Una iniciativa del Ministerio de Salud que busca incluir en la etiqueta de los productos cosméticos el número de registro sanitario ocasionó el descontento del sector comercial e importador de estos artículos.
Desde el 2017, los países de Centroamérica trabajan en la unificación de regulaciones para los reglamentos técnicos de registro y de etiquetado de productos cosméticos en todos los países de la región.
Sin embargo, en el caso de Costa Rica, Salud pide a las empresas colocar el número de registro exclusivamente para el mercado nacional.
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Diana Víquez, de la Unidad de Normalización y Control del Ministerio de Salud indicó que actualmente se encuentran realizando una revisión de los reglamentos. Específicamente revisan la normativa de etiquetado, y proponen que la etiqueta declare el número de registro sanitario como dato obligatorio.
“Ya sea en la etiqueta que viene desde el fabricante o en una etiqueta complementaria, y con un posible transitorio. Tal y como está establecido ya para las demás categorías de productos que requieren un registro sanitario”, explicó Víquez.
Este número de registro le permitiría a los consumidores y a las autoridades sanitarias, policiales y aduaneras verificar ese dato en la plataforma “Regístrelo” del Ministerio, como garantía de que el producto cosmético ha sido autorizado —y que cumple los requisitos técnico y legal de calidad y seguridad— para ser importado y comercializado en el país.
Los reglamentos de registro y de etiquetado tienen más de una década de estar vigentes, así como otros de cosméticos (Buenas Prácticas de Manufactura, verificación de calidad y reconocimiento), los cuales fueron publicados mediante el decreto ejecutivo 35031-COMEX-S-MEIC, señaló la oficina de comunicación del Ministerio de Salud.
El Reglamento Técnico Centroamericano (RTCA) de Etiquetado de Productos Cosméticos pide actualmente los siguientes requisitos:
Forma cosmética, factor de protección solar, cantidad neta declarada, nombre del titular y país de origen, declaración de la lista de ingredientes, declaración del lote, información de seguridad y otra información adicional. La propuesta es agregar como requisito el número de registro sanitario.
“Este reglamento establece los requisitos de información que debe contener la etiqueta de productos cosméticos, de cualquier capacidad, para evitar que su uso represente un riesgo a la salud”, señala el objetivo de la normativa centroamericana.
Es decir, es la reglamentación que los países centroamericanos acordaron aplicar de manera estandarizada para productos de cualquier origen.
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Sin embargo, la Cámara Centroamericana y del Caribe de Cosméticos y Productos de Aseo (Cacecos) y la Cámara de Comercio de Costa Rica (CCCR), manifestaron su disconformidad ante esta medida que representaría para el sector un incremento en los costos operativos de las empresas y el encarecimiento de estos artículos a nivel local.
“Este requisito aplicaría para productos ya registrados y para productos nuevos igualmente, por lo que representa meses de pérdida de ventas antes de poder llevar el producto al mercado”, aseguró Melissa Pérez, presidenta de Cacecos.
Según datos de Cacecos, el costo por unidad en temas de etiquetado oscila entre los $0,15 y $0,20. La estimación representaría en un lote de cinco millones de unidades, un costo superior a $1 millón.
El precio no contempla, tiempos ni costos por almacenaje, ni mano de obra para el reetiquetado.
Asimismo para, Víctor Ruiz, vicepresidente de la CCCR, eliminar requisitos es una manera de incentivar la industria, sin restarle control a las autoridades.
“Las prácticas de estándares internacionales no exigen etiquetas con números de registros, por tratarse de una categoría de productos seguros para los consumidores, además hacerlo no garantiza el cumplimiento del marco regulatorio del país de comercialización”, dijo Ruiz.
Eventuales consecuencias
Ambas Cámaras aseguran que el plan de Salud de pedir requisitos adicionales a la comercialización de productos cosméticos restaría competitividad al país y a la región, ya que “las empresas fabricantes tardarían hasta más de un año en completar los cambios que propone la autoridad costarricense”, señaló Pérez.
Además, las firmas comercializadoras ven poco factible la posibilidad de asumir el costo que representa este único requisito. En consecuencia, trasladarían el valor de la nueva etiqueta y de la mano de obra al consumidor.
Por otra parte, las compañías transnacionales podrían tomar la decisión de no vender más sus productos en el país —debido al alto costo operativo—, por lo que los consumidores se podrían ver “privados” de tener la opción de adquirir productos existentes e innovadores en el mercado, según los argumentos expuestos por los gremios.
El vicepresidente de la Cámara de Comercio, dijo que el comercio ilícito es otra desventaja que puede incrementar, debido a la implementación de este requisito.
“Para quienes son partícipes del comercio ilícito es muy sencillo falsificar los números de registro e incluirlos en una etiqueta”, afirmó Ruiz.
Según datos de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA), la región representa un mercado de aproximadamente 48 millones de habitantes.
Asimismo, las importaciones intrarregionales alcanzaron los $473,3 millones a diciembre del 2019, lo que representa un 23,36% de las importaciones totales de la región.
Las Cámaras piden que las autoridades reconsideren el requisito, y para encontrar en conjunto otras soluciones que beneficien al consumidor y a la industria en estos momentos de crisis y reactivación económica.