La Comisión de Promoción de la Competencia (Coprocom) rechazó la medida cautelar solicitada por Tigo contra el canal FUTV, pero la disputa entre ambas firmas apenas está en la fase preliminar.
El conflicto es uno más de los procesos que ambas empresas enfrentan ante Coprocom y la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel).
“El documento no es público”, respondió Victoria Velázquez, directora del órgano técnico de Coprocom. “Todavía el caso está en investigación por lo que no se ha concluido. Lo que sucedió es que se resolvió una medida cautelar solicitada por Tigo”.
Las partes fueron notificadas al final de la semana anterior, detalló Velázquez.
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Tigo había solicitado que se le permitiera incluir en su grilla o parrilla de canales a FUTV, mientras se resuelve la denuncia que planteó el 22 de abril pasado.
El “por tanto” de lo resuelto por Coprocom, del cual EF tiene copia, indica que “se rechaza la solicitud de medida cautelar interpuesta por la empresa Millicom Cable Costa Rica S. A. (Tigo o MIllicom) contra la empresa Los XI Titulares del Domingo LXTD S. A. (FUTV)” y da 15 días hábiles a las partes para apelar.
Tigo confía en la legitimidad de su posición en la denuncia planteada.
“Debido a la negativa de FUTV de vender su contenido a Tigo, como lo ha hecho con los otros proveedores de televisión por suscripción, la empresa se vio obligada a solicitar la intervención legal urgente de la Coprocom con el fin de conseguir acceso a ese canal”, explicó Roxana Sánchez, directora legal de Millicom.
La negociación entre Tigo y FUTV se detuvo cuando se planteó que los partidos de TigoSport también se transmitan en FUTV.
El temor es que Tigo tenga el 100% de las transmisiones (de su canal TigoSport y si incluía a FUTV), mientras que los demás operadores solo tendrían las de FUTV.
Sobre la decisión de Coprocom ante la solicitud de la medida cautelar Tigo respondió que está convencida de que cuenta con el sustento jurídico en este caso, aunque el encargado de investigaciones de esa Comisión no compartió ese criterio.
“Existen varias alternativas que la compañía está evaluando, incluyendo la apelación ante el encargado del órgano técnico de Coprocom. Tigo, confiada en la legitimidad de su posición, utilizará todas las herramientas legales disponibles para tutelar su derecho y el de sus suscriptores”, respondió la firma este mismo 17 de junio.
En investigación
El rechazo de la medida cautelar no significa que ya hay una decisión sobre la denuncia planteada.
A finales de febrero anterior, Coprocom y Sutel rechazaron otra medida cautelar solicitada por un grupo de cableras en la que pedían detener la operación de FUTV, argumentando que se verían afectadas si el nuevo canal empezaba a transmitir.
Las autoridades consideraron que no había suficientes indicios de que sufrirían un daño irreparable.
La solicitud de la medida cautelar era parte complementaria de la denuncia de las cableras, que está en la fase de investigación, en la cual denuncian posibles prácticas monopolísticas de parte de FUTV.
También se acusaba no haber notificado a las autoridades sobre la alianza de Televisora de Costa Rica (Teletica) y Representaciones Televisivas (Repretel) para la constitución de FUTV, como lo pide la ley.
Las cableras también pedían a Sutel investigar y sancionar el probable uso ilegal de una frecuencia, cuya concesión está a nombre de Teletica, por parte de FUTV.
La denuncia de las cableras se sumó a la investigación de oficio que había iniciado la misma Coprocom en ese momento.
Existe otra denuncia contra Tigo en Coprocom para que se investigara si Millicom incurre en prácticas anticompetitivas con la exclusividad de las transmisiones de cinco equipos de primera división.
La firma realiza estas transmisiones a través de su canal TigoSport y dentro de su red. Solo hay una excepción, con Coopelesca, por un acuerdo con la Asociación Deportiva San Carlos.
Velázquez estimó que los resultados de esta investigación contra Tigo, iniciada a finales del 2019, podrían estar en un mes. Después, se sigue un extenso proceso (ver recuadro).
En la Sutel, a la denuncia de las cableras contra FUTV, se suman tres casos más presentados por usuarios (cuyos datos son confidenciales).
Un usuario solicitó investigar si el cobro adicional, aplicado por un operador de televisión por suscripción, debido a la inclusión de FUTV en el servicio, es proporcional a la ganancia de esa cablera.
Este caso está en análisis por parte de la Dirección de Mercados de Sutel.
El análisis también implica determinar si la Superintendencia tiene competencia para atender la denuncia, si es necesario pedirle más información o pruebas al denunciante o si procede remitirlo a otra instancia.
Dos usuarios también solicitaron la eliminación del canal FUTV del servicio que reciben y la supresión del cobro extra que aplicaron sus respectivos proveedores.
Ambas denuncias se encuentran abiertas.
Eduardo Castellón, vocero de Sutel, explicó que eso significa que ya pasaron el proceso de análisis y fueron aceptadas para darles trámite formal.
Alto interés
Todos los procesos, desde su inicio, están en el centro del interés y la polémica pública, por los efectos para los operadores y por el cambio del modelo de televisión abierta a transmisiones exclusivas de partidos de fútbol en los servicios de pago.
Las transmisiones de FUTV también se realizan a través de la aplicación TD Más, propiedad de Teletica, y forman parte de los paquetes premium, para los cuales se debe pagar una mensualidad.
David Solano, socio de SBS Abogados, que presentó la denuncia de las ocho cableras antes Sutel y Coprocom contra FUTV, recordó que las cableras acusan que el precio de FUTV es desproporcionado.
También cuestionan las condiciones (que se incluya FUTV en el paquete básico y exclusividad de la pauta publicitaria) que impediría al usuario elegir si desea o no pagar el costo adicional.
“Hay que considerar que son cableras regionales que financian y facilitan contenidos de carácter e interés regional, así como suelen contar con usuarios cuyo poder adquisitivo es mayormente vulnerable a este tipo de incrementos forzados”, sostuvo Solano, quien fue presidente de Coprocom.
De acuerdo a la información de FUTV en la actualidad, con excepción de Tigo y de Sky, todos los demás operadores ya incluyen a este canal en sus parrillas.
En su momento Repretel y Teletica alegaron que sólo tenían un acuerdo para ceder los derechos de transmisión de los partidos a FUTV, rechazaron que las cableras corrieran peligro si el canal empezaba a operar y las acusaron de no querer pagar por derechos que disfrutaban gratuitamente.
FUTV no respondió las consultas que se le enviaron el pasado 5 de junio anterior.
Solano explicó que las cableras denunciantes se vieron obligadas a suscribir el canal, asumiendo el costo o trasladándolo a sus suscriptores, debido al riesgo de pérdida masiva de clientes.
Agregó que se tuvo que pagar a FUTV cuando el campeonato de fútbol se suspendió y que una reducción del precio en abril no era suficiente.
“No había costos por transmisiones en vivo ni contenido original”, argumentó Solano.
Plazos |
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Los procesos puede tardar hasta 42 meses: |
Investigación: a cargo de departamento de investigación para determinar si una denuncia se archiva (porque no hay indicio de práctica anticompetitiva) o si debe iniciar instrucción (si encuentra indicios). Tiene hasta un año, pero hay casos que duraron en esta etapa tres meses. |
Notificación: se avisa a las partes sobre qué se les imputa, de qué puede ser culpable y de las posibles sanciones. |
Instrucción: las partes presentan documentos, pruebas y testigos. Puede durar hasta siete meses. |
Audiencia: cuando se tiene todas las pruebas y testigos se realiza juicio en sede administrativa, que es una audiencia oral y privada según debido proceso. Se convoca con 15 días de anticipación. Puede durar hasta seis meses. |
Resolución: órgano técnico resuelve si archiva la denuncia o si sanciona al denunciado. Puede durar hasta seis meses. |
Total plazo: entre 18 y 42 meses (hasta 3 años y medio) si se extiende dependiendo de la complejidad. La ley establece las condiciones para extensión. |
Fuente: Coprocom |