Nuestro país fue pionero en 1973 al establecer el Seguro Obligatorio de Automóviles (SOA). El legislador, consciente del costo social que generan los accidentes de tránsito, estableció que para activar el seguro no es necesario establecer la culpabilidad del conductor, la identificación del vehículo involucrado, ni si este se encuentra asegurado, con el fin de que la víctima sea atendida de inmediato.
Sin embargo, una desventaja del diseño actual es que el SOA no genera ningún incentivo que permita incidir en la reducción de los accidentes de tránsito e incentivar la conducción segura.
El costo de la atención médica por más de 35.000 accidentes viales asciende anualmente a más de ¢50.000 millones (datos cerrados del 2016). De dicho monto, según lo define la ley, al agotarse la cobertura correspondió a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) asumir cerca del 20% (unos ¢10.000 millones).
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El número de accidentes, su costo y la gravedad de las lesiones han aumentado y el panorama se podría agravar con la masificación de otros medios de transporte como las bicicletas o los patines y las normas para su uso en vías públicas.
Esto ha generado mucha discusión en los últimos años, en particular, porque la ley exige el cobro de primas de seguro que sean suficientes para cubrir las prestaciones prometidas. Lo anterior se deriva de un principio básico de sostenibilidad del seguro en el tiempo. El costo de la atención médica se cubre con las primas que pagan los asegurados y el aporte de la CCSS. Por otro lado, no ha estado ausente en la discusión la diferenciación de riesgos por clase vehicular o la ausencia de premios o castigos según la experiencia del conductor.
Experiencia española
En esta discusión es útil considerar algunas lecciones aprendidas en el diseño del seguro obligatorio en España, país que ha logrado reducir la frecuencia y gravedad de los accidentes en los últimos 15 años. Algunos elementos a destacar se resumen a continuación:
—El seguro obligatorio tiene la doble finalidad de proteger a la víctima del accidente y evitar la ruina del conductor por la responsabilidad de cualquier índole. Por tanto, la cobertura que entrega en monto y responsabilidad va más allá de los gastos médicos de lesionados. Nuestro SOA considera una cobertura limitada a lesiones corporales, incapacidad y muerte, mientras que la responsabilidad civil por lesiones y daños materiales se debe reclamar en los juzgados. El alcance aún es muy limitado.
—Fondo de Garantía para supuestos en que no pueda fungir el mecanismo del seguro, tales como no aseguramiento, insolvencia de la entidad aseguradora, vehículo robado o no identificado. En Costa Rica el SOA considera este supuesto al distribuir entre todas las aseguradoras que lo ofrezcan los costos derivados de estos casos y les permite repetir contra el responsable. Además, asigna a la CCSS un porcentaje relevante del costo cuando la cobertura se agota, elemento que debería revisarse por el efecto en las finanzas del seguro social.
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—El sistema español definió dos instrumentos para generar transparencia en el mercado. Primero, son usuales los convenios entre hospitales y redes de atención con las aseguradoras, de manera tal que la atención es inmediata, los costos de atención previsibles y el cargo a las aseguradoras rápido y transparente. Segundo, se definió un “baremo” para indemnizar a los lesionados por las secuelas del accidente, lo cual ha permitido que la ejecución del contrato mejore sustancialmente dando al consumidor una verdadera y oportuna protección. Además, descongestiona el sistema judicial por inconformidades en relación con los montos a indemnizar.
—El diseño español mantiene la prioridad en la atención a la víctima, al tiempo que genera incentivos adecuados a la conducción segura mediante el castigo o bonificación de tarifa según sea la experiencia del conductor. Para esto se ha desarrollado un esquema articulado y simple de asignación inmediata de responsabilidad según sea la dinámica del accidente, al tiempo que funciona un sistema de compensación entre aseguradoras que permite la ejecución del contrato de manera muy eficiente, sin generar atrasos o problemas al asegurado.
Mejora sensible
Todo lo anterior, aunado a la implantación de una política pública de seguridad vial adecuada, ha permitido reducir la secuela de los accidentes en un contexto de competencia en el mercado. El uso de los medios de transporte genera per se riesgos que deben ser asumidos por sus propietarios.
Se identifican así espacios para una mejora sensible del SOA, cuya reforma debe considerar su sostenibilidad a largo plazo bajo un modelo eficiente, transparente y de competencia.
Será necesario también valorar la introducción de incentivos individualizados a la conducción segura y una cobertura limitada por daño material que permita resolver de forma instantánea los accidentes menores que tantas presas provocan y saturan los juzgados y la actividad de la policía de tránsito.
Esto en complemento con las políticas públicas de seguridad vial, indispensables para que un seguro de este tipo subsista, pero sobre todo, para resguardar la salud y la vida de los ciudadanos frente a la epidemia silenciosa de los accidentes de tránsito.