Luego de que el mundo luchara durante meses por encontrar una vacuna contra la COVID-19, una de las discusiones que se asoma es si un patrono puede obligar a sus empleados a vacunarse contra el virus SARS-COV-2. De momento la respuesta es no, mientras el Ministerio de Salud no emita un lineamiento de carácter obligatorio.
La posición que hasta el momento mantiene la cartera es que no obligará a la población a aplicarse el fármaco, apegado a la recomendación que brindó la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Sin embargo, a nivel internacional la discusión ha escalado más, pues en la Unión Europea ya se cuestiona si un reclutador podría solicitar la vacuna o el carné de vacunación como un requisito para aspirar a un puesto de trabajo.
Este podría ser un requisito para aspirar a un puesto de trabajo en el mediano plazo o en un contexto postpandemia.
Hay que aclarar que en el 2021 la campaña de vacunación será paulatina pero este panorama se podría convertir en realidad, cuando las vacunas sean comercializadas en Costa Rica.
El contexto
Un patrono no puede obligar a sus trabajadores a vacunarse contra la COVID-19, mientras el Ministerio de Salud no publique un lineamiento donde indique que la vacuna es de carácter obligatorio; coinciden Paola Gutiérrez, especialista en derecho laboral de la firma Caoba Legal, y Marco Durante, socio director de BDS asesores.
“Me parece que en términos generales el patrono dentro de su poder de dirección no podría ordenarle a los trabajadores a que se vacunen porque sería una intromisión en la esfera personal del trabajador”, aseguró Durante.
El criterio de los especialistas está amparado por el artículo 150 de la Ley General de Salud (N° 5.395), norma que indica que “son obligatorias la vacunación y revacunación contra las enfermedades transmisibles que el Ministerio determine”.
Bajo este criterio un trabajador de la salud podría desistir de aplicarse la vacuna. La Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) ya abordó el tema, y aplicó una encuesta donde consultó al 11% del personal de salud si estaría dispuesto a inocularse.
El 83% manifestó que sí lo haría y el 17% manifestó que desea recibir información adicional antes de emitir una opinión, confirmó Román Macaya, presidente ejecutivo de la Caja durante una sesión informativa virtual el pasado miércoles 16 de diciembre.
Precisamente los trabajadores de la salud están dentro de los grupos prioritarios a vacunar, tanto los de la Caja como los de centros privados.
Exigir la vacuna sí debería ser una potestad de los patronos y de los comités de salud ocupacional (que se encuentran en los centros de trabajo) para prevenir la propagación de enfermedades transmisibles entre los trabajadores, considera Daniel Valverde, especialista en Derecho Laboral de la firma Ecija.
En este caso el Código de Trabajo hace referencia a las potestades que tiene el comité de salud ocupacional en los artículos 214 y 284.
La posición que mantiene el Ministerio de Salud no está escrita en piedra y podría cambiar. Meses atrás el titular de la cartera, Daniel Salas, afirmaba que el uso de la mascarilla no era obligatorio, pues daba una sensación de falsa seguridad pero meses más tarde cambió su posición cuando vio subir la tasa de contagios por la COVID-19.
En la actualidad portar mascarillas es de carácter obligatorio. En caso de que el Ministerio de Salud llegara a cambiar de opinión los patronos sí podrían exigir el uso de la vacuna.
Ahora bien, el criterio actual de la cartera podría poner entre la espada y la pared a ciertos patronos, porque el empleador tiene la obligación de mantener la salud y la seguridad de la colectividad. Esto significa que no solo debe asegurar un ambiente seguro para sus trabajadores sino para quienes visiten este centro de trabajo, indicó Durante.
La vacunación obligatoria es un tema que se ha sido sometido a conocimiento y estudio de la Sala Constitucional, institución que ha señalado que es jurídicamente válida la obligatoriedad de las vacunas para prevenir enfermedades, explicó la abogada laboral de Caoba Legal.
Una de las más recientes es la sentencia 14.677, sentencia que se emitió en 2019. En ese año una menor de edad acudió a la Sala Constitucional contra la aplicación de la vacuna contra el Virus del Papiloma Humano.
El recurso se declaró sin lugar, pues a la luz del interés superior de la menor se justificaba la obligatoriedad de las vacunas, incluidas las que están en el esquema público básico nacional. Concluyó la sentencia redactada por el magistrado Paul Rueda Leal.
¿Nuevo requisito para aspirar a un trabajo?
Una vez que los fármacos estén disponibles para toda la población, demostrar que se cuenta con la vacuna contra la COVID-19 podría convertirse en un requisito para acceder a un puesto de trabajo.
“En esta primera etapa hay que esperar y ser pacientes y no se debería exigir el certificado (carné de vacunación). Pero luego si uno puede ir a cualquier farmacia a vacunarse y en el puesto de trabajo que voy a desempeñar se considera que es un puesto de riesgo sí se podría exigir, como se exigen ciertos años de experiencia, licenciatura y que esté vacunado contra la COVID-19 porque atiende al público en general”, explicó el especialista en derecho laboral de la firma Ecija.
Así como se solicita la hoja de delincuencia también podría solicitarse el carné de vacunación en el mediano plazo o en un contexto postpandemia, considera Gutiérrez.
“Creo que es válido que se pueda solicitar el carné de vacunas pero esto será objeto de debate, en el tanto no sea una vacuna obligatoria”, agregó.
Si se alega un trato discriminatorio al no contar con ese requisito, la respuesta podría estar en manos de la Sala II (máxima instancia en materia laboral) y el potencial patrono debería de presentar sus criterios objetivos bien fundamentados.
Por su parte, el Comité Económico y Social Europeo (CESE), recientemente manifestó que es posible que los empleadores eviten contratar a un trabajador que desee no vacunarse contra la COVID-19, según consta en un comunicado de prensa de la firma.
La presidenta del Comité Económico y Social Europeo (CESE), Chista Schweng, afirma que es “evidentemente posible” que las empresas eviten establecer relaciones laborales con personas que eviten aplicarse la vacuna.
Costa Rica iniciará su campaña de vacunación en el primer trimestre de 2021 y ya inició la compra de los 14 contenedores que son necesarios para almacenar las vacunas desarrolladas por Pfizer BioNTech y que se deben de mantener a una temperatura ultra baja de -70 grados Celsius.
El país cuenta con tres acuerdos (con Pfizer BioNTech, AstraZeneca y el Covax) para accesar a seis millones de dosis y así vacunar a poco más de tres millones de personas mayores de 18 años.