuestionan si esta ley eventualmente podría fomentar el mercado clandestino de animales domésticos.
En Costa Rica, el Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) especifica que los criaderos deben contar con un Certificado Veterinario de Operación y cumplir con la Ley de Bienestar Animal.
Sin embargo, existen vacíos que le dan pie a la venta informal de cachorros y que se evidencia con tan solo unas búsquedas en Internet.
En EF hicimos un recorrido para saber en cuánto se venden las mascotas en Costa Rica. Para este ejercicio se ingresó en la página web de Mercado Libre y se buscaron las razas específicas de perros y gatos.
Además se consultó en grupos de Facebook donde también se promocionan las mascotas y el rango de precios coinciden con los de ese sitio.
A continuación le presentamos los costos:
Si usted se pregunta cuál es la forma más responsable de adquirir una mascota, el Colegio de Médicos Veterinarios de Costa Rica, indicó que la opción ideal es la adopción, pero si una persona decide optar por la compra, es importante consultar que los establecimientos cuenten con los respectivos permisos del Senasa, institución que se encarga de emitir el Certificado Veterinario de Operación para la cría de mascotas.
Además deben asegurarse de que cuenten con la asesoría por un médico veterinario debidamente colegiado que puede ser verificado en el sitio web www.colegioveterinarios.or.cr.
Desde la Asociación Nacional Protectora de Animales (ANPA) recomiendan la adopción responsable de las mascotas, debido a que existe una sobrepoblación de animales y también le da pie a que más personas lucren con la reproducción indebida de perros y gatos.
Esto dice la Ley de Bienestar Animal
La Ley de Bienestar Animal 7451 incentivó los “primeros pasos” hacia la concientización y educación de la sociedad con respecto al cuido y respeto por la vida animal.
Artículo 14 : Responsables. Los propietarios o poseedores de animales serán los responsables de velar porque se beneficien con la aplicación de las condiciones básicas dictadas en esta Ley.
Artículo 15 : Prohibiciones. Se prohíbe la cría, la hibridación y el adiestramiento de animales con el propósito de aumentar su peligrosidad. Asimismo, se prohíbe que los responsables de animales de cualquier especie promuevan peleas entre ellos.
Esto dice la Ley 9458 Contra el Maltrato Animal
La reforma a la Ley 7451 de Bienestar de los Animales se aprobó en segundo debate el 1 de junio de 2017, y fue discutida bajo el proyecto legislativo N° 18.625, presentado a la corriente legislativa por iniciativa popular.
Algunos de sus contenidos y mandatos son:
Artículo 7. En resumen se establecen las responsabilidades de los dueños, quienes deben garantizarles a las mascotas condiciones de vida básicas, evitar riesgos y daños a su integridad, mantener sus hábitats en condiciones apropiadas de higiene y recoger y disponer apropiadamente los desechos fecales que los animales dejan en lugares públicos.
Artículo 279 bis. Crueldad contra los animales. Será sancionado con prisión de tres meses a un año, quien directamente o por interpósita persona:
a) Cause un daño a un animal doméstico o domesticado, que le ocasione un debilitamiento persistente en su salud o implique la pérdida de un sentido, un órgano, un miembro, o lo imposibilite para usar un órgano o un miembro, o le cause sufrimiento o dolor intenso, o agonía prolongada.
Artículo 405 bis. Maltrato de animales.
Será sancionado con veinte a cincuenta días multa quien:
a) Realice actos de maltrato animal. Por maltrato animal se entenderá toda conducta que cause lesiones injustificadas a un animal doméstico o domesticado.
b) Abandone animales domésticos a sus propios medios.