Pasaron de negar que desconocían por qué se los denunciaba y cualquier alianza a contraatacar los argumentos de las ocho cableras, las cuales pidieron la intervención de las autoridades en el caso de FUTV y oponerse decididamente a solicitud de la medida cautelar para que el nuevo canal no empezara a operar.
Hasta la fecha los representantes de Representaciones Televisivas (Repretel), de Televisora de Costa Rica (Teletica) y de la empresa dueña de FUTV, Los XI Titulares del Domingo, han evitado responder las múltiples consultas que se les ha planteado.
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Pero sí tuvieron que hacerlo ante las autoridades de la Comisión de Promoción de la Competencia (Coprocom) para atender la audiencia escrita, que les concedió Coprocom, para que se refirieran a la solicitud de medida cautelar para que FUTV no empezará transmisiones.
Las cableras denunciantes alegan que, si este nuevo canal iniciaba las transmisiones exclusivas de fútbol, ellas podían sufrir una fuga de suscriptores dado el enorme interés de la población que genera los principales niveles del rating.
También acusaron que la oferta de FUTV era “prohibitiva” y potencialmente “discriminatoria”.
En su denuncia las cableras solicitaron investigar la alianza estratégica entre los dos canales, si debieron notificarla a Sutel y a Coprocom, y si en su operación incurren en prácticas monopolísticas relativas.
En su análisis, de acuerdo a la resolución de la que EF tiene copia, Coprocom valoró que la suspensión del lanzamiento de FUTV no afectaría las operaciones que mantienen por separado Repretel y Teletica.
También valoró el impacto para los operadores de servicios de televisión por suscripción que firmaron el contrato y la afectación a los anunciantes, así como revisó si la empresa propietaria de FUTV había cumplido con los requerimientos legales.
Repretel
Repretel cuestionó las competencias administrativas entre Coprocom y la Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel), que es el rector de esta industria. El órgano técnico lo rechazó.
La empresa de los canales 4, 6 y 11 también planteó un incidente de nulidad con protesta por actividad procesal defectuosa y una solicitud de saneamiento. También fue rechazado.
Optó entonces por alegar que el proceso carece de “buen derecho” y de instrumentalidad de las medidas cautelares solicitadas, así como sostuvo que no hay peligro en la demora ni daño irreparable para las cableras, a las que acusa a la vez de no aportar pruebas del posible daño irreparable.
Repretel sostuvo que ha tenido “limitada información” a la denuncia, pero rechazó que se la involucre en una supuesta alianza estratégica con Teletica y que únicamente tienen un acuerdo con Los XI Titulares del Domingo para cederle los derechos de transmisión de partidos de fútbol que tenían firmados con varios equipos de primera división.
Sostuvo que el porcentaje de aficionados (97% para los equipos cuyos partidos locales se transmitirán en FUTV) “es un pobre parámetro para medir el poder de mercado”, pues se debe contemplar la audiencia total de contenidos de entretenimiento para televisión y no solo los aficionados de fútbol.
Acusó, además, a las cableras denunciantes de no querer pagar “por los derechos que disfrutan”. “Esto es lo que en doctrina de Derecho de Competencia conoce como ‘actividad parasitaria’ (Free ride en inglés), al pedir que se les subsidie su operación a costa de los pagos que Repretel sí hace a los titulares de los derechos”, alegó esta empresa.
Repretel defiende que, para hacer una comparación entre los precios que cobra FUTV y los que cobran los canales internacionales, “se deben tomar en cuenta diferencias de escala, volumen, costos de operación, contenidos transmitidos, y otros”.
El canal también argumentó que impedir la salida de FUTV es “disconforme con el ordenamiento jurídico” y que es desproporcionada pues, según Repretel, las denunciantes pretenden obtener un beneficio ilegítimo para promover sus ventas, pero no por medio de eficiencia, sino a través de medidas y restricciones artificiales”.
Repretel solicitó, por último, que a las denunciantes se les exija el depósito previo de una suma suficiente para cubrir razonablemente el costo que deberá incurrir las denunciadas para implementar “las draconianas medidas que solicitan” y el daño que sufrirán.
“En todo caso, nada le impide a ninguna cablera transmitir el fútbol nacional si lo desean. La única diferencia es que ya no lo harán de gratis”, acusa Repretel. “Lo que provocaría esta medida (cautelar) sería obligar a Repretel a mantener un modelo de negocio deficitario”.
Teletica y FUTV
Según la respuesta de Coprocom a la solicitud de medida cautelar, “las manifestaciones presentadas por las empresas Televisora de Costa Rica S. A. y Los XI Titulares del Domingo LXTD S. A. son en síntesis las mismas”.
Al igual que lo hizo Repretel, se planteó primero un incidente de nulidad argumentando que no cuentan con la información suficiente y que se les obliga a defenderse a ciegas.
También, que son investigadas y procesadas por dos entidades distintas, Sutel y Coprocom, sin que estén delimitadas sus competencias y con la posibilidad de que se generen resoluciones contradictorias.
De seguido se pasa a acusar a las las cableras de cometer errores “evidentes” y de “falta de técnica procesal”, de no cumplir los requisitos para pedir la medida cautelar, de basar la solicitud en afirmaciones especulativas y de no aportar pruebas, solamente apreciaciones subjetivas.
Sobre el cuestionamiento de las cableras a que el precio del nuevo canal es superior a los canales internacionales, se explica que los cadenas globales “tienen un público infinitamente superior” y que, dadas sus economías de escala, balancean sus costos.
También se argumenta que las cableras no aportan pruebas de la supuesta alianza estratégica con Repretel y que el porcentaje de aficionados (97% para los equipos cuyos partidos locales se transmitirán en FUTV) es “una cifra anecdótica”.
“Las suspensión del lanzamiento de FUTV sí causaría graves daños no sólo a mi representada, sino también al titular FUTV, a quien hemos cedido los derechos de transmisión, a los equipos de fútbol, a los operadores de plataformas de transmisión por suscripción que ya contrataron para transmitir los partidos de FUTV y a sus suscriptores”, alegó Teletica.
Otro argumento es que la suspensión del lanzamiento de FUTV dejaría como único operador a Tigo para ofrecer a sus usuarios la transmisión de partidos de primera división.
Respuesta Coprocom
A la hora de resolver, el Órgano Técnico de Coprocom recordó que los primeros recursos y argumentos (competencias de autoridades, falta de información, etc.) fueron rechazados y que la investigación está en su fase preliminar.
Coprocom también recuerda que sobre el acceso al expediente existe jurisprudencia que respalda tales limitaciones en la fase actual y que, cuando se les confirió audiencia escrita para referirse a la solicitud de medida cautelar, se les brindó “una síntesis de los hechos”.
Aún falta la fase de instrucción y la de resolución final, todo lo cual podría tardar hasta 42 meses. En esta etapa de investigación preliminar se deberá determinar si existen los indicios suficientes para “suponer un quebranto a la legislación de la competencia” e iniciar la instrucción.
“No existe por lo tanto y formalmente en este estadio, imputación ni intimación de cargo alguno en su contra”, reitera Coprocom.
Posteriormente se resumen los argumentos de las cableras para pedir la medida cautelar: impacto “devastador” de entrada en operación de FUTV y peligro de la demora de resolver la denuncia, posible alianza estratégica entre rivales, ponderación de intereses y que se trataría de media provisional o instrumental.
El cuidado a tener, para determinar la medida solicitada, es si al final del proceso la resolución se convierte en inoperante y contra la justicia, apunta Coprocom. También debe considerarse si lo solicitado es temerario y carente de seriedad.
Coprocom señala que en apariencia hay hechos que permiten presumir que existe una alianza entre rivales y “un acuerdo horizontal”, los cuales podrían implicar “una eventual práctica monopolística” y tener cierto grado de verosimilitud, alianza y acuerdo que debió ser previamente comunicado a esta misma entidad.
“En criterio de este Órgano Técnico, en esos casos, la pretensión esbozada por las ocho empresas cableras, bajo este primer presupuesto, no resulta por lo tanto temeraria y encuentra sustento probatorio”, se indica en el documento.
Coprocom, sin embargo, falla que no se cumple con el presupuesto de peligro en demora sostenido por las cableras y que éstas no aportan pruebas del daño que supuestamente sufrirían, no hay sustento técnico sobre el impacto de los precios de FUTV y en esto “llevan razón” Teletica, Los XI Titulares del Domingo y Repretel.
La entidad también recuerda a las partes que posee potestades correctivas y para imponer sanciones gravosas en caso de que, efectivamente, encuentre al final del proceso que existe una operación de concentración económica no notificada.
“Al no cumplirse con este presupuesto para la adopción de la medida cautelar que se solicita es por lo que la misma resulta improcedente y deber por lo tanto ser rechazada”, concluye Coprocom.